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BOC-A-2016-228-4344.
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D./Dña. Esperanza Torregrosa Sala, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 6 de septiembre de 2016.
Vistos por el/la Ilmo/.a. Sr./Sra. D./Dña. Lara Etelvina López Jiménez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona los presentes autos de Juicio verbal (250.2), nº 0000845/2015 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. CP Residencial Sol Paraíso, dirigido por el Letrado D./Dña. Elena Díaz Sánchez y representado por el Procurador D./Dña. María Gloria Oramas Reyes y de otra como demandada D./Dña. Claudio Enrique González Gámez y Ana Luisa González Gámez, declarados en rebeldía sobre reclamación de cantidad derivadas de las obligaciones impuestas por la Ley de Propiedad Horizontal.
FALLO
Único.- Estimo íntegramente la demanda presentada por Dña. María Gloria Oramas Reyes, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios Residencial Sol Paraíso, frente a D. Claudio Enrique González Gámez y Dña. Ana Luisa González Gámez, condenando a esta última a abonar a la primera la suma de 1.620,64 euros más los intereses legales y las costas del procedimiento.
Así lo mando y firmo.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno al amparo de lo previsto en el artículo 455 de la LEC en la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de agilización procesal.
Llévese original de la presente resolución al Libro de Sentencias de conformidad con lo prevenido en el artículo 213 de la LEC y dedúzcase testimonio de la misma para su incorporación a los autos.
PUBLICACIÓN.- Seguidamente, y en el día de su fecha, hallándose constituido en Audiencia Pública, ha sido leída y publicada la Sentencia por el Sr. Juez que la suscribe. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Claudio Enrique González Gámez y Ana Luisa González Gámez, expido y libro el presente en Arona, a 7 de septiembre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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