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BOC-A-2016-240-4630.
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D./Dña. José Carlos Hernández Acosta, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Puerto del Rosario, a 25 de octubre de 2016.
Vistos por Dña. Clara Eugenia Franco Pardo, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario los presentes autos de Procedimiento Ordinario, nº 286/2014 sobre reclamación de cantidad, seguido entre partes, de una como demandante El Carnaval, S.A., representada por la Procuradora Dña. Nélida Cristina Santana Pérez y asistida por el Letrado D. Pablo Puidollers Salaverria, y como demandada Fuerchina Town, S.L., en situación de rebeldía procesal habiendo sido legalmente citada,
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por El Carnaval, S.A. contra Fuerchina Town, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 12.619,15 euros, más los intereses legales y las costas.
MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que se interpondrá en este Juzgado en el plazo de 20 días a contar desde la notificación de la presente resolución (artº. 458 LEC).
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Jueza que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia, doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Fuerchina Town, S.L., expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 25 de octubre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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