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BOC-A-2016-151-2799.
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D./Dña. Sandra Batista Ortega, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Santa María de Guía de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, con el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Guía, a 5 de noviembre de 2015.
Vistos por mí, Olga Martín Álvarez, Jueza titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 17/2009 seguidos a instancia de Koppert Canarias, S.L. representada por D. Carmelo Ortiz y bajo la asistencia letrada de D. José Luis Quintana Díaz, frente a Feldhaus, S.L. en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Se estima íntegramente la demanda interpuesta por Koppert Canarias, S.L. representada por D. Carmelo Ortiz y bajo la asistencia letrada de D. José Luis Quintana Díaz, frente a Feldhaus, S.L. en situación de rebeldía procesal y se condena a la demandada a pagar a la demandante 5.131,68 euros más los intereses legales procedentes devengados desde la interposición de la demanda.
Se imponen las costas de este proceso a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación conforme a lo establecido en los arts. 455 y siguientes de la LEC, en relación al artº. 500 del mismo cuerpo legal; a salvo lo establecido para la rescisión de las sentencias firmes dictadas en rebeldía regulada en los arts. 501 y ss. de la LEC.
Así por lo acuerdo, mando y firmo. La Jueza. La Letrada de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Feldhaus, S.L., expido y libro el presente en Santa María de Guía de Gran Canaria, a 11 de marzo de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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