Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 50. Lunes 14 de Marzo de 2016 - 951

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

951 Secretaría General Técnica.- Resolución de 3 de marzo de 2016, por la que se ordena la publicación del anexo al Convenio Marco de Colaboración entre el Cabildo Insular de La Palma y la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias en materia de huertos escolares y educación ambiental, suscrito el 21 de noviembre de 1997.

7 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 327.94 Kb.
BOC-A-2016-050-951. Firma electrónica - Descargar

El artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción actual tras la modificación operada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo (BOC nº 103, de 1 de junio de 2015), establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del Convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Anexo al Convenio Marco de Colaboración entre el Cabildo Insular de La Palma y la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias en materia de huertos escolares y educación ambiental, suscrito el 21 de noviembre de 1997, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de marzo de 2016.- La Secretaria General Técnica, Ángeles Bogas Gálvez.

A N E X O

ANEXO AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES DEL GOBIERNO DE CANARIAS EN MATERIA DE HUERTOS ESCOLARES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL, SUSCRITO EL 21 DE NOVIEMBRE DE 1997.

PROYECTO HUERTOS ESCOLARES CURSO 2015/2016.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de diciembre de 2015.

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Soledad Monzón Cabrera, Consejera de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de Canarias, nombrada mediante Decreto 105/2015, de 9 de julio, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (BOC nº 133, de 10 de julio de 2015), actuando en nombre y representación de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias (en adelante, la Consejería de Educación), en uso de las facultades que le confieren los artículos 16 y 29.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1 de agosto de 1990).

Y de otra, el Excmo. Sr. D. Anselmo Francisco Pestana Padrón, en representación del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en calidad de Presidente y representación legal que del mismo tiene atribuida en virtud del artículo 124 de la Ley 7 /1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, habiendo sido autorizado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de enero de 2015.

Ambas partes se reconocen mutuamente plena capacidad legal y la competencia necesaria para la suscripción del presente Anexo al Convenio Marco de Colaboración entre el Cabildo Insular de La Palma y la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias suscrito el 21 de noviembre de 1997.

I. DENOMINACIÓN DEL PROYECTO.

El proyecto comenzó con el nombre de Huertos Escolares. A partir de varias reuniones de coordinación con los diferentes Cabildos Insulares, representantes de la Consejería de Educación y el ICCA (Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria) dependiente de la Consejería de Agricultura del Gobierno de Canarias, se decidió llamar el proyecto Huertos Escolares Ecológicos.

II. OBJETIVOS Y CONTENIDO.

Los huertos escolares ecológicos en los centros educativos son un instrumento de trabajo para que los formadores los conviertan en herramienta pedagógica transversal de gran calado en la comunidad educativa.

Cuando hablamos de huerto escolar ecológico no hablamos solo de agricultura, sino que usamos a este como elemento que permite desarrollar diferentes técnicas y habilidades formativas que el profesorado y el alumnado las empleen para formarse en sostenibilidad, biología, reciclaje, y sensibilidad y respeto a nuestro entorno natural.

Por lo tanto, el mantenimiento de la red de Huertos Escolares Ecológicos de la isla de La Palma se antoja como parte fundamental de la formación de la comunidad educativa en materia de sensibilidad y conocimiento del medio, permitiendo el acercamiento del alumnado a la importancia que la agricultura y ganadería tiene en nuestra isla, desde una perspectiva ecológica y sostenible.

También se pretende atender las demandas de las nuevas incorporaciones de centro educativos nuevos que tramitaron la solicitud de incorporación al proyecto de Huertos Escolares Ecológicos.

Desde estos proyectos se pretende provocar un cambio en la concepción tradicional de la enseñanza, ya que los ejes transversales pasan a ser la columna vertebral, desde los que se pueden trabajar el resto de las áreas.

Las premisas de este proyecto para el curso 2015/2016 son:

I. Mantenimiento y consolidación de los huertos que en la actualidad están en marcha y funcionando.

II. La ejecución de un huerto, en los centros de nueva incorporación, dentro del recinto escolar o en sus proximidades, adecuando el espacio destinado para tal fin: limpieza del terreno, levantado de paredes, colocación de mallas cortavientos, vallados, aporte de tierra, instalación de tomas de agua, etc.

