Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 202. Martes 18 de Octubre de 2016 - 3736

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

3736 Secretaría General Técnica.- Resolución de 7 de octubre de 2016, por la que se ordena la publicación del Convenio entre la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, el Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS) y la Asociación APANATE para la construcción de un aula taller destinado a impartir la formación de personas con autismo.

5 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 304.15 Kb.
BOC-A-2016-202-3736. Firma electrónica - Descargar

El artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción actual tras la modificación operada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo (BOC nº 103, de 1 de junio de 2015), establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus Secretarías Generales Técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del Convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Convenio entre la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, el Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS) y la Asociación APANATE para la construcción de un aula taller destinado a impartir la formación de personas con autismo, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de octubre de 2016.- La Secretaria General Técnica, Ángeles Bogas Gálvez.

A N E X O

En Santa Cruz de Tenerife, a 29 de septiembre de 2016.

INTERVIENEN

De un parte, Dña. Soledad Monzón Cabrera, Consejera de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, nombrada en virtud del Decreto 105/2015, de 9 de julio, del Presidente (BOC nº 133, de 10.7.15), actuando en representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, con la facultad de suscribir Convenios de Colaboración, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de la Administración Pública de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), en su redacción actual y previa autorización del Gobierno de Canarias de fecha 26 de septiembre de 2016.

De otra, Dña. Cristina Valido García, en calidad de Presidenta del Organismo Autónomo del Cabildo Insular de Tenerife IASS, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto de la Presidencia nº 737, de 14 de julio de 2015 (BOP nº 97, de 29 de julio de 2015), y previa autorización del Consejo Rector del Organismo Autónomo del Cabildo Insular de Tenerife IASS de fecha 28 de julio de 2016.

Y de otra, Dña. María del Carmen Delia Rosa Díaz Bonilla, en calidad de Presidenta de la Asociación de Padres de Personas con Autismo de Tenerife (APANATE), en virtud de las funciones y competencias que le atribuye el artículo 20 de sus Estatutos.

Las partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal para obligarse en la formalización del presente Convenio de Colaboración y, en su virtud,

EXPONEN

Primero.- Que de conformidad con el principio de lealtad institucional entre ambas Administraciones Públicas, y en el respeto del ejercicio legítimo de las competencias de cada una, para desarrollar la cooperación y asistencia activas que las otras Administraciones pudieran recabar para el eficaz ejercicio de sus competencias [artº. 4.1.d) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común], las Administraciones Públicas actúan y se relacionan de acuerdo con el principio de lealtad institucional y, en consecuencia deberán prestar en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activas que las otras Administraciones pudieran recabar para el eficaz ejercicio de sus competencias.

Segundo.- Que la Consejería de Educación y Universidades tiene atribuidas las competencias en materia educativa no universitaria en el ámbito territorial de Canarias.

Que el Cabildo Insular de Tenerife tiene atribuida la competencia en materia de asistencia social y servicios sociales, según lo establecido en el artículo 6.2.i) de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares. Asimismo, a la vista de los Estatutos del Organismo Autónomo IASS, el artículo 4.e) le faculta expresamente para suscribir convenios en materia de su competencia.

Tercero.- Que el Centro de rehabilitación del Espectro Autista de Tenerife (CREAT) y el Centro de día para personas con autismo son dos inmuebles Propiedad del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, situados en el municipio de La Laguna adscritos al Organismo Autónomo del Cabildo de Tenerife IASS, cuenta con espacio anexo, que permite la construcción de un aula multifuncional, que sea además, taller para impartir formación a personas afectadas de autismo dentro de competencias propias.

Cuarto.- Que APANATE es una Entidad asociativa, sin ánimo de lucro, declarada de Utilidad Pública en 2004, entidad colaboradora del Gobierno de Canarias, siendo un referente en el tratamiento especializado a personas con autismo en todas las etapas de la vida (desde la infancia a la edad adulta), y para poder obtener un resultado óptimo en las terapias debe contar con un espacio que le permita desarrollar actividades, talleres, etc., adecuado para impartir una formación continua.

En febrero de 2013, se adhiere al protocolo de colaboración entre la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa para potenciar el apoyo y participación de voluntario especializado.

Quinto.- Que la Consejería de Educación y Universidades se compromete a colaborar con el Organismo Autónomo del Cabildo de Tenerife IASS en la construcción del aula para que se pueda impartir la docencia y terapias con calidad a estas personas, cumpliendo los requisitos exigidos para la edificación de infraestructura educativa, con un plazo previsto de ejecución de la obra de dos meses, y el Organismo Autónomo del Cabildo Insular de Tenerife IASS se compromete a poner a disposición de la Consejería los terrenos, libres de cargas, preparados para su edificación, y la parte proporcional que le corresponda, asumiendo el equipamiento del aula con un equivalente máximo del 20% del coste previsto de la obra, así como a la conservación, mantenimiento y la vigilancia de la misma, sin perjuicio de las que legalmente le competen según el tipo de Centro.

