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BOC Nº 63. Lunes 4 de Abril de 2016 - 1272

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana

1272 EDICTO de 15 de diciembre de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio de divorcio contencioso nº 0000164/2015.

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BOC-A-2016-063-1272. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Alonso Pérez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 14 de diciembre de 2015.

Vistos por don Carlos Suárez Ramos, Juez del Juzgado de Primera Instancia Uno de San Bartolomé de Tirajana, los presentes autos del juicio verbal de divorcio contencioso nº 164/2015, seguidos a instancia de doña Bárbara Enríquez Langarita, representado por don Carmelo Juan Fermín Arencibia Mireles y asistido del letrado don Jecsan Peña Rodríguez; contra don Fabián Fernández Andrade, en situación procesal de rebeldía; ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:

Que, estimando la demanda interpuesta por doña Bárbara Enríquez Langarita contra don Fabián Fernández Andrade, declaro la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los litigantes en fecha 24 de agosto de 2007 (inscrito en el Registro Civil Central, tomo 02279, página 116, sección 2ª) con la disolución del régimen económico matrimonial y todos los efectos legales inherentes a dicha declaración. Todo ello sin efectuar especial pronunciamiento sobre costas.

Firme que sea esta sentencia remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil a los efectos legales oportunos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas el cual deberá ser interpuesto ante este juzgado en plazo de los 20 días siguientes al de su notificación.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, la pronuncia, manda y firma don Carlos Suárez Ramos, juez del juzgado de Primera Instancia número Uno de San Bartolomé de Tirajana.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Fabián Fernández Andrade, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 15 de diciembre de 2015.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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