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BOC Nº 227. Miércoles 23 de Noviembre de 2016 - 4327

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife

4327 EDICTO de 23 de febrero de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000755/2014.

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BOC-A-2016-227-4327. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Gema Margarita Calvo Solé, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a tres de febrero de dos mil dieciséis.

Vistos por mí, Dña. Gabriela Reverón González, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Dos y su Partido los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el nº 755/2014, a instancia de la mercantil Máquinas Opein, S.L., representada por el procurador D. Alejandro Obón Rodríguez y defendida por el letrado D. José Ramón Palomero Hernández contra la D. Carlos Cruz Motos, incomparecido en autos y declarado en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda a instancia de la mercantil Máquinas Opein, S.L., representada del procurador D. Alejandro Obón Rodríguez y defendida por el letrado D. José Ramón Palomero Hernández contra la D. Carlos Cruz Motos, incomparecido en autos y declarado en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a este al abono al actor de la cantidad de nueve mil seiscientos treinta y seis euros con noventa y siete céntimos, con más el interés legal; y ello con imposición de las costas procesales al demandado.

Llévese certificación de la presente a los autos y el original al libro de sentencias y resoluciones definitivas y notifíquese a las partes.

Así por esta mi sentencia, frente a la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días, mediante escrito presentado en este Juzgado en el que deberá citarse la resolución apelada manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan y que deberá ir suscrito por Letrado y Procurador, para ante la Audiencia Provincial de esta capital, previa consignación de la cantidad de 50 euros.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Magistrada Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Carlos Cruz Motos, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 23 de febrero de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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