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BOC Nº 116. Viernes 17 de Junio de 2016 - 1918

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

1918 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 9 de junio de 2016, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 1 de junio de 2016, relativo a la desestimación de la aprobación de la corrección de error en el Plan General de Ordenación de Teror.- Expte. 2016/2905.

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BOC-A-2016-116-1918. Firma electrónica - Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 1 de junio de 2016, relativo a la desestimación de la aprobación de la corrección de error material en el Plan General de Ordenación de Teror, expediente 2016/2905, cuyo texto se acompaña como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de junio de 2016.- El Director General de Ordenación del Territorio, Pedro Afonso Padrón.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de junio de 2016, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Desestimar la aprobación de la corrección de error relativo a la categorización como suelo rústico de protección agraria 1 de parte de la parcela situada en la GC-21 (Carretera General de Miraflor, kilómetro 8, Teror) del Plan General Supletorio de Teror, expediente 2016/2905, ya que de conformidad con las valoraciones efectuadas por el Servicio Jurídico Administrativo de Planeamiento Urbanístico Oriental de la Dirección General de Ordenación del Territorio en su informe de 6 de abril de 2016, no concurren en el presente expediente las circunstancias que exige el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para su consideración como error material.

Segundo.- Notificar el Acuerdo al Ayuntamiento de Teror y publicarlo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por Decreto 254/2003, de 2 de septiembre, y por Decreto 234/2005, de 27 de diciembre.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

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