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BOC Nº 64. Martes 5 de Abril de 2016 - 1293

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

1293 Instituto Canario de Administración Pública (ICAP).- Resolución de 29 de marzo de 2016, de la Directora, por la que se convoca el Seminario sobre el Programa de Gestión del Conocimiento (Mentor), incluido en el Plan de Formación para el 2016, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 19 de julio de 2013.

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BOC-A-2016-064-1293. Firma electrónica - Descargar

El Plan de Formación para 2016 del Instituto Canario de Administración Pública, aprobado por su Consejo de Administración y posteriormente por la Comisión de Formación para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesiones celebradas el 4 de marzo de 2016, incluye el Programa de Gestión del Conocimiento (Mentor), cuya finalidad es que la experiencia, formación y conocimiento de unas personas se pone al servicio de otras para que la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias mejore, contribuyendo en la prestación de un servicio de mayor calidad a la ciudadanía.

Para ello, el citado Programa contempla dos novedosas actividades formativas paralelas; una dirigida al desarrollo de habilidades directivas para mentores, personal directivo con experiencia en la Administración y la gestión pública y otra, al desarrollo individualizado de competencias directivas para mentorizados, personas que desempeñan funciones directivas con menos experiencia que sienten la necesidad o tienen interés de obtener el asesoramiento de una persona mentora.

Se parte de la creencia de que existen grandes profesionales dentro de nuestra organización cuyo conocimiento se puede transmitir potenciando la cultura colaborativa, al mismo tiempo que se fomenta un rol directivo en el que se desarrollen competencias, habilidades sociales y de gestión que permitan un liderazgo eficaz.

La experiencia de otras administraciones públicas con programas de mentoría nos sirve de referencia para desarrollar desde el ICAP una nueva línea de formación y abordar desde otra perspectiva el proceso de mejora permanente de las competencias y cualificaciones de las empleadas y empleados públicos que ejercen funciones directivas en nuestra Administración, utilizando modelos formativos ajustados a las necesidades de las personas participantes.

El Seminario que se convoca por la presente resolución tiene un doble objetivo: por un lado, dar a conocer el Programa de Gestión del Conocimiento (Mentor), el proceso de mentoría y las técnicas básicas del mismo y por otro, animar al personal interesado a participar como mentores. Prioritariamente se orienta al personal que ocupa jefaturas de servicio o dirige centros de trabajo con responsabilidad sobre un equipo de personas y que esté dispuesto a ofrecer su experiencia, conocimientos, formación y tiempo a otras personas de nivel similar y diferente experiencia.

Por lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 130/2014, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de Administración Pública,

R E S U E L V O:

Único.- Convocar el "Seminario sobre el Programa de Gestión del Conocimiento (Mentor)" con las características establecidas en el anexo a esta resolución, de acuerdo a las siguientes

BASES

Primera.- Ámbito de aplicación de la convocatoria y requisitos de los y las solicitantes.

Podrá participar en la actividad formativa relacionada en el anexo, el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos, que reúna los requisitos especificados en la misma.

Segunda.- Solicitudes.

1. Quienes deseen participar en el seminario deberán solicitarlo a través de la aplicación informática para la tramitación de solicitudes disponible en la página web del Instituto Canario de Administración Pública en la dirección https://www.gobiernodecanarias.org/icap

2. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.

Tercera.- Plazo de presentación de solicitudes y calendario de la actividad.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

2. El seminario se desarrollará con la duración y en la fecha señalada pudiendo ser objeto de modificación en el supuesto de que el ICAP lo considere procedente, notificándose previamente a los admitidos.

Cuarta.- Selección de participantes.

1. La selección de los participantes en el seminario la realizará el Instituto Canario de Administración Pública atendiendo a los requisitos previstos en la actividad formativa.

2. Cuando el número de solicitantes resultante de aplicar lo señalado en el párrafo anterior supere el número de plazas ofertadas del seminario, se aplicará el criterio de mayor antigüedad en la Administración.

3. Con el fin de facilitar la formación y promoción profesional de las empleadas y empleados públicos con discapacidad se reservará una plaza para dichos solicitantes, admitiéndose su participación siempre que se cumplan los requisitos establecidos para esta acción formativa en particular. La acreditación de la situación de discapacidad deberá efectuarse en el momento de la aceptación del seminario.

Tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo hacer constar tal circunstancia en la solicitud, pudiendo indicar asimismo las adaptaciones en la actividad formativa que consideren necesarias.

4. El personal empleado público podrá participar en cursos de formación durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

5. De acuerdo con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se reservará al menos un 40 por 100 de las plazas en los cursos de formación para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir ese porcentaje.

Quinta.- Admisión, comunicación y publicación de la relación de admitidos.

