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BOC Nº 240. Miércoles 14 de Diciembre de 2016 - 4617

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I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Sanidad

4617 ORDEN de 1 de diciembre de 2016, por la que se crean, modifican y suprimen determinados ficheros de datos de carácter personal del Servicio Canario de la Salud.

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BOC-A-2016-240-4617. Firma electrónica - Descargar

El Comité de Gestión y Coordinación de la Seguridad de la Información, en reunión de 2 de julio de 2015, acordó, para su organización, la revisión de la lista de ficheros inscritos en el registro de la Agencia Española de Protección de Datos. Tras la misma, se proponen las siguientes actuaciones:

- La creación del fichero Centros, Servicios, Establecimientos, Actividades, Vehículos y Profesionales Sanitarios para agrupar los tratamientos relacionados con los Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias, las Certificaciones Técnico-Sanitarias de Transporte Sanitario Terrestre, las Unidades Asistenciales de Medicina Nuclear, Radioterapia y Radiodiagnóstico, el Registro de Desfibriladores Semiautomáticos Externos y el Registro Canario de Profesionales Sanitarios, por razones de eficacia en la gestión del registro de ficheros y teniendo en cuenta que tienen finalidades, usuarios y aplicaciones coincidentes. Por esta misma razón, se propone la supresión de los ficheros Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias, Certificaciones Técnico-Sanitarias de Transporte Sanitario Terrestre, Unidades Asistenciales de Medicina Nuclear, Radioterapia y Radiodiagnóstico, Registro de Desfibriladores Semiautomáticos Externos y el Registro Canario de Profesionales Sanitarios, cuyos datos se entenderán integrados en el nuevo fichero.

- La creación del fichero Conjunto Mínimo Básico de Datos y Toma de Decisiones de Gestión Sanitaria para agrupar los tratamientos relacionados con el análisis y tratamiento de los datos de gestión sanitaria, por razones de eficacia en la gestión del registro de ficheros y teniendo en cuenta que tienen finalidades, usuarios y aplicaciones coincidentes. Por esta misma razón, se propone la supresión de los ficheros CMBD y la Toma de Decisiones de Gestión Sanitaria, cuyos datos se entenderán integrados en el nuevo fichero.

- La creación del fichero Facturación y Gestión Económica-Financiera y Logística para agrupar los tratamientos relacionados con la gestión de la facturación, proveedores y costes, por razones de eficacia en la gestión del registro de ficheros y teniendo en cuenta que tienen finalidades, usuarios y aplicaciones coincidentes. Por esta misma razón, se propone la supresión de los ficheros Proveedores, Facturación, Mantenimiento y Proveedores GSSLP y Contabilidad Analítica, cuyos datos se entenderán integrados en el nuevo fichero.

- La creación del fichero Gestión de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud para agrupar los tratamientos relacionados con las nóminas, listas de contratación, gestión de turnos, comisiones de servicio y todos aquellos tratamientos relacionados con personal y recursos humanos, por razones de eficacia en la gestión del registro de ficheros y teniendo en cuenta que tienen finalidades, usuarios y aplicaciones coincidentes. Por esta misma razón, se propone la supresión de los ficheros Comisiones de Servicio, Gestión de Turnos del Personal de Enfermería GSSLP, Listas de Contratación, Permisos y Licencias, Personal, Personal CHUIMI, Personal DAGC, Personal GAPTF, Personal GSSFTV, Personal GSSGMR, Personal GSSLP, Personal GSSLZT, Personal HUGCDN, Recursos Humanos GAPGC y Situaciones Administrativas del Personal, cuyos datos se entenderán integrados en el nuevo fichero.

- La creación del fichero Sistemas de Información de Sanidad Ambiental y Seguridad Alimentaria y Registros de Ordenación en Salud Pública para agrupar todos los tratamientos de la Dirección General de Salud Pública relacionados con expedientes sancionadores, con formación en manipulación de alimentos, con la gestión de establecimientos del sector alimentario, con el seguimiento de la sanidad ambiental de playas y puertos, así como registros relacionados con la sanidad ambiental, seguridad alimentaria y registros de ordenación, por razones de eficacia en la gestión del registro de ficheros y teniendo en cuenta que tienen finalidades, usuarios y aplicaciones coincidentes. Por esta misma razón, se propone la supresión de los ficheros Expedientes Sancionadores, Formación sobre la Manipulación de Alimentos, Gestión de Establecimientos del Sector Alimentario, Playas y Puertos, Registro de Establecimientos Biocidas, Registro de Manipuladores de Alimentos DAGC y Registro de Piscinas, cuyos datos se entenderán integrados en el nuevo fichero.

