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BOC Nº 57. Miércoles 23 de Marzo de 2016 - 1130

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

1130 ORDEN de 15 de marzo de 2016, por la que se modifica parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad 2014-2016.

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BOC-A-2016-057-1130. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente tramitado por el Instituto Canario de Igualdad para la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de este Organismo 2014-2016, en lo que a la anualidad 2016 se refiere.

Vista la propuesta formulada por la Directora del Instituto Canario de Igualdad.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1º) Por Orden nº 65, de 17 de marzo de 2014, del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, se aprobó el Plan Estratégico del Instituto Canario de Igualdad para el periodo 2014- 2016.

2º) Conforme se estableció en el anexo de la citada Orden, el Plan Estratégico se concreta en las siguientes líneas de subvenciones:

- Subvenciones destinadas a fomentar el movimiento asociativo de mujeres de Canarias, a convocar en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a la aplicación presupuestaria 4801 232B 480.00 Proyecto 48400004 Fomento del asociacionismo de mujeres.

- Subvenciones a conceder por el procedimiento de concesión directa, dirigidas a fomentar la formación e investigación universitaria con perspectiva de género, a conceder con cargo a la aplicación presupuestaria 4801 232B 446.00 Proyecto 23483002 Investigación y promoción de la mujer por las universidades.

3º) Por Orden nº 337, de 30 de noviembre de 2015, se modificó y actualizó dicho Plan Estratégico; afectando la modificación y actualización a la anualidad 2015, exclusivamente.

4º) En el Presupuesto de Gastos del Instituto Canario de Igualdad, aprobado por la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, figuran dotadas, además de las dos líneas presupuestarias ya citadas, una nueva aplicación presupuestaria, la 2016.48.01.232B.480.00, Proyecto 484G0182 Promoción de la participación social de las mujeres, dotada con 60.000,00 euros; razón por la cual, procede su inclusión en el vigente Plan Estratégico de Subvenciones.

5º) Con fecha 8 de marzo de 2016, la Dirección General de Planificación y Presupuesto emitió informe preceptivo, con carácter favorable.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con carácter básico de aplicación, dispone que los órganos de las Administraciones Públicas que se propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y su fuente de financiación, supeditándose en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por otra parte, el artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, dispone que se aprobará un plan estratégico por cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de sus organismos y demás entes públicos a el vinculados. El mismo artículo prevé, en su punto 2, la posibilidad de aprobar planes estratégicos especiales de ámbito inferior al departamental.

Segunda.- Resulta competente el Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, a la que está adscrito el Instituto Canario de Igualdad, para dictar esta Orden en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, referido a las competencias generales y 4.b) referido a la adscripción del Instituto a la citada Consejería, ambos del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia a Igualdad, aprobado por el Decreto 382/2015, de 28 de diciembre, y, por último, en el artículo 2.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de Igualdad, aprobado por el Decreto 38/2015, de 27 de marzo.

Tercera.- Resulta preceptiva la emisión de informe previo por parte de la Dirección General competente en materia de presupuestos, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida en el artículo 7 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, en relación con lo dispuesto en el artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

R E S U E L V O:

1.- Modificar parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad 2014-2016, aprobado por la Orden departamental nº 65, de 17 de marzo de 2014, en lo que a la anualidad 2016 se refiere, en los términos que obran en el anexo que se acompaña.

2.- En lo no modificado, mantener el resto de las previsiones contenidas en el referido Plan estratégico de subvenciones.

3.- Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31.1.a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso de la información pública.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de marzo de 2016.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD

Aarón Afonso González.

A N E X O

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL INSTITUTO CANARIO DE IGUALDAD PARA EL PERIODO 2014-2016 (ANUALIDAD 2016).

1.- Objetivos estratégicos.

a) Impulsar el movimiento asociativo de mujeres y fomentar su participación en la sociedad, con el objetivo de incorporar a estas a la actividad pública, en ejecución del Objetivo estratégico G.1.1, Eje Estratégico G "Participación y representación social equilibrada de mujeres y hombres", de la Estrategia para la Igualdad de Mujeres y Hombres 2013-2020, aprobada por el Gobierno de Canarias el día 5 de diciembre de 2013.

b) Promover la participación social de las mujeres.

c) Fomentar la participación e investigación universitaria con perspectiva de género.

2.- Marco competencial.

