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BOC Nº 154. Miércoles 10 de Agosto de 2016 - 2882

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife

2882 EDICTO de 25 de julio de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000414/2015.

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BOC-A-2016-154-2882. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Luz Neve García, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE ARRECIFE

Divorcio contencioso 414/15

SENTENCIA

En Arrecife, a 25 de febrero de 2016.

Vistos por mí, doña Silvia Muñoz Sánchez, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife, los presentes Autos de divorcio contencioso nº 414/15, instados por D. Edison Alexander Ortiz García representado por el Procurador de los Tribunales D. José Ángel Rodríguez Gil, bajo la dirección Letrada de D. Jorge M. Peñas Lozano; contra Dña. Carol Viviana Marín Bustamante, vengo a resolver en base a los siguientes;

FALLO

Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por D. Edison Alexander Ortiz García contra, Dña. Carol Viviana Marín Bustamante y en su virtud, declaro la disolución del matrimonio por divorcio, de la Sra. Marín, y del Sr. Ortiz.

No se realiza expreso pronunciamiento en materia de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días hábiles siguientes al en que se practique su notificación.

Firme que sea esta resolución, remítase testimonio de la misma al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes a fin de que se proceda a efectuar la anotación correspondiente.

Así lo dispongo. Silvia Muñoz Sánchez, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la Señora Juez de Primera instancia de Arrecife y su partido que la dicta celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido, D./Dña. Carol Viviana Marín Bustamante, expido y libro el presente en Arrecife, a 25 de julio de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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