- La creación del fichero Sistemas de Información y Vigilancia Epidemiológica de Salud Pública para agrupar todos los tratamientos de la Dirección General de Salud Pública relacionados con seguimiento y vigilancia epidemiológica por razones de eficacia en la gestión del registro de ficheros y teniendo en cuenta que tienen finalidades, usuarios y aplicaciones coincidentes. Por esta misma razón, se propone la supresión de los ficheros Diagnóstico y Tratamiento de Tabaquismo, Distribución de la Vacuna contra el Papiloma Humano, Gestión de Enfermedades de Transmisión sexual, Hansen, Registro Poblacional de Cáncer de Canarias, Rubeola Congénita, SIDA, Sífilis Congénita, SINIVIH, Sistema de Encuestas de Vigilancia Epidemiológica SEVE, Sistema de Información Microbiologica de Canarias, Tétanos Neonatal, Tuberculosis, cuyos datos se entenderán integrados en el nuevo fichero.

- La creación del fichero Registros Poblacionales Hospitalarios y Programas Asistenciales para agrupar todos los tratamientos de la Dirección General de Programas Asistenciales relacionados con la evaluación de productos sanitarios, así como registros poblacionales varios por razones de eficacia en la gestión del registro de ficheros y teniendo en cuenta que tienen finalidades, usuarios y aplicaciones coincidentes. Por esta misma razón, se propone la supresión de los ficheros Evaluación de Prótesis, Hormona del Crecimiento, IVE, Muerte Súbita, Registro de Enfermedades Raras de la CAC y RERCAN, cuyos datos se entenderán integrados en el nuevo fichero.

- La creación del fichero Programas Oncológicos para agrupar los tratamientos relacionados con la detección y diagnóstico del cáncer por razones de eficacia en la gestión del registro de ficheros y teniendo en cuenta que tienen finalidades, usuarios y aplicaciones coincidentes. Por esta misma razón, se propone la supresión de los ficheros Programa de Detección Precoz del Cáncer de Mama y Diagnóstico Precoz Cáncer Colon, cuyos datos se entenderán integrados en el nuevo fichero.

- La creación del fichero Investigación Evaluativa para agrupar todos aquellos tratamientos de datos relacionados con la investigación y evaluación de los diferentes programas del Servicio Canario de la Salud por razones de eficacia en la gestión del registro de ficheros y teniendo en cuenta que tienen finalidades, usuarios y aplicaciones coincidentes. Por esta misma razón, se propone la supresión de los ficheros Entrevistas DIPEX España, Proyecto PyDEsalud, Seguimiento de Pacientes con Prótesis y Herramientas de Ayuda para Toma de Decisiones HATD, cuyos datos se entenderán integrados en el nuevo fichero.

- La creación del fichero Prestaciones Áreas de Salud para agrupar todos aquellos tratamientos de datos relacionados con las prestaciones que se gestionan desde las Áreas de Salud del SCS por razones de eficacia en la gestión del registro de ficheros y teniendo en cuenta que tienen finalidades, usuarios y aplicaciones coincidentes. Por esta misma razón, se propone la supresión de los ficheros Prestaciones El Hierro, Prestaciones Fuerteventura, Prestaciones Gran Canaria, Prestaciones La Gomera, Prestaciones LP, Prestaciones Lanzarote y Prestaciones Tenerife, cuyos datos se entenderán integrados en el nuevo fichero.

