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BOC Nº 47. Miércoles 9 de Marzo de 2016 - 861

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Ministerio de Justicia

861 ORDEN JUS/268/2016, de 26 de febrero, por la que se aprueban las listas provisionales de admitidos y excluidos en el proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

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BOC-A-2016-047-861. Firma electrónica - Descargar

Finalizado el plazo de presentación de instancias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia y la disposición décima de la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre (BOE de 19 de octubre), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.- Aprobar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, convocadas por Orden JUS/2682/2015, de 1 de diciembre (BOE de 15 de diciembre), y publicar en el anexo de la presente Orden las relaciones provisionales de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

Segundo.- Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es), en las páginas web de las Comunidades Autónomas que convoquen plazas, y en el punto de acceso general del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (www.administracion.gob.es).

Los aspirantes deberán comprobar no solo que no figuran en la relación de excluidos sino, también, que sus nombres y demás datos constan correctamente en la relación de admitidos.

Tercero.- La inclusión de aspirantes en esta relación de admitidos a las pruebas selectivas, por el turno general y por el cupo de reserva para personas con discapacidad no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para los aspirantes que superen el proceso selectivo, antes de su nombramiento como funcionarios, tal y como se indica en el artículo 23 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre; en la disposición decimoquinta de las bases comunes y en la base octava de la Orden de convocatoria.

Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en la disposición décima de la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión, circunstancia que, en su caso, dará origen a la oportuna rectificación de las listas de admitidos.

Quienes no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión, en plazo, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos.

Madrid, a 26 de febrero de 2016.- El Ministro de Justicia, p.d. (Orden JUS/696/2015, de 16 de abril), El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ricardo Gonzalo Conde Díez.

Ver anexo en las páginas 6072-6073 del documento Descargar

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