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BOC-A-2016-213-4015.
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D./Dña. Beatriz Rodríguez López, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Santa María de Guía de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
Santa María de Guía, a 16 de febrero de 2015.
Vistos por S.S. Dña. María Milagros Vilán Santos, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Santa María de Guía de Gran Canaria, los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este juzgado con el nº 209/2013 sobre reclamación de cantidad, promovidos por Asefa, S.A. Seguros y Reaseguros, representada por el procurador D. Francisco Javier Artiles Martínez y asistidos por el abogado D. José J. Ravelo Perdomo, frente a la entidad B. Navarro Construcciones, S.L., en situación de rebeldía procesal, y atendiendo a los siguientes
FALLO
Estimar la demanda interpuesta por el procurador D. Francisco Javier Artiles Martínez, en nombre y representación de Asefa, S.A. Seguros y Reaseguros, frente a la entidad B. Navarro Construcciones, S.L., y condenar a la demandada a pagar a la actora la cantidad de doce mil ochocientos ochenta y ocho euros con diez céntimos (12.888,10 euros), en concepto de reembolso de las cantidades abonadas conforme al seguro de caución, más el interés legal de esa cantidad desde la fecha de interposición de la demanda (27/6/2013), con imposición de las costas procesales.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación. Para su admisión es necesario constituir un depósito de 50 euros conforme a la D.A. 15ª de la L.O.P.J. La competencia para resolver el recurso corresponde a la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, María Milagros Vilán Santos, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Santa María de Guía de Gran Canaria.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Juez que la dictó, en el mismo día de su fecha, en audiencia pública, presente yo, la Secretaria Judicial, de lo que doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. B. Navarro Construcciones, S.L., expido y libro el presente en Santa María de Guía de Gran Canaria, a 4 de julio de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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