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BOC Nº 65. Miércoles 6 de Abril de 2016 - 1328

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V. ANUNCIOS - Cabildo Insular de Tenerife

1328 ANUNCIO de 23 de marzo de 2016, que establece el procedimiento de autorización para el control de poblaciones de muflón en Tenerife. Convocatoria 2016. Sectores, etapas, jornadas y cupo. Prohibición de acceso y permanencia en determinadas zonas y senderos del Parque Nacional del Teide por razones de seguridad.

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BOC-A-2016-065-1328. Firma electrónica - Descargar

El 23 de marzo de 2016 el Sr. Consejero Insular del Área de Sostenibilidad, Medio Ambiente, Aguas y Seguridad del Cabildo Insular de Tenerife, en cumplimiento de lo dispuesto en la base sexta de las que rigen la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 253, de 31 de diciembre de 2015, dictó resolución conforme al siguiente contenido:

"Primero.- Delimitar los siguientes Sectores a los efectos de organizar las actuaciones de control de poblaciones de muflón en Tenerife en 2016, según cartografía oficial:

Ver anexo en la página 8742 del documento Descargar

Segundo.- Determinar un número total de 44 jornadas, dividas en 2 etapas, con un total de 117 actuaciones:

Ver anexo en la página 8743 del documento Descargar

2.1. Los días de la semana hábiles comprendidos en las etapas para las actuaciones de control de muflón serán los lunes, miércoles y viernes, salvo para los sectores Pico Viejo-Boca Tauce y Siete Cañadas, que solo serán los miércoles y viernes. Se exceptúan los festivos de carácter nacional, autonómico e insular (lunes 30 de mayo), según el Decreto 313/2015, de 6 de agosto, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016.

2.2. Los lunes dos cuadrillas actuarán simultáneamente en dos Sectores (Oeste-Sureste). Los miércoles y los viernes actuarán tres cuadrillas simultáneamente, dos de ellas dentro del Parque Nacional del Teide, y una fuera de el.

2.3. Cada cuadrilla comenzará y finalizará la jornada autorizada dentro del sector autorizado, quedando expresamente prohibido actuar en otro sector distinto.

Tercero.- Determinar los siguientes puntos de control de inicio y finalización, en las horas que se señalan, para los sectores que se indican:

Ver anexo en la página 8743 del documento Descargar

Para una mayor eficacia de las jornadas de control, cuando se estime conveniente se podrá modificar el punto de control de finalización, previo acuerdo entre el Supervisor de Control y el representante de la cuadrilla.

Cuarto.- Aprobar la siguiente relación de Etapas, Jornadas y Sectores, a los meros efectos de la celebración del sorteo público señalado en las bases, con la siguiente asignación de número de sorteo:

Ver anexo en las páginas 8744-8745 del documento Descargar

Quinto.- Se establece un cupo mínimo de 103 ejemplares a abatir, con el objeto de alcanzar, como mínimo, el número de ejemplares abatidos en 2015.

Sexto.- Prohibir, por razones de seguridad, el acceso general y permanencia de personas ajenas a las actuaciones de control de muflón en el Parque Nacional del Teide, los miércoles y viernes comprendidos entre el 6 de mayo y el 17 de junio de 2016, y entre el 14 de octubre el 25 de noviembre de 2016:

1. Entre las 7:00 y las 14:00 horas, en todos los lugares y senderos del Parque Nacional del Teide, situados en el Sector de Siete Cañadas (Sector que abarca todos los terrenos del Parque Nacional del Teide comprendidos al Sur de la Carretera TF-21 y de la TF-24), salvo los siguientes senderos y zonas que quedan exceptuados:

- Sendero nº 14 (Alto Guamaso) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Sendero nº 17 (Igueque) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Sendero nº 19 (Montaña Majúa) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Sendero nº 20 (Volcán de Fasnia) de la Red de Senderos del Parque Nacional del Teide.

- Sendero nº 21 (Corral del Niño Mal Abrigo) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Sendero nº 34 (Montaña Limón) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Pista General de Arico.

- Pista de Montaña Limón.

- Zona de Uso Moderado comprendida al Este de La Pista del Filo.

- Zona de Uso Moderado situada al Norte de la carretera TF-24.

- Zona de Uso Especial de Parador Nacional-Centro de Visitantes de Cañada Blanca.

- Zona de Uso Especial de El Portillo.

- Minas de San José.

- Carreteras y miradores de carreteras.

2. Entre las 7:00 y las 17:00 horas, en todas las zonas de uso moderado, pistas y senderos del Parque Nacional del Teide, situados en el Sector de Pico Viejo (Sectores que abarcan todo el territorio del Parque Nacional del Teide situado al Norte de la carretera TF-21 y de la TF-24), salvo los siguientes senderos y zonas que quedan exceptuados:

- Sendero nº 1 (La Fortaleza), de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide, únicamente el tramo comprendido entre El Portillo y el cruce con el sendero nº 24.

- Sendero nº 3 (Los Roques de García), de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide, únicamente el tramo comprendido entre La Ruleta y Los Roques Blancos.

- Sendero nº 7 (Montaña Blanca-Pico del Teide) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Sendero nº 10 (Telesforo Bravo) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Sendero nº 11 (Mirador de La Fortaleza) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Sendero nº 12 (Mirador de Pico Viejo) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Sendero nº 18 (Chavao) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Sendero nº 24 (Portillo Alto) de la Red de senderos del Parque Nacional del Teide.

- Zona de Uso Especial de El Portillo.

- Zona de Uso Especial de La Ruleta/Roques de García.

- Zona de Uso Especial de Juan Évora.

- Estación inicial del teleférico y accesos.

- Estación terminal del teleférico y área de La Rambleta.

- Minas de San José.

- Carreteras y miradores de carreteras.

Todos los senderos y pistas afectados por la prohibición de acceso y tránsito serán debidamente señalizados por la Dirección del Parque Nacional del Teide.

Séptimo.- Aprobar el modelo oficial de Plan de Actuación que se adjunta como Anexo I.

Octavo.- Publicar anuncio de la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Esta resolución no es definitiva en la vía administrativa. Contra ella pueden los interesados interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias ante el Presidente del Cabildo de Tenerife, o ante la Consejería del Gobierno de Canarias con competencias en materia de medio ambiente si el recurso versara sobre materias de gestión del Parque Nacional del Teide objeto de delegación, sin perjuicio de que puedan utilizar cualquier otro recurso o acción que estimen procedente.

San Cristóbal de La Laguna, a 23 de marzo de 2016.- El Consejero Insular del Área, José Antonio Valbuena Alonso.

Ver anexo en la página 8748 del documento Descargar

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