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BOC-A-2016-081-1671.
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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,
R E S U E L V O:
Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la COTMAC de fecha 15 de abril de 2016, cuyo texto figura como anexo.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de abril de 2016.- El Director General de Ordenación del Territorio, Pedro Afonso Padrón.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 15 de abril de 2016, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 87.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dar por terminado el procedimiento de aprobación de la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Los Llanos de Aridane, alteraciones de la normativa y planos de ordenación (expediente nº 2014/1321), por la imposibilidad material de continuar su tramitación, por haber sobrevenido la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 16 de junio de 2015, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, recurso de casación nº 3575/2013, cuyo fallo declaró haber lugar al recurso de casación, anuló la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de fecha 25 de julio de 2013 y estimó el recurso contencioso-administrativo nº 210/2011 interpuesto por la Asociación Plataforma contra la Instalación de Plantas de asfalto en el Valle de Aridane contra el Acuerdo de la COTMAC de fecha 1 de octubre de 2010, por el que se aprueba parcial y definitivamente el Plan General de Ordenación del municipio de Los Llanos de Aridane, y declaró dicho acuerdo y el Plan General contrarios al ordenamiento jurídico.
Segundo.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane y al Cabildo Insular de La Palma y publicarlo en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por el Decreto 254/2003, de 2 de septiembre, y por el Decreto 234/2005, de 27 de diciembre.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por el Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.
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