- Se propone la supresión de los ficheros Anatomía Patológica HUGCDN, Cardiología HUGCDN, Farmacia GSSFTV, Gestión Clínica Pasivo HIS, Hemodinámica HUGCDN, Historia Clínica de Atención Especializada, Historia Clínica HIS GSSLZT, Historia Clínica HIS HUGCDN, Historias Clínicas, Laboratorio de Bioquímica GSSLZT, Laboratorio de Hematología GSSLZT, Laboratorio de Hematología HUGCDN, Laboratorio de Microbiología HUGCDN, Laboratorio GSSFTV, Nefrología HUGCDN, Programa Recetas, Radiología CHUIMI, Radiología Vascular Intervencionista HUGCDN, Registro de Pruebas Auditivas a Recién Nacidos, Unidad de Medicina Intensiva HUGCDN y Transfusiones HUGCDN para evitar duplicidades, ya que los mismos se encuentran integrados en el fichero Historia Clínica de Atención Especializada.

- Se propone la supresión el fichero Historia Clínica OMI-AP, para evitar duplicidades, ya que los mismos se encuentran integrados en el fichero preexistente de Historia Clínica de Atención Primaria.

Finalmente, también se proponen las siguientes modificaciones:

* Denominar al fichero Conciertos Hospitalarios, como Conciertos Sanitarios por estimarse que es más fiel a los datos objeto de tratamiento.

* Denominar al fichero Control Farmacéutico, como Control de la Prestación Farmacéutica por estimarse que es más fiel a los datos objeto de tratamiento.

* Denominar al fichero al Responsabilidad Derivada de la Prestación de Asistencia Sanitaria como Responsabilidad Patrimonial Derivada de la Prestación de Asistencia Sanitaria por estimarse que es más fiel a los datos objeto de tratamiento.

* Denominar al fichero Investigación Biomédica como Investigación Biomédica y Biobancos por estimarse que es más fiel a los datos objeto de tratamiento.

* Se subsanan errores de transcripción de los ficheros Tarjeta Sanitaria Individual e Historia Clínica de Atención Primaria.

Por todo lo expuesto, se hace necesaria la regularización de los ficheros citados de acuerdo con la normativa vigente en el ámbito de la protección de datos de carácter personal. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 20, apartado primero, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente y en el apartado segundo, detalla los extremos que preceptivamente han de recoger las disposiciones de creación o de modificación de ficheros.

Asimismo, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, fija criterios aplicables a los ficheros y tratamientos de datos personales. Regula la creación, modificación y supresión de ficheros y establece que los documentos de seguridad deberán mantenerse en todo momento actualizados, así como las relaciones y perfiles de usuarios, accesos a los distintos ficheros, e inscripción de los mismos. Por otra parte, en las disposiciones o acuerdos que se dicten para la supresión de los ficheros se establecerá el destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción.

Por otra parte, en relación con los ficheros de los que sean responsables las comunidades autónomas, el Reglamento remite a la legislación específica de cada comunidad. De este modo, de acuerdo con el Decreto 5/2006, de 27 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la creación, modificación o supresión de ficheros incluidos en su ámbito de aplicación, se realizará por Orden del titular de la consejería competente por razón de la materia a la que afectan. El artículo 3 del citado Decreto regula el procedimiento para la elaboración de las disposiciones de carácter general de creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal de la Comunidad Autónoma de Canarias. Por otra parte, el modelo de solicitud para hacer efectivo el ejercicio de los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación de datos queda aprobado por la Orden de 24 de febrero de 2006.

De acuerdo con lo expuesto, en uso de las competencias que me atribuye el artículo 53.h) de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, en relación a lo dispuesto en el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el artículo 5.3 del Decreto 5/2016, de 15 de febrero, por el que se aprueba el reglamento Orgánico de la Consejería de Sanidad.

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Creación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal que se describen en el Anexo I de la presente disposición.

Artículo 2.- Modificación de ficheros.

Se modifican determinados apartados de los ficheros de datos de carácter personal, que se detallan en el Anexo II de la presente disposición.

Artículo 3.- Supresión de ficheros.

Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal, que se indican en el Anexo III de la presente disposición. Una vez suprimidos los ficheros, los profesionales seguirán sujetos al deber de secreto y confidencialidad de la información contenida en los ficheros eliminados.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de diciembre de 2016.

EL CONSEJERO

DE SANIDAD,

Jesús Morera Molina.

Ver anexo en las páginas 34212-34226 del documento Descargar

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