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BOC Nº 198. Martes 11 de Octubre de 2016 - 3664

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

3664 Secretaría General.- Resolución de 3 de octubre de 2016, por la que se dispone la publicación del Acuerdo que modifica el Acuerdo de Gobierno de 22 de febrero de 2016, por el que se aprueban los criterios generales y medidas que conforman el marco de referencia para la asignación y el uso eficiente de los recursos públicos en el sector público autonómico.

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BOC-A-2016-198-3664. Firma electrónica - Descargar

Adoptado por el Gobierno de Canarias, en sesión de 3 de octubre de 2016, el Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Gobierno de 22 de febrero de 2016, por el que se aprueban los criterios generales y medidas que conforman el marco de referencia para la asignación y el uso eficiente de los recursos públicos en el sector público autonómico, y de conformidad con el apartado segundo del citado acuerdo,

R E S U E L V O:

Disponer la publicación del Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Gobierno de 22 de febrero de 2016, por el que se aprueban los criterios generales y medidas que conforman el marco de referencia para la asignación y el uso eficiente de los recursos públicos en el sector público autonómico, que figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de octubre de 2016.- El Secretario General, Ceferino José Marrero Fariña.

A N E X O

El Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2016 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

2.- PROPUESTA DE ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO DE GOBIERNO DE 22 DE FEBRERO DE 2016, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS CRITERIOS GENERALES Y MEDIDAS QUE CONFORMAN EL MARCO DE REFERENCIA PARA LA ASIGNACIÓN Y EL USO EFICIENTE DE LOS RECURSOS PÚBLICOS EN EL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO. (CONSEJERÍAS DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD Y DE HACIENDA).

El Gobierno en sesión celebrada el pasado 22 de febrero de 2016 adoptó el acuerdo por el que se aprueban los criterios generales y medidas que conforman el marco de referencia para la asignación y el uso eficiente de los recursos públicos en el sector público autonómico.

Entre las medidas de organización administrativa y relativas a los métodos de trabajo, normalización y racionalización de la gestión administrativa aprobadas por el Gobierno en la referida sesión, contempla en su apartado 2.1. "Subvenciones y aportaciones dinerarias", punto 6 que "Las entidades colaboradoras en el abono de subvenciones percibirán los fondos públicos una vez que haya surgido la obligación de pago al beneficiario. El Departamento competente en materia de hacienda, a propuesta motivada del departamento concedente, podrá autorizar la entrega anticipada de fondos públicos antes de que surja la obligación de pago, siempre que no se menoscabe el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, y la obligación de pago al beneficiario se produzca dentro del ejercicio presupuestario. Este último requisito podrá exceptuarse por el Departamento competente en materia de hacienda, a propuesta también del departamento concedente, cuando se trate de entidades que actúen como colaboradoras en la gestión de incentivos a la contratación dentro de las políticas activas de empleo. La resolución de exceptuación establecerá la periodificación y las condiciones del abono anticipado".

Visto que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas manifiesta que se está tramitando un proyecto de Orden por la que se convocan ayudas de Estado para determinadas medidas previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias destinadas a la campaña 2014 y se aprueban las bases que han de regir la misma, con cargo a la financiación aprobada por la Ley 1/2016, de 16 de septiembre, de concesión de un crédito extraordinario por importe de veintinueve millones setecientos cuarenta y seis mil ciento noventa y siete euros con cuarenta y siete céntimos (29.746.197,47 euros) y un suplemento de crédito, por importe de setenta y ocho millones veintitrés mil setecientos cincuenta y siete euros con treinta céntimos (78.023.757,30 euros), a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016 y otras medidas de gestión presupuestaria. Asimismo señala que por Orden del Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas de 15 de septiembre de 2016 han sido aprobadas las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a compensar los costes adicionales soportados por los operadores de determinados productos de la pesca y de la acuicultura de Canarias incluidas en el programa operativo para España del Fondo Europeo de la Pesca para el periodo de programación 2014-2020. Indica, que en ambas bases se establece que las subvenciones se abonarán íntegramente desde la resolución definitiva de concesión, así como que el plazo para resolver y notificar dicha resolución será de doce y seis meses respectivamente contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, previendo la posibilidad de realizar su pago a través de entidad colaboradora. Asimismo señala que la obligación de pago al beneficiario surgirá necesariamente con posterioridad al 31 de diciembre de 2016, por lo que ese Departamento, considerando lo dispuesto en el acuerdo de Gobierno, cuya modificación se insta, se vería imposibilitado para atender las solicitudes de ayuda que presenten, con la consiguiente pérdida de financiación.

Considerando que el Gobierno en sesión celebrada el pasado 1 de agosto de 2016 acordó conceder un anticipo de tesorería por importe de 35.266.000 euros, de parte de los créditos previstos en el Proyecto de Ley de Concesión de Crédito Extraordinario, por importe de 29.746.197,47 euros, y un suplemento de crédito por importe de 78.023.757,30 euros, a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, figurando en el anexo del referido Acuerdo una dotación por importe de 4.000.000 de euros en la partida 1307 411B 4700000 L.A. 13418206 "Cofinanciación POSEI-CAC".

Considerando que la Ley 1/2016, de 16 de septiembre, de concesión de un crédito extraordinario por importe de veintinueve millones setecientos cuarenta y seis mil ciento noventa y siete euros con cuarenta y siete céntimos (29.746.197,47 euros) y un suplemento de crédito, por importe de setenta y ocho millones veintitrés mil setecientos cincuenta y siete euros con treinta céntimos (78.023.757,30 euros), a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016 y otras medidas de gestión presupuestaria, contempla como suplemento de crédito la dotación indicada en el apartado anterior.

Considerando las razones que justificaron la necesidad de suplementar el crédito destinado a la financiación de las referidas ayudas y la pérdida de financiación europea que se derivaría de su no ejecución, procede acceder a lo solicitado por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.

Visto informe de la Comisión Preparatoria de Asuntos del Gobierno del día 28 de septiembre de 2016.

En su virtud, el Gobierno, tras deliberar y a propuesta conjunta del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad y de la Consejera de Hacienda, acuerda:

Primero.- Modificar el apartado 2.1, punto 6 del Acuerdo de Gobierno de 22 de febrero de 2016, por el que se aprueban los criterios generales y medidas que conforman el marco de referencia para la asignación y el uso eficiente de los recursos públicos en el sector público autonómico, que quedaría redactado del siguiente modo:

"2.1 SUBVENCIONES Y APORTACIONES DINERARIAS.

...

"6. Las entidades colaboradoras en el abono de subvenciones percibirán los fondos públicos una vez que haya surgido la obligación de pago al beneficiario. El Departamento competente en materia de hacienda, a propuesta motivada del departamento concedente, podrá autorizar la entrega anticipada de fondos públicos antes de que surja la obligación de pago, siempre que no se menoscabe el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, y la obligación de pago al beneficiario se produzca dentro del ejercicio presupuestario. Este último requisito podrá exceptuarse por el Departamento competente en materia de hacienda, a propuesta también del departamento concedente, cuando se trate de entidades que actúen como colaboradoras en la gestión de incentivos a la contratación dentro de las políticas activas de empleo; de ayudas de Estado del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias y de subvenciones destinadas a compensar los costes adicionales soportados por los operadores de determinados productos de la pesca y de la acuicultura de Canarias incluidas en el programa operativo para España del Fondo Europeo de la Pesca para el periodo de programación 2014-2020. La resolución de exceptuación establecerá la periodificación y las condiciones del abono anticipado".

Segundo.- El presente acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de Canarias.

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