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BOC Nº 145. Jueves 28 de Julio de 2016 - 2641

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V. ANUNCIOS - Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

2641 Dirección General de Promoción Económica.- Anuncio de 22 de julio de 2016, relativo a requerimiento de subsanación de solicitudes presentadas en el marco de la convocatoria de subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias para el año 2016.

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BOC-A-2016-145-2641. Firma electrónica - Descargar

Por Orden de 21 de mayo de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, se convocó la concesión de subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias para el año 2016, cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 102, de 27 de mayo de 2016.

En la base decimosegunda de la Orden de 12 de mayo, de bases (BOC nº 97, de 20.5.16), se establece tal y como estipula el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que examinada la documentación, de no reunir las solicitudes los requisitos exigidos o no aportarse la documentación preceptiva, se requerirá a los interesados para que subsanen la falta y acompañen o completen los documentos o datos que deben presentarse, llevándose a cabo la notificación a través de publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

A tenor de lo establecido en la base primera de la Orden de 21 de mayo, de convocatoria, que dispone la aplicación de la tramitación de urgencia a todos los procedimientos que se inicien al amparo de dicha Orden, se establece un plazo de cinco (5) días para que los interesados subsanen las solicitudes.

Esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo a la base decimocuarta de la Orden de 12 de mayo, de bases,

ACUERDA:

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el anexo, para que en plazo de cinco (5) días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen las faltas detectadas y acompañen o completen los documentos o datos que se detallan en el citado anexo, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Segundo.- Disponer la publicación del presente requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de julio de 2016.- El Director General de Promoción Económica, Laureano Pérez Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 21732-21835 del documento Descargar

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