A través de las subvenciones en que se concreta este Plan Estratégico, el Instituto Canario de Igualdad ejerce las siguientes funciones que tiene atribuidas por su ley reguladora, Ley 1/1994, de 13 de enero:

a) Impulsar programas y actuaciones que contribuyan a incrementar la participación de las mujeres en la vida pública, en el orden económico, cultural y político [artículo 5.2.g) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de Igualdad, aprobado por el Decreto 38/2015, de 27 de marzo].

Además, los artículos 62 y 63 de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres, bajo los epígrafes de participación social y fomento de las asociaciones de mujeres, respectivamente, encomiendan a las administraciones públicas de Canarias impulsar medidas destinadas a fomentar la participación social de las mujeres y de cooperación con la iniciativa social y las asociaciones para la promoción de la igualdad de género. Y, en este orden, la norma mandata específicamente a los poderes públicos canarios impulsar el movimiento asociativo de mujeres, facilitar su participación social mediante la puesta en marcha de acciones adecuadas para ello; mandato que hace efectivo el Instituto Canario de Igualdad mediante el establecimiento de una línea de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar el movimiento asociativo de mujeres de Canarias, y en 2015, mediante el establecimiento de una línea de subvenciones, a conceder por el procedimiento de concesión directa, con la misma finalidad, para desarrollar actuaciones dirigidas a prevenir y erradicar la violencia de género.

b) Establecer relaciones y cauces de participación con asociaciones, fundaciones y otros entes y organismos que, en razón de sus fines o funciones, contribuyan a la consecución de los objetivos del Instituto, así como con instituciones y organismos análogos de otras Comunidades Autónomas, del Estado y de la Comunidad Internacional [artículo 5.2.m) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de Igualdad].

Además, el artículo 23.3 de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, dispone que, las administraciones públicas de Canarias, en el ámbito de sus competencias, fomentarán el apoyo a la formación y a la investigación en materia de igualdad entre mujeres y hombres y promoverán y velarán por que en los proyectos de investigación de los que se puedan extraer resultados para las personas, se tenga en cuenta la perspectiva de género, todo ello, en el marco de la enseñanza universitaria.

En el ejercicio de la función citada, el Instituto Canario de Igualdad hace efectivo el mandato legal señalado mediante el establecimiento de una línea de subvenciones a conceder por el procedimiento de concesión directa con cargo a la línea de actuación denominada investigación y promoción de la mujer por las universidades.

3.- Líneas estratégicas en que se concentra el Plan Estratégico:

3.1.- Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva: subvenciones destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias.

Líneas presupuestarias:

- a) 2016.48.01.232B.480.00, Proyecto 48400004 Fomento del asociacionismo de mujeres.

- b) 2016.48.01232B.480.00, Proyecto 484G0182 Promoción de la participación social de las mujeres.

Área de competencias afectadas y sectores implicados: se da por reproducido lo dispuesto en el punto 2.a) de este documento relativo al marco competencial. Sectores implicados: asociaciones y federaciones de asociaciones de mujeres.

Objetivos:

a) Fortalecer y consolidar el movimiento asociativo de mujeres para facilitar su participación en la sociedad.

b) Promover la participación social de las mujeres mediante el apoyo a proyectos de difusión de los derechos de las mujeres desde la diversidad, de la historia del movimiento de mujeres y del pensamiento feminista y a proyectos de información y sensibilización social sobre la igualdad entre mujeres y hombres.

Efectos:

a) Facilitar la participación del movimiento asociativo de mujeres en la sociedad como instrumento para seguir avanzando en la consecución de una sociedad más democrática, justa, solidaria e igualitaria entre mujeres y hombres.

b) Empoderar a las mujeres para la consecución de una sociedad más democrática e igualitaria.

Plazo de consecución: 2016.

Coste de ejecución:

- a) 80.000,00 euros.

- b) 60.000,00 euros.

Fuente de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias.

Indicadores: nº de asociaciones y federaciones de asociaciones de mujeres beneficiarias; nº de actividades subvencionadas.

3.2.- Subvenciones a conceder por el procedimiento de concesión directa: subvenciones destinadas a fomentar la formación e investigación universitaria con perspectiva de género.

Línea presupuestaria: 2016.48.01.232B.446.00, Proyecto 23483002 Investigación y promoción de la mujer por las universidades.

Objetivos y efectos: fomentar la formación e investigación universitaria con perspectiva de género.

Plazo de consecución: 2016.

Coste de ejecución: 10.000,00 euros.

Fuente de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias.

4.- Seguimiento y evaluación:

Comprobación directa y control financiero de los documentos remitidos por las entidades beneficiarias.

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