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BOC Nº 227. Miércoles 23 de Noviembre de 2016 - 4319

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

4319 Secretaría General.- Resolución de 15 de noviembre de 2016, por la que se delega la competencia para la contratación de las obras de reposición y conservación de los inmuebles de la Presidencia del Gobierno.

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BOC-A-2016-227-4319. Firma electrónica - Descargar

En aplicación del artículo 8.3 de la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, corresponde a la Presidencia del Gobierno la administración, conservación, vigilancia, representación y defensa de los bienes demaniales y de los patrimoniales que le hayan sido adscritos, siendo de su competencia, asimismo, las demás actuaciones que requiera su correcto uso y administración, sin perjuicio de que tales competencias puedan ser ejercidas, con carácter subsidiario, por la consejería competente en materia de hacienda.

Los diferentes inmuebles donde se ubica la Presidencia del Gobierno en Las Palmas de Gran Canaria y en Santa Cruz de Tenerife, requieren de las necesarias obras de reposición y conservación para mantener dichos edificios en las debidas condiciones de seguridad, habitabilidad y ornato.

La especialidad propia de tales cometidos y la no disponibilidad de medios personales que realicen las funciones de supervisión propias de una Oficina Técnica, aconsejan que sea la Dirección General de Patrimonio y Contratación, de la Consejería de Hacienda, la que ejerza la competencia para la contratación de las obras de reposición y conservación de los inmuebles de la Presidencia del Gobierno en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, de manera que el Centro Directivo especializado en los procedimientos de contratación patrimonial y contratación administrativa derivada de la gestión del patrimonio, sea el que controle y supervise los trabajos que a tal efecto se contraten.

El artículo 51.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, determina que los órganos de contratación podrán delegar sus competencias en esta materia, con cumplimiento de las normas y formalidades aplicables en cada caso, mientras que el artículo 4.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, establece que, sin perjuicio de que la delegación disponga otra cosa, la facultad para celebrar contratos lleva implícita la de aprobación del proyecto, la de aprobación de los pliegos, la de adjudicación del contrato, la de formalización del mismo y la de las restantes facultades.

Considerando lo dispuesto en los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en orden a lograr una gestión acorde con los principios de eficacia y eficiencia,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la persona titular de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, de la Consejería de Hacienda, la competencia para la contratación de las obras de reposición y conservación de los inmuebles de la Presidencia del Gobierno en Las Palmas de Gran Canarias y en Santa Cruz de Tenerife.

La presente delegación conlleva, asimismo, la del ejercicio de las competencias inherentes a la gestión de los créditos necesarios para celebrar los contratos.

Segundo.- La presente Resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de noviembre de 2016.- El Secretario General, Ceferino José Marrero Fariña.

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