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BOC Nº 127. Lunes 4 de Julio de 2016 - 2184

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

2184 Secretaría General Técnica.- Resolución de 23 de junio de 2016, por la que se ordena la publicación del Convenio de Colaboración entre el Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia y el Ayuntamiento de Guía de Isora (Tenerife) para la promoción de la donación altruista de sangre en el término municipal de dicha localidad.

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BOC-A-2016-127-2184. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, y en el artículo nº 13 de Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras Administraciones Públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de lo anterior,

R E S U E L V O:

Único.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Convenio de Colaboración entre el Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia y el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora (Tenerife), para la promoción de la donación altruista de sangre en el término municipal de dicha localidad, cuyo texto se acompaña como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de junio de 2016.- La Secretaria General Técnica, Laura María Martín Pérez.

A N E X O

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE HEMODONACIÓN Y HEMOTERAPIA Y EL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE GUÍA DE ISORA (TENERIFE) PARA LA PROMOCIÓN DE LA DONACIÓN DE SANGRE.

En Guía de Isora, a 11 de junio de 2016.

REUNIDOS

De una parte D. Pedro Manuel Martín Domínguez, Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora para el que fue elegido en la sesión constitutiva de la Corporación celebrada el 13 de junio de 2015, y como tal ostenta la representación de la Corporación, en virtud de las facultades que le confiere los artículos 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, 63 de la Ley Territorial 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y 41.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que fue aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, según certificación expedida por el Secretario accidental, D. Román Calvo de Mora de Brito e Cunha, del Iltre Ayuntamiento de Guía de Isora con fecha 3 de mayo de 2016.

De otra parte D. Ángel Luis Castilla Herrera, Presidente del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, actuando en nombre y representación de este, de conformidad con los artículos 8.1 y 14.2 de la Ley Territorial 11/1986, de 11 de diciembre, de creación y regulación del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, y según nombramiento por Decreto 13/2016, de 29 de febrero, Boletín Oficial de Canarias nº 43, de 3 de marzo de 2016.

CAPACIDAD

Ambas partes en la representación que ostentan y con capacidad legal suficiente para otorgar el presente Convenio de Colaboración,

MANIFIESTAN

Primero.- Que el Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia (en adelante I.C.H.H.) fue creado por Ley 11/1986, de 11 de diciembre, de creación y regulación del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, como organismo autónomo de la Comunidad Autónoma de Canarias, adscrito a la Consejería de Sanidad, para el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos en dicha Ley de creación.

Segundo.- Que el I.C.H.H., a través del Centro Canario de Transfusión ejerce, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, las funciones atribuidas a los Bancos Comunitarios de Transfusión en el Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre (BOE nº 225, de 20.9.05), entre otras, las de planificar la donación de sangre y plasma, a la vez que realiza las funciones de coordinación de la Red Transfusional de Canarias.

Tercero.- Que el I.C.H.H. tiene entre sus competencias las de planificación y promoción de la donación altruista de sangre en la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante C.A.C.).

Cuarto.- Que el I.C.H.H., tiene encomendado como su objetivo fundamental aumentar el número de donantes y donaciones altruistas de sangre en la C.A.C. con el fin de lograr el autoabastecimiento de sangre y sus derivados.

Quinto.- Que para el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas el Centro Canario de Transfusión, adscrito al I.C.H.H, según la Orden Interdepartamental 2/1993, de 28 de mayo, de la Comisión Interdepartamental para la Reforma Administrativa, por la que se crea el Centro Canario de Transfusión y su correspondiente Red Transfusional, y se aprueba el Reglamento Orgánico del mismo, el acuerdo proyectado resulta de gran utilidad.

Sexto.- Que el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, en representación de su Municipio, para el cumplimiento de sus fines, tiene plena capacidad jurídica para obligarse y ejercitar, entre otras, las acciones previstas en las leyes, de acuerdo con artº. 1º.1 del texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril).

Séptimo.- Que el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local modificado por el artículo 1.8 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

A tal efecto el Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia y el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, acuerdan formalizar el presente Convenio de Colaboración con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

Es objeto del presente Convenio establecer el marco que regulará la colaboración entre el Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia y el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, para la promoción de la donación altruista de sangre en el término municipal de esta localidad.

Segunda.- Régimen jurídico.

