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BOC-A-2016-139-2481.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 1 de junio de 2016.
Vistos por Dña. Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez del Juzgado Mercantil nº 1 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario 24/2015, seguidos a instancia de Caterpillar Financial Corporación Financiera, SAU EFC, asistida del Letrado D. Manuel Recaséns Marquina, representada por el Procurador D. Javier Hernández Berrocal, contra D. Ramón Florencio Cruz Marrero, en rebeldía, sobre responsabilidad de los administradores, ha procedido a dictar la presente resolución, en nombre de S.M., el Rey, teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por la Procuradora de la parte actora, en la representación que ostenta, se interpuso ante este Juzgado demanda de juicio ordinario en la que interesaba que se declare la responsabilidad del demandado en su calidad de administrador único de Ramón y Romy PCS, S.L. y se le condene a abonar la deuda social anteriormente reclamada, 48.435,45 euros con los intereses legales, y expresa condena en costas.
Segundo.- Admitida a trámite, conforme al artículo 249.2 LEC, se emplazó al demandado que no compareció en el plazo legal. Se citó a las partes a la audiencia previa, a la que sólo compareció el demandante, y tras la admisión de la prueba documental, quedaron los autos vistos para sentencia.
Tercero.- En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por el Procurador D. Javier Hernández Berrocal, en nombre y representación de Caterpillar Financial, SAU EFC contra D. Ramón Florencio Cruz Marrero y condeno al demandado al pago de 48.435,45 euros con los intereses legales desde la interposición de la demanda y costas.
Llévese testimonio de esta resolución a los autos y el original al libro de sentencias de este juzgado.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Ramón Florencio Cruz Marrero, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Santa Cruz de Tenerife, a 2 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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