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BOC Nº 213. Jueves 3 de Noviembre de 2016 - 4011

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

4011 Dirección General de Deportes.- Resolución de 25 de octubre de 2016, por la que se convocan los "XXXV Campeonatos de Canarias de las competiciones deportivas en edad escolar en el ámbito autonómico", para el año 2017.

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BOC-A-2016-213-4011. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Dentro del programa de actividades que desarrolla anualmente la Dirección General de Deportes se encuentra la celebración de los Campeonatos de Canarias, que permiten, además de la consecución de resultados deportivos que proclamen los campeones de Canarias en las distintas modalidades deportivas convocadas, la oportunidad de una convivencia de deportistas de todas las islas que favorezca su formación integral, superando así el tradicional alejamiento de alguna de ellas respecto a actividades de estas características.

Esta planificación y reglamentación ha de tener muy en cuenta la participación de los Cabildos Insulares y los Ayuntamientos Canarios, tanto en las fases previas de los juegos como durante la celebración de la fase autonómica. De igual forma, es imprescindible la colaboración en su organización y desarrollo de las Federaciones Deportivas Canarias correspondientes, tal y como se establece en el artículo 43, apartado h) de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte (BOC nº 92, de 18.7.97).

Segundo.- Se ha estimado conveniente convocar la presente edición de los Campeonatos de Canarias mediante tramitación anticipada, con el fin de dar a conocer sus características básicas con la mayor antelación posible a todas las administraciones y entidades deportivas implicadas, así como para posibilitar una gestión de los expedientes administrativos derivados de la misma, con una mayor previsión y antelación.

Tercero.- La Resolución de 18 de mayo de 2016 (BOC nº 101, de 26 de mayo de 2016), delega en la persona titular de la Dirección General de Deportes determinadas competencias en materia de deportes, entre las que se encuentra la de planificar las actividades deportivas de interés regional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1, letras e) e i), de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte (BOC nº 92, de 18.7.97), corresponde a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,  la organización y promoción de actividades deportivas cuyo interés exceda del ámbito insular y la planificación y reglamentación del deporte en edad escolar, actividad deportiva realizada por escolares durante el período de tiempo no lectivo.

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 2 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE nº 236, de 2 de octubre), las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

En su virtud, en el uso de las competencias establecidas en la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte (BOC nº 92, de 18.7.97), el Decreto 260/2015, de 21 de julio, del Presidente, de nombramiento como Director General de Deportes (BOC nº 142, de 23.7.15) y del Decreto 24/2016, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes (BOC nº 66, de 7.4.16) y, que en su artículo 9.3.A).b) atribuye a esta Viceconsejería la competencia en la planificación de las actividades culturales y deportivas de interés regional, delegadas dichas competencias por Resolución de fecha 18 de mayo de 2016 (BOC nº 101, de 26.5.16), así como las que se desarrollen en el exterior, sin perjuicio de las competencias de los restantes órganos del Departamento,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar las competiciones deportivas en edad escolar, a través de selecciones insulares, en el ámbito autonómico, para el curso escolar 2016/17, en las modalidades y categorías siguientes:

* Categoría Infantil: ajedrez, bádminton, bola canaria, fútbol sala, judo, lucha canaria, orientación y tenis de mesa.

* Categoría Cadete: ajedrez, atletismo, bádminton, campo a través, gimnasia rítmica, judo, orientación, tenis de mesa, triatlón y voley playa.

* Categoría Juvenil: campo a través.

Segundo.- Convocar las competiciones deportivas en edad escolar, de competiciones de clubes, en el ámbito autonómico, para el curso escolar 2016/17, en las modalidades y categorías siguientes:

* Categoría Infantil: voleibol.

* Categoría Cadete: baloncesto y balonmano.

Tercero.- Los Cabildos Insulares interesados en participar en las competiciones de selecciones insulares programadas, deberán presentar su solicitud a la Dirección General de Deportes a través de un formulario que publicará esta Dirección General en su página web (www.deportecanario.com). Dicho formulario debe ser remitido con sello y firma del/la Consejero/a Insular de Deportes del Cabildo correspondiente, en un plazo máximo de 10 días a contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

En las competiciones de clubes serán las Federaciones Deportivas Canarias de baloncesto, balonmano y voleibol las encargadas de comunicar a la Dirección General de Deportes los equipos que van a participar, estableciéndose la fecha límite en las propias normas generales de organización y desarrollo.

Cuarto.- Podrán participar en las competiciones correspondientes a los "XXXV Campeonatos de Canarias", todos aquellos deportistas y equipos que cumplan con los requisitos establecidos en las normas generales de organización y desarrollo, una vez estas sean elaboradas y aprobadas, por la Dirección General de Deportes con la participación de las federaciones respectivas.

Quinto.- La normativa aplicable en la fase autonómica de los "XXXV Campeonatos de Canarias" vendrá establecida por:

1º) La presente Resolución y sus normas generales de organización y desarrollo, que se publicarán en la página web de la Dirección General de Deportes, más arriba mencionada.

2º) Las normas técnicas de los XXXV Campeonatos de Canarias específicas de cada modalidad deportiva, que serán aprobadas por esta Dirección General de Deportes, y publicadas en su página web.

3º) Las normas técnicas específicas de cada modalidad deportiva en los correspondientes Campeonatos de España infantil, cadete y juvenil que fuesen convocados por el Consejo Superior de Deportes, en los artículos que le sean de aplicación y publicadas en su página web (www.csd.gob.es).

Sexto.- En el ámbito de la disciplina deportiva, serán aplicables las normas de disciplina deportiva específicas de cada modalidad deportiva, excepto en lo relativo al procedimiento disciplinario, que será el previsto en las normas generales de organización y desarrollo.

Séptimo.- En cada Campeonato convocado existirá un Comité de Organización nombrado por la persona responsable del área de deportes del Gobierno de Canarias y en el que se integrarán los responsables nombrados por las respectivas Federaciones Deportivas Canarias. Se delega en el mismo la interpretación y aplicación de la presente Resolución, las normas generales de organización y desarrollo, las normas técnicas y demás normativa aplicable.

Octavo.- Por la persona responsable del área de deportes del Gobierno de Canarias se conocerán y resolverán las quejas y reclamaciones que pudieran suscitarse por la celebración de los Campeonatos, así como el conocimiento y resolución de los recursos que, en materia no disciplinaria, se interpongan ante el centro directivo con competencias en materia de Deportes, con ocasión de los "XXXV Campeonatos de Canarias de las competiciones deportivas en edad escolar en el ámbito autonómico".

Noveno.- Ordenar el inicio de los expedientes administrativos encaminados a la efectiva consecución de la organización y celebración de los "XXXV Campeonatos de Canarias" conforme a los dispositivos primero y segundo, quedando condicionada la adjudicación de los contratos que pudieran dimanar de esta actividad a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio económico de 2017, para hacer frente a los gastos que del mismo se deriven.

Décimo.- La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Turismo, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de octubre de 2016.- El Director General de Deportes, José Francisco Pérez Martín.

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