A tal efecto, suscriben el presente Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto del Convenio.

El objeto del Convenio es la construcción y equipamiento de un aula polivalente con taller para impartir formación teórico-practica continua a las personas afectadas por autismo.

Segunda.- Vigencia.

El Convenio tendrá una duración de dos años y entrará en vigor al día siguiente al de su suscripción.

La denuncia se deberá realizar al menos con un mes de antelación a la finalización del período de vigencia.

Tercera.- Financiación.

El presente Convenio lleva aparejado obligaciones económicas para la Consejería de Educación y Universidades consistente en el coste de la obra sin IGIC, por una cuantía máxima de setenta mil seiscientos sesenta y siete euros con ochenta y tres céntimos (70.667,83) euros que se abonarán con cargo a la partida 18 05 322K 6320000 12600083 "Reforma, ampliación, mejora y mantenimiento" de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias. El plazo para la ejecución de las obras será de dos meses, a partir de la suscripción del presente Convenio.

El Organismo Autónomo del Cabildo Insular de Tenerife IASS por su parte pondrá a disposición los terrenos a la suscripción del presente Convenio y el equipamiento del aula-taller por un importe de catorce mil ciento treinta y tres euros con cincuenta y siete céntimos (14.133,57) euros, importe equivalente al 20% del coste de la obra. Asimismo, se compromete al mantenimiento, seguridad y vigilancia de la edificación una vez terminada la obra.

APANATE aportará los recursos humanos necesarios para la realización de las actividades teóricas y prácticas que permitan sacar el máximo rendimiento de las instalaciones, lo que implicará la mejora de las condiciones formativas de personas afectadas por autismo. Este personal no podrá realizar su función bajo las instrucciones, horarios, régimen de permisos, vacaciones, turnos, licencias o cualquier otra circunstancia exigible al personal laboral, funcionario de administración general o funcionario docente dependiente de la Consejería de Educación y Universidades, dependiendo exclusivamente de los medios materiales y personales que ponga a su disposición APANATE, dependiendo exclusivamente de la misma.

Cuarta.- Obligaciones de las partes.

1.- Condiciones de uso:

Las instalaciones solamente podrán ser utilizadas para impartir docencia teórica y práctica, talleres, terapias, charlas, etc., a personas con autismo, o familiares de las mismas.

2.- Dotación:

El Organismo Autónomo del Cabildo Insular de Tenerife IASS se compromete, una vez terminada la obra, al equipamiento, mantenimiento, vigilancia y seguridad de las instalaciones, de tal manera que se pueda utilizar con las máximas garantías, lo que redundará en beneficio de todo el colectivo afectado por autismo, al disponer de un espacio idóneo para recibir formación y terapia.

3.- Régimen Interior:

El Organismo Autónomo del Cabildo Insular de Tenerife IASS podrá establecer normas regulando la utilización de las instalaciones, primando siempre la formación a personas autistas, dentro del marco de su responsabilidad.

Quinta.- Comisión Mixta de Seguimiento.

Para el seguimiento del Convenio se designará a una Comisión Mixta de Seguimiento que verificará el correcto desarrollo del objeto del Convenio, y estará compuesta por:

Un representante de la Consejería de Educación y Universidades.

Un representante del Organismo Autónomo del Cabildo Insular de Tenerife IASS.

Un Representante de APANATE.

Un Representante de los responsables docentes del aula-taller.

Sexta.- Extinción del Convenio e incumplimiento del Convenio:

Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula segunda, el presente Convenio se extinguirá cuando concurra alguna de las siguientes causas:

El incumplimiento, por cualquiera de las partes, de las obligaciones conveniadas.

El mutuo acuerdo entre las partes, siempre que no concurra otra causa de resolución.

Cualesquiera otras establecidas en la legislación vigente.

Dando lugar a los siguientes efectos:

El incumplimiento de una de las partes de las obligaciones que le incumben en el presente Convenio conllevará, desde que aquel tenga lugar, la extinción de su derecho a recibir los compromisos convenidos por la parte cumplidora. Todo ello sin perjuicio de la exigibilidad de los daños y perjuicios que por tal causa se irroguen.

Cuando la resolución obedezca a mutuo acuerdo, se estará a lo válidamente estipulado entre las partes.

Séptima.- Jurisdicción.

Las cuestiones litigiosas o controversias que pudieran surgir de la interpretación o aplicación del presente Convenio se sustanciarán ante la jurisdicción contencioso-administrativa y conforme a sus normas de competencia y procedimiento.

Y estando las partes conforme con el contenido de este documento y para que conste, se firma por cuadruplicado ejemplar y a un único efecto en la fecha y lugar al comienzo indicados.- La Consejera de Educación y Universidades, Soledad Monzón Cabrera.- La Presidenta del Organismo Autónomo del Cabildo de Tenerife IASS, Cristina Valido García.- La Presidenta de Apanate, María del Carmen Delia Rosa Díaz Bonilla.

© Gobierno de Canarias