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BOC Nº 83. Viernes 29 de Abril de 2016 - 1729

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

1729 Dirección General de Ganadería.- Resolución de 19 de abril de 2016, por la que se requiere documentación a los interesados de las subvenciones, para el ejercicio 2016, destinadas a apoyar las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos ganaderos.

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BOC-A-2016-083-1729. Firma electrónica - Descargar

Examinados los expedientes de referencia y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas de 28 de diciembre de 2015 (BOC nº 253, de 31.12.15), se convocan de manera anticipada, para el ejercicio de 2016, subvenciones destinadas a apoyar las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas y se aprueban las bases que han de regir las mismas.

Segundo.- Posteriormente, examinadas las solicitudes se constata que algunas de las mismas no se acompañan de la documentación preceptiva prevista en la base 6, apartado 2, de la Orden de convocatoria, siendo necesario requerir a los interesados a fin de que subsanen o completen los documentos o datos que deban presentarse.

FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas convocadas por la Orden de 28 de diciembre de 2015, en el caso de subvenciones destinadas a la ganadería, es la Dirección General de Ganadería, en virtud de lo establecido en el base 8, apartado 1, de la misma.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el Anexo I de esta resolución para que en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias, subsane o complete los documentos o datos que se detallan en el mencionado anexo, conforme a la codificación contemplada en el Anexo II, con la advertencia de que si así no lo hiciese y de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que se dictará en los términos del artículo 42 de la citada Ley.

Segundo.- Que se publique la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de abril de 2016.- El Director General de Ganadería, Cristóbal David de Vera Cabrera.

Ver anexo en las páginas 10978-10982 del documento Descargar

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