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BOC Nº 142. Lunes 25 de Julio de 2016 - 2550

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Las Palmas de Gran Canaria

2550 EDICTO de 7 de julio de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000232/2013.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Mónica Santamaría Gutiérrez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado Decreto en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por el Procurador D./Dña. Dolores Isabel Herrera Artiles en nombre y representación de D./Dña. María Magdalena Cabrera García se presentó escrito ante este Juzgado, promoviendo la liquidación del régimen económico del matrimonio entre D./Dña. María Magdalena Cabrera García y D./Dña. David Rodríguez Gómez por disolución del mismo, y en decreto de fecha 09/09/15 se admitió a trámite el proceso.

Segundo.- Formado inventario y firme la resolución que declaró disuelto aquel régimen, fueron citados ambos cónyuges a una comparecencia ante este/a Letrado/a de la Administración de Justicia que tuvo lugar el día 14 de diciembre de 2015, a fin de llegar a un acuerdo o, en su defecto, nombrar contador y perito para la práctica de las operaciones divisorias.

Tercero.- No comparece el demandado D. David Rodríguez Gómez el día señalado, constando en autos su citación en legal forma, y comparecida la parte actora Dña. Magdalena Cabrera García ratificó su propuesta de liquidación interesando su aprobación en los términos expuesto en la demanda, lo que se consignó en el acta dándose por concluido el acto.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Se aprueba la propuesta de liquidación presentada por D./Dña. María Magdalena Cabrera García teniendo por conforme con la misma a D./Dña. David Rodríguez Gómez.

Se adjudica a Dña. Magdalena Cabrera García el activo de 56.505,97 euros abonados por el Servicio Canario de Salud en el mes de marzo de 2015 a D. David Rodríguez Gómez para aplicarlos a la amortización de la ampliación del préstamo hipotecario solicitado a Banco Santander por importe de 54.358,56 euros el día 4 de julio de 2007 y que grava vivienda privativa de su propiedad.

Hágase entrega a los interesados de lo que a cada uno se haya adjudicado según el referido acuerdo y los correspondientes títulos de propiedad poniéndose previamente por el/la Letrado/a de la Administración de Justicia en estos nota expresiva de la adjudicación.

Entréguese al interesado que lo solicite testimonio de este Decreto, una vez firme, para su protocolización.

Procédase al archivo de las actuaciones, expidiéndose testimonio de la presente para su unión a los autos, archivándose el original en el legajo de Decretos definitivos de esta oficina judicial.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante este órgano.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. David Rodríguez Gómez, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de julio de 2016.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de julio de 2016.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

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