III. Actividades relacionadas con el huerto escolar: preparación y análisis de suelo, suministro de composta y abonado, instalación de riego, elaboración de composteras, hacer semilleros, sembrar, estudio de la evolución de los cultivos, recolección, etc. todo siguiendo los fundamentos de la Agricultura Biológica.

IV. Visitas Formativas:

* A explotaciones agrarias y ganaderas: finca de hortícolas ecológicas e intensivas, finca de frutales, de flores; granjas caprina, ovina, bovina, y porcina.

* Salidas para conocer nuestros espacios naturales más representativos: Zonas más importante de nuestra Reserva de la Biosfera, Salinas de Fuencaliente, Volcanes de San Antonio y Teneguía, etc.

* Aulas en la naturaleza: se trata de trasladar el aula al medio natural, desarrollando los contenidos de la clase al aire libre y aprovechando los recursos naturales como instrumentos de aprendizaje.

* También existen otras líneas de trabajo y concienciación dentro del proyecto, que no dejan de ser uno de los ejes principales del proyecto como son la agricultura biológica y la recuperación de variedades Hortícolas y Frutícolas Locales, en tal caso se contará con la colaboración del centro de Germobanco de Semillas adscrito al Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca del Cabildo de La Palma.

Por tanto, pretendemos con la puesta en marcha de este proyecto rescatar y multiplicar de forma coordinada, variedades hortícolas y frutícolas con una doble intención:

1. Impedir la completa desaparición de un material vegetal genético valioso para la humanidad, participando de las políticas de recuperación de variedades vegetales agrícolas junto con otros proyectos de características similares llevados a cabo en otras islas de nuestro Archipiélago, distintas regiones de la geografía Peninsular, así como otras de la Unión Europea.

2. Conseguir que los agricultores de La Palma incluyan en su programa de cultivo, variedades locales para de esta forma poder ofertar una gama amplia y variada de productos agrícolas con alto valor añadido.

Teniendo en cuenta lo anteriormente descrito pretendemos llevar a cabo dos nuevas experiencias, una sería la creación de una red insular de semillas ecológicas de donde se surtirán los diferentes centros educativos, así como celebrar unos almuerzos ecológicos con los productos de los huertos, en el IES Las Nieves en su Ciclo Formativo de Cocina.

El personal designado por el Excmo. Cabildo Insular no podrá realizar su función bajo las instrucciones, horarios, régimen de permisos, vacaciones, turnos, licencias y cualesquiera otras circunstancias exigibles al personal laboral o docente dependiente de la consejería de Educación y Universidades, todo ello sin perjuicio de que, se cumpla la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.

El personal designado por el Excmo. Cabildo Insular para realizar su función utilizará exclusivamente los medios materiales y personales que ponga a su disposición la corporación local que además sufragará cuantos gastos e indemnizaciones ocasione la actividad de dicho personal.

Los empleados públicos de la Consejería de Educación y Universidades, no tendrán bajo sus órdenes al personal designado por el Excmo. Cabildo Insular, ni estos tendrán bajo sus órdenes a algún empleado público de esta Consejería de Educación y Universidades.

III. OBLIGACIONES QUE ASUME EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA.

A. Ejecutar las propuestas de acondicionamiento de los huertos que sean aprobadas por la Comisión Mixta.

B. Dotar a los colegios seleccionados de la infraestructura mínima que sea necesaria para el correcto funcionamiento del huerto, esto es: desbroce y limpieza del huerto, aportación de tierra vegetal y composta, crecimiento del huerto, instalación de bocas de riego y todas aquellas herramientas necesarias para llevar a cabo las diferentes labores agrícolas. Dichas infraestructuras serán consensuadas entre el responsable del huerto escolar del centro y el personal de la Asistencia Técnica, para los mismos.

Para el control y realización de estas tareas el Cabildo aporta medios personales y materiales. Como medios personales: dos Agentes de Empleo y Desarrollo Local, así como la asistencia técnica en agricultura ecológica a través de dos técnicos cualificados y contratados para desempeñar dichas labores. Como medios materiales, el Cabildo aporta los siguientes:

* 1 motocultor

* 2 desbrozadoras

* 1 vehículo

* 14 vermicomposteras ya repartidas por los centros que las han solicitado

* 1 set de herramientas manuales específicas para la agricultura aportadas a todos los centros participantes en el proyecto

* Semillas de diferentes especies, así como los corchos para realizar los plantones

