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BOC Nº 232. Miércoles 30 de Noviembre de 2016 - 4434

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife

4434 EDICTO de 31 de octubre de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000277/2016.

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BOC-A-2016-232-4434. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Cristina Maldonado Concepción, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis.

Vistos por Dña. María del Mar Sánchez Hierro, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio verbal, registrados con el nº 277/16, promovidos por el Procurador Sr. Machado Rodríguez de Azero, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios "Comunidad de Garajes Edificio Salesianos", bajo la dirección técnica del Letrado Sr. Abitbol Martos, contra D. Luis González López, declarado en situación procesal de rebeldía, ha pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, con base en los siguientes

FALLO

1º) Se estima sustancialmente la demanda presentada por la representación procesal de Comunidad de Propietarios "Comunidad de Garajes Edificio Salesianos" frente a D. Luis González López.

2º) Se condena a los demandados a abonar a la actora la suma de 4.560,75 -cuatro mil quinientos sesenta con setenta y cinco- euros.

3º) Las costas procesales se imponen a la parte demandada.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación, que deberá presentarse por escrito ante este mismo Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a su notificación y exigirá la constitución de un depósito, mediante ingreso en la cuenta del Juzgado, por importe de cincuenta euros.

Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, en el día de su fecha, hallándose S.Sª. celebrando audiencia pública con mi asistencia. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Luis González López, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 31 de octubre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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