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BOC Nº 239. Martes 13 de Diciembre de 2016 - 4593

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

4593 EDICTO de 16 de noviembre de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000110/2016.

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BOC-A-2016-239-4593. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. David García Muñoz, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 28 de septiembre de 2016.

Vistos por Dña. María de los Ángeles Antón Padilla, Jueza del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su partido, los presentes autos de divorcio contencioso nº 110/2016, promovidos como demandante por Dña. Angélica Candelaria Tavío Reyes representada por la Procuradora Dña. Laura Aguilar Dorta y asistida por el Letrado D. Antonio Francisco Mesa Dorta, contra D. Sergio Luis Knopik, en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Dña. Angélica Candelaria Tavío Reyes representada por la Procuradora Dña. Laura Aguilar Dorta contra D. Sergio Luis Knopik, decretando el divorcio de los referidos cónyuges.

No se hace especial pronunciamiento sobre el pago de las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra ella cabe interponer ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de 20 días a contar desde su notificación.

Insértese este original en el legajo correspondiente, testimoniándose en las actuaciones.

Líbrese exhorto al Registro Civil de Arona, para la inscripción del divorcio al margen de la inscripción del matrimonio.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Jueza que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, en el mismo día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Sergio Luis Knopik, expido y libro el presente en Arona, a 16 de noviembre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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