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BOC Nº 148. Martes 2 de Agosto de 2016 - 2709

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

2709 RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2016, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 6 de junio de 2012, que delega competencias en diversos Órganos Unipersonales de esta Universidad, y establece el régimen de suplencia de los mismos.

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BOC-A-2016-148-2709. Firma electrónica - Descargar

Mediante Resolución de este Rectorado de 6 de junio de 2012 (BOC nº 118, de 18.6.12), se delegaron competencias en diversos Órganos Unipersonales de esta Universidad, y se estableció el régimen de suplencia de los mismos. Resolución que fue modificada parcialmente por la de 16 de mayo de 2014 (BOC nº 105, de 3.6.14).

Existiendo la necesidad de adaptar dicha Resolución a la actual coyuntura, procede su modificación puntual.

En uso de las competencias que me atribuye el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como el artículo 84 de los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados por Decreto 30/2003, de 10 de marzo, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 y 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el apartado dispositivo decimosegundo de la Resolución de este Rectorado de 6 de junio de 2012, por la que se delegan competencias en diversos Órganos Unipersonales de esta Universidad, y se establece el régimen de suplencia de los mismos, modificada a su vez parcialmente por la de 16 de mayo de 2014, cuyo apartado queda redactado en los siguientes términos:

"Decimosegundo.- En los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad del Rector, le suplirá, como Rector Accidental, y por el siguiente orden: la Vicerrectora de Comunicación, Calidad y Coordinación Institucional; el Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación; el Vicerrector de Profesorado y Planificación Académica; el Vicerrector de Títulos y Doctorado; la Vicerrectora de Internacionalización y Cooperación; la Vicerrectora de Cultura y Atención Integral; el Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad".

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de Canarias, en el Boletín Oficial de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y en la página de información en línea de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Tercero.- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de julio de 2016.- El Rector, José Regidor García.

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