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BOC-A-2016-064-1301.
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BDNS(Identif.):302578
Extracto de la Orden de 14 de marzo de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas por la que se convocan para el ejercicio 2016, las subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura en Canarias, previstas en el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, que regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco del programa nacional de medidas de ayuda a la apicultura para el trienio 2014-2016, y se aprueban las bases complementarias que han de regir la misma.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatorias cuyo texto completo puede consultarse la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas; las cooperativas apícolas y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia, que estén integradas en su mayoría por apicultores; y los laboratorios que efectúen o puedan efectuar análisis de las características fisicoquímicas de la miel reconocidos por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias y que cumplan los requisitos exigidos a cada uno de ellos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, y en la base 3 de la Orden de 14 de marzo de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas por la que se convocan para el ejercicio 2016, las subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura en Canarias.
Segundo.- Objeto.
Fomentar aquellas actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de la miel.
Tercero.- Bases reguladoras.
La presente se regirá por el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales (BOE nº 74, de 27.3.99), y por las bases complementarias aprobadas por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas de 14 de mazo de 2016.
Cuarto.- Cuantía.
Se destinan créditos por importe global de sesenta y un mil (61.000,00) euros. Dichos créditos se distribuyen de la siguiente forma:
a) Asistencia técnica a los apicultores a través de:
1. Contratación de servicios veterinarios para la asistencia técnica a los apicultores de las agrupaciones de apicultores (asesoramiento global en la producción, en la comercialización y a nivel de laboratorio): 7% de la dotación presupuestaria.
2. Sistemas de divulgación técnica mediante la edición de folletos, publicaciones y material audiovisual destinado a los apicultores asociados: 3% de la dotación presupuestaria.
b) Lucha contra la varroosis: 81% de la dotación presupuestaria.
c) La racionalización de las trashumancias: 6% de la dotación presupuestaria.
d) Análisis de la miel: 3% de la dotación presupuestaria.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Será de 30 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de marzo de 2016.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,
Narvay Quintero Castañeda.
© Gobierno de Canarias