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BOC-A-2016-154-2871.
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Examinado el expediente administrativo tramitado en la Dirección General de la Función Pública para la integración del funcionario D. José María Yanes González y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Orden de 28 de junio de 2016, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad (BOC nº 130, de 7.7.16) se aprobó la integración provisional del funcionario D. José María Yanes González, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1) de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Segundo.- Se han cumplido los trámites reglamentarios para la formulación de la referida declaración de integración.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El apartado tercero de la Orden de 13 de junio de 1989 (BOC de 23.6.89), que regula el procedimiento a seguir para la integración de funcionarios en los Cuerpos y Escalas de la Comunidad Autónoma de Canarias atribuye al titular de la extinta Consejería de la Presidencia, actualmente Consejería de Presidencia Justicia e Igualdad la competencia en materia de integraciones en Cuerpos y Escalas.
Segunda.- La Disposición transitoria primera de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, dispone que quedarán integrados en la función pública de la Administración Autonómica y en alguno de los Cuerpos o Escalas creados en la Disposición Adicional Primera, todos los funcionarios transferidos y asumidos por esta o que pudiesen serlo en el futuro, de acuerdo con las normas establecidas en la Disposición transitoria primera de la indicada norma.
En su virtud, de conformidad con lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35.1.o) del Decreto 382/2015, de 28 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad,
R E S U E L V O:
Uno.- Aprobar la integración definitiva del funcionario D. José María Yanes González, número de registro de personal 42004580WAFC111, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Dos.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o bien interponer el recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que tenga lugar la notificación o publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 1 de agosto de 2016.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA E IGUALDAD,
Aarón Afonso González.
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