* Plantones

C. Prestar a los docentes la Asistencia Técnica necesaria para una correcta ejecución del proyecto.

D. Completar la actividad con visitas a diferentes explotaciones agroganaderas de la isla.

E. Contemplar en el estado de gastos de los ejercicios presupuestarios 2015 y 2016 una aplicación presupuestaria destinada a sufragar el coste de las obligaciones asumidas en los puntos anteriores, para sufragar el coste del proyecto durante el curso escolar 2015/2016 por un importe total de 15.000,00 euros. Siendo el desglose de las cantidades a aportar por anualidades el siguiente: para el ejercicio presupuestario 2015 se obliga a destinar un crédito por importe de 6.000,00 euros y para el ejercicio presupuestario 2016 un crédito por importe de 9.000,00 euros.

F. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 125.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, deberá constar en el expediente la autorización del consejo de gobierno insular por la que se faculte al presidente para la suscripción del presente Convenio.

G. Por aplicación del artículo 5.1.g) del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 137, de 17 de julio de 2014), el Excmo. Cabildo Insular de La Palma garantiza el cumplimiento de sus obligaciones.

IV. OBLIGACIONES QUE ASUME LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES.

A. Ejercer de Interlocutor con los centros comprometiéndose a presentar a la Comisión Mixta, en un plazo de un mes desde la aprobación del anexo, una documentación homogénea de cara a facilitar la selección de los centros. Dicha documentación ha de incluir los siguientes puntos:

* Disponibilidad de los terrenos, debidamente acreditada, en lugares de fácil acceso desde el centro escolar (centros de nueva incorporación).

* Localización en plano del terreno y descripción del estado del mismo, con acompañamiento fotográfico (centros de nueva incorporación).

* Responsable del programa del huerto escolar dentro del centro.

* Recursos humanos que asignará el centro docente para el desarrollo de las actividades del huerto.

* Proyecto Educativo Específico para el huerto, aprobado por el Consejo Escolar.

B. Aportar a los docentes de cada centro, a través del Programa de Educación Ambiental de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, el asesoramiento pedagógico necesario para el correcto desarrollo de los proyectos y utilización de los medios materiales y recursos de que se dispongan para dicha labor.

C. Por aplicación del artículo 5.1.g) del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 137, de 17 de julio de 2014), la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias garantiza el cumplimiento de sus obligaciones.

D. Realizar el seguimiento de la adecuada utilización por parte de los centros de los medios que se les ha aportado, presentándose para ello dos documentos anuales:

* En el mes de febrero, un informe acerca del desarrollo de las actividades en los huertos.

* Antes de finalizar el mes de mayo, una memoria de las actividades realizadas en cada centro participante en la edición del proyecto en el presente curso escolar, así como un programa de necesidades, si pueden ser valoradas, de cara siguiente curso escolar.

V. COMISIÓN MIXTA.

Se creará una Comisión Mixta de carácter paritario para el desarrollo del convenio, la cual estará formada por los siguientes miembros:

- Presidencia. El Director General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa o persona en quien delegue.

- Secretaría. Una persona representante de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, que tenga la condición de funcionario.

- Vocales. Dos personas representantes designadas por el Cabildo de La Palma.

La Comisión Mixta asumirá las siguientes:

A. Seleccionar los Centros que se consideren idóneos para ser incorporados al proyecto, en base a los siguientes criterios:

* Proyecto Educativo del Centro.

* Cualquier otro criterio que la Comisión Mixta estime conveniente.

B. Evaluar el desarrollo de los proyectos durante el curso escolar, en base al informe presentado en el mes de febrero por la Consejería de Educación y Universidades.

C. Evaluar el resultado final del programa en base a la memoria presentada en junio por la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad.

D. Aprobar en el mes de julio el Programa de Trabajo del siguiente curso escolar, que se incluirá como anexo.

VI. VIGENCIA.

El presente Anexo al Convenio Marco de Colaboración entre el Cabildo Insular de La Palma y la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias para el desarrollo del Proyecto Huertos Escolares, será efectivo desde la fecha de su firma y vigente durante el curso escolar 2015-2016.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman el presente Anexo al Convenio de Colaboración, en el lugar y fecha arriba indicados.- La Consejera de Educación y Universidades, Soledad Monzón Cabrera.- El Presidente del Cabildo de La Palma, Anselmo Francisco Pestana Padrón.

© Gobierno de Canarias