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BOC Nº 127. Lunes 4 de Julio de 2016 - 2188

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona

2188 EDICTO de 28 de abril de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000844/2013.

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BOC-A-2016-127-2188. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Rosa Hernández Gregorio, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte del fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 28 de abril de 2016.

Visto por Dña. Marta Lourdes Goya Ravelo, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona los presentes autos de Familia, Divorcio contencioso 844/20013 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Carla Francesca Pelosi Hertogs, dirigida por el Letrado D. Rafael Espejo Saavedra Conesa y representada por la Procuradora Dña. Berta Osle Pascual y de otra demandanda D. Rubén Damián Rodríguez.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda de divorcio interpuesta por Dña. Carla Francesca Pelosi Hertogs contra D. Rubén Damián Rodríguez y, en su consecuencia, declaro la disolución por divorcio del matrimonio, con los efectos legales inherentes a tal declaración. Dado el carácter especial de estos procedimientos no se imponen las costas procesales (artº. 394 LEC).

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Una vez firme esta resolución, remítase testimonio de la misma al Registro Civil donde figura inscrito el matrimonio, para su anotación marginal.

Así, por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Ilma. Magistrada-Juez sustituta Dña. María Lourdes Goya Ravelo que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia; doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Rubén Damián Rodríguez, expido y libro el presente en Arona, a 28 de abril de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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