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BOC Nº 233. Jueves 1 de Diciembre de 2016 - 4458

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V. ANUNCIOS - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

4458 Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA).- Extracto de la Resolución de 22 de noviembre de 2016, del Director, por la que se convocan anticipadamente para el ejercicio 2017, subvenciones destinadas a apoyar los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias para el período de programación 2014-2020, gestionadas por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, y se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las mismas.

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BOC-A-2016-233-4458. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 323496.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

1.- Subvenciones destinadas a apoyar la nueva participación en regímenes de calidad:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los agricultores y agrupaciones de agricultores que participen por primera vez en un régimen de calidad ya sean:

Personas físicas o jurídicas.

Entidades asociativas agrarias.

Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo la actividad que motiva la subvención.

2.- Subvenciones destinadas a apoyar las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones: agrupaciones de agricultores, organizaciones, grupos de productores y asociaciones de agrupaciones de productores que lleven a cabo actividades de información y publicidad en el mercado interior de los productos cubiertos por un régimen de calidad de los contemplados en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 1305/2013.

Segundo.- Objeto.

El objeto de estas bases es establecer las normas por las que se regirá la convocatoria anticipada para el año 2017 de las subvenciones previstas en el programa de Desarrollo Rural de Canarias (PDR) para el periodo de programación 2014-2020, relativas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, gestionadas por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria y destinadas a:

a) Apoyar la nueva participación en los regímenes de calidad previstos en el artículo 16 del Reglamento (UE) 1305/2013 (Submedida 3.1 del PDR).

b) Apoyar las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior (Submedida 3.2 del PDR).

Tercero.- Bases reguladoras.

Resolución de 22 de noviembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a apoyar los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios previstas en el marco del programa de desarrollo rural de Canarias para el periodo de programación 2014-2020, gestionadas por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.

Cuarto.- Cuantía.

a) Subvenciones destinadas a apoyar la nueva participación en regímenes de calidad:

El porcentaje de la subvención sobre el gasto aprobado será de 75% pudiendo alcanzar como máximo un importe de 3.000,00 euros de ayuda por año y explotación y por un período máximo de cinco años.

La inversión mínima para acceder a la ayuda será de 300 euros.

b) Subvenciones destinadas a apoyar las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior:

El porcentaje de subvención sobre el presupuesto aprobado será el 70% del coste elegible.

Para poder beneficiarse de esta ayuda, la inversión aprobada debe estar comprendida entre 3.000 y 100.000 euros.

Quinto.- Plazo de solicitud.

Las solicitudes para acogerse a las subvenciones reguladas en estas bases se presentarán en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los modelos oficiales que figuran como Anexo I.B. (Submedida 3.1 PDR) y Anexo I.C. (Submedida 3.2 PDR).

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de noviembre de 2016.- El Director, José F. Díaz-Flores Estévez.

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