El presente Convenio de Colaboración se regirá por los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público del la C.A.C., la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y para resolver dudas e integrar lagunas, por el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Tercera.- El Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia a la firma del presente Convenio se compromete a las obligaciones siguientes:

- Celebrar en el municipio de Guía de Isora el Acto del Día del Donante el próximo 11 de Junio de 2016, con el fin de profundizar en el vínculo que los donantes y ciudadanos de este municipio mantienen con la donación de sangre.

- Colaborar con el Ayuntamiento de Guía de Isora, en el acto de homenaje a los donantes de sangre del municipio.

- Impartir charlas y cursos de formación, información y asesoramiento sobre la donación altruista de sangre, a los ciudadanos de Guía de Isora, proyectando hacia la sociedad el mensaje de la donación altruista, acercándonos así a los potenciales donantes, dándoles a conocer los beneficios sociales a que contribuirían con su generosa aportación, y de esta forma concienciar a la población canaria de la necesidad de implicarse en esta actividad, cuyo pilar primordial es la solidaridad ante la necesidad vital que los pacientes tienen de disponer de ese preciado suministro.

- Proporcionar al Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, los elementos divulgativos necesarios y su reposición (carteles, posters, folletos, etc.), así como el adecuado soporte de los mismos.

Cuarta.- El Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, se compromete a lo siguiente:

- Participar activamente en las actividades del Día del Donante, a celebrar el 11 de junio en Guía de Isora.

- Organizar el homenaje a los donantes de sangre ejemplares del municipio de Guía de Isora.

- Sensibilizar, en coordinación con el I.C.H.H., a la población general y juvenil en particular sobre la necesidad de donación de sangre desarrollando las acciones que considere oportunas para tal fin.

- Promover, en coordinación con el I.C.H.H., la donación de sangre voluntaria y comprometida para contribuir al aumento de la reserva de la misma, permitiendo la atención de las necesidades sanitarias.

- Apoyar cada una de las campañas de donación de sangre del I.C.H.H. que se lleven a cabo en el municipio.

- Facilitar la colocación de la unidad móvil de extracción de sangre en aquellos lugares que se consideren estratégicamente idóneos, haciendo los trámites previos oportunos con los diferentes agentes implicados.

- Aprovechar los diferentes programas de educación sanitaria que estén bajo la dirección del Ayuntamiento impartiéndose en el municipio para sensibilizar a la población y promover la donación voluntaria de sangre, desmitificando los riesgos que la población le atribuye a esta práctica.

- Implicar al resto de recursos sociales del municipio en el apoyo a las acciones que se desarrollen desde el I.C.H.H. y en colaboración con el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora.

- Divulgar a través de la red de oficinas y áreas pertenecientes al Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, el mensaje de la necesidad de la donación altruista de sangre.

- Realizar la distribución de material publicitario en las mencionadas oficinas y áreas, y exhibir en las mismas la información acorde al mensaje altruista del I.C.H.H., así como de la ubicación de los centros fijos o móviles y horarios disponibles donde pueden dirigirse los potenciales donantes a realizar la correspondiente donación de sangre.

Quinta.- Resolución o modificación del Convenio.

- El presente Convenio se extinguirá por cumplimiento del mismo, resolución o por denuncia expresa de una de las partes con una antelación mínima de tres meses a la finalización del mismo.

- Asimismo, serán causas de extinción de este Convenio, el mutuo acuerdo de las partes, la imposibilidad sobrevenida de cumplimiento o por causa de fuerza mayor.

- Será motivo de resolución el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

- En caso de resolución del Convenio, las partes quedan obligadas al cumplimiento de sus respectivos compromisos hasta la fecha en que este se produzca.

- Podrá dar lugar a la modificación del Convenio, el mutuo acuerdo de las partes y cualquier modificación en la normativa reguladora mencionada en el presente Convenio, que afecte al contenido del mismo.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma, hasta el 31 de diciembre de 2016. Al término de dicho periodo, de mediar acuerdo entre las partes firmantes, se procederá a su prórroga por periodos anuales sucesivos hasta un máximo de cuatro años.

Así lo dicen y otorgan los comparecientes que, en prueba de conformidad, firman el presente documento, por duplicado, y a un solo efecto en la ciudad y fecha en el encabezamiento expresadas.- Por el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, el Alcalde-Presidente, Pedro Manuel Martín Domínguez.- Por el Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, el Presidente, Ángel Luis Castilla Herrera.

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