1. La comunicación a los seleccionados se hará individualmente en la dirección de correo electrónico corporativo con anterioridad al inicio del seminario. En la misma, se indicará la fecha, hora, lugar de celebración y el certificado que pudiera obtenerse.

2. El solicitante seleccionado estará obligado a confirmar su asistencia por el medio y en el plazo que se indique en la comunicación. Si cumplido el plazo previsto no se hubiese recibido confirmación, quedará excluido del mismo y se procederá a incluir a otro aspirante.

3. Las solicitudes sobre las que no recaiga comunicación expresa se entenderán desestimadas.

4. Concluido el proceso de selección de aspirantes por el ICAP, se publicará la relación de admitidos en la secretaría virtual de la página web del Instituto y, en su defecto, en los tablones de anuncios de este Organismo.

Sexta .- Condiciones de participación.

1. La asistencia a los cursos una vez confirmada, es obligatoria. Quienes habiendo sido admitidos no puedan asistir y participar por razones debidamente justificadas deberán comunicar su renuncia al ICAP con anterioridad al inicio de la actividad formativa.

2. No se podrá participar en la actividad formativa si no se ha recibido comunicación expresa previa del ICAP.

3. Durante la celebración del seminario se llevará un control permanente de asistencia conforme a los sistemas establecidos al respecto. Los participantes deberán dejar constancia de su asistencia en el sistema de control de entrada y salida que al efecto se establezcan. Si no dejara tal constancia en la entrada, en la salida o en ambos, no se computará el tiempo de formación correspondiente al periodo que abarca esa entrada y salida al efecto de su toma en consideración a la hora de valorar la expedición del certificado que pudiera corresponder.

Séptima.- Certificado.

Se expedirá certificado de asistencia cuando se participe como mínimo en un 80 por ciento de las horas lectivas. Asimismo, se podrá otorgar certificado de aprovechamiento, si se participa como mínimo en un 80 por ciento de las horas lectivas y se superen las pruebas de evaluación establecidas.

Octava.- Cláusula de modificación.

La persona titular del ICAP tendrá facultad para ampliar y suspender la actividad formativa, modificar las bases de la convocatoria, fechas, duración y número de plazas de la misma, cuando circunstancias suficientemente justificadas así lo aconsejen.

Novena.- Derechos de inscripción y financiación.

El seminario formativo que se convoca por la presente resolución es de carácter gratuito al estar financiado íntegramente por los Fondos del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 19 de julio de 2013. Los gastos que genere se hará con cargo a la partida 229.99.00 Otros gastos corrientes no tipificados. Esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para hacer frente a los gastos que de ella se derive.

Se podrá solicitar información adicional en las oficinas del Instituto Canario de Administración Pública llamando a los teléfonos (922) 922602 y (928) 339176.

Décima.- Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo a interponer en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición ante el Instituto Canario de Administración Pública en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de marzo de 2016.- La Directora, Cándida Hernández Pérez.

A N E X O

SEMINARIO SOBRE EL PROGRAMA DE GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO (MENTOR)

Ediciones: 2.

Edición Gran Canaria: FC.PGC.A.1.16.GC

Edición Tenerife: FC.PGC.A.1.16.T

Objetivos:

- Dar a conocer el Programa de Gestión del Conocimiento (Mentor) del ICAP y la experiencia de la Junta de Andalucía con el Programa Iniciativa Mentor de intercambio de conocimientos y experiencias entre directivos.

- Lograr la sensibilización de los participantes sobre la importancia del desarrollo profesional bajo un enfoque del líder que entrena a líderes.

- Adquirir conocimientos y estrategias básicas sobre el proceso de mentoría.

Destinatarios: personal funcionario del subgrupo A1 y laboral equivalente con una experiencia mínima de cinco años en la Administración como Jefe/a de Servicio u otro nivel similar de responsabilidad directiva que suponga responsabilidad y equipo a su cargo (subdirecciones, direcciones de área, directores de servicio ...).

Contenido:

* El Programa de Gestión del Conocimiento (Mentor) del ICAP.

* El Programa Iniciativa Mentor de la Junta de Andalucía.

* El Proceso de mentoría.- Proceso y técnicas:

- Concepto y beneficios de la mentoría.

- Proceso y estructura de la mentoría.

- El rol del Mentor/a: funciones y actitudes.

- El proceso comunicativo en la relación de mentoría: escucha activa, preguntas poderosas, plan de acción, feed-back constructivo.

Nº de horas lectivas: 6.

Horario: de 9:00 a 15:00 horas.

Número de plazas: 25.

Lugar y fecha de celebración:

- Las Palmas de Gran Canaria, 21 de abril de 2016.

- Santa Cruz de Tenerife, 22 de abril de 2016.

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