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BOC Nº 42. Miércoles 2 de Marzo de 2016 - 746

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

746 Secretaría General Técnica.- Resolución de 19 de febrero de 2016, por la que se ordena la publicación de las Adendas primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, séptima, octava, novena, décima, decimoprimera, decimosegunda y decimotercera al Convenio de Colaboración suscrito el día 31 de agosto de 2009, entre la extinta Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda y la Fundación Sagrada Familia, para la encomienda de gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad.

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BOC-A-2016-042-746. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El 31 de agosto de 2009, se formalizó un Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda y la Fundación Sagrada Familia, al objeto de encomendar la gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad.

Está inscrito en el Registro de Convenios del Departamento, con una vigencia desde el 15 de septiembre de 2009 hasta el 15 de noviembre de 2009 y ha sido publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 218, de 6 de noviembre de 2009.

Segundo.- Posteriormente fue prorrogado mediante sucesivas Adendas, siendo la decimotercera la última, suscrita con fecha 30 de diciembre de 2015, ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016.

A los anteriores, le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

Segundo.- Dado que la vigencia del convenio referenciado ha sido prorrogada en virtud de sucesivas adendas, siendo la última suscrita el 30 de diciembre de 2015, y comprobado que, las adendas no fueron publicadas en su momento, es por lo que en cumplimiento de las disposiciones normativas vigentes en materia de transparencia resulta necesario proceder a su publicación.

Por lo anterior, considerando que, en virtud del artº. 3 del Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en materia de Políticas Sociales y Vivienda, así como las relativas a la materia de Empleo, que tenía asignada la Consejería de Empleo, Industria y Comercio; y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 7.B), apartados 4 y 6, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 64/2013, de 6 de junio, aplicable en virtud de la Disposición transitoria primera del Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de las Adendas primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, séptima, octava, novena, décima, decimoprimera, decimosegunda y decimotercera, al Convenio de Colaboración suscrito el día 31 de agosto de 2009, entre la extinta Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda y la Fundación Sagrada Familia, para la encomienda de gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de febrero de 2016.- La Secretaria General Técnica, Marta Arocha Correa.

A N E X O

ADDENDA PARA LA PRÓRROGA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, JUVENTUD Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTAMEN DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD.

En Canarias, a 11 de noviembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en su calidad de Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, en nombre y representación del Gobierno de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, modificada por la Ley 4/1996, de 5 de noviembre, en relación con el Decreto 208/2007, de 13 de julio (BOC nº 41, de 14.7.07), por el que se le nombra Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42 849096-G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria "Sagrada Familia", domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción del presente Convenio de Colaboración,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 31 de agosto de 2009, se suscribió, entre las Instituciones que ambos representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad, fijándose como plazo de vigencia hasta el día 15 de noviembre de 2009, inclusive.

Segundo.- Que las partes intervinientes al amparo de lo establecido en la cláusula octava del citado Convenio tienen interés en prorrogar la vigencia del citado Convenio hasta el 31 de diciembre 2009, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Addenda, la cual se incorpora al Convenio principal formando parte del mismo, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Será objeto de la presente Addenda la Prórroga al Convenio de Colaboración suscrito con fecha 31 de agosto de 2009, entre la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la Encomienda de Gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad y cuyas cláusulas seguirán siendo de plena aplicación.

La vigencia de la Prórroga contemplada en la presente Addenda será desde el 16 de noviembre hasta el 31 de diciembre ambos de 2009.

Segunda.- Para hacer efectiva la presente prórroga al Convenio de referencia, la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, a través de la Dirección General de Bienestar Social, aportará la cantidad de 63,103,72 euros, con cargo a las siguientes aplicación presupuestaria 23 07 313E 227.09 del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2009.

Tercera.- La Fundación Canaria Sagrada Familia como perceptora de la cantidad que se le transfiere, se compromete a someterse a las actuaciones de control financiero que legalmente se establezcan en la correspondiente Orden de concesión de la misma, y en la legislación que sea de aplicación.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Addenda, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADDENDA PARA LA PRÓRROGA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, JUVENTUD Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTAMEN DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD.

En Canarias a, 30 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en su calidad de Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, en nombre y representación del Gobierno de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, modificada por la Ley 4/1996, de 5 de noviembre, en relación con el Decreto 208/2007, de 13 de julio (BOC nº 41, de 14.7.07), por el que se le nombra Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096-G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria "Sagrada Familia", domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción del presente Convenio de Colaboración,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 31 de agosto de 2009, se suscribió, entre las Instituciones que ambos representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad, fijándose como plazo de vigencia, tras su oportuna prórroga, hasta el día 31 de diciembre de 2009, inclusive.

Segundo.- Que las partes intervinientes al amparo de lo establecido en la cláusula octava del citado Convenio tienen interés en prorrogar la vigencia del citado Convenio hasta el 31 de diciembre 2010, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Addenda, la cual se incorpora al Convenio principal formando parte del mismo, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Será objeto de la presente Addenda la Prórroga al Convenio de Colaboración suscrito con fecha 31 de agosto de 2009, entre la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la Encomienda de Gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad y cuyas cláusulas seguirán siendo de plena aplicación.

La vigencia de la Prórroga contemplada en la presente Addenda será desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre ambos de 2010.

Segunda.- Para hacer efectiva la presente prórroga al Convenio de referencia, la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, a través de la Dirección General de Bienestar Social, aportará la cantidad de 394.507,70 euros, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2010:

23 07 313E 227.09: 111.737,00 euros.

23 07 313E 227 06: 282.770.70 euros.

Haciéndose constar que el objeto de la presente prórroga de Convenio queda supeditado a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en las citadas aplicaciones, para financiar las obligaciones derivadas de la misma para el ejercicio 2010.

Tercera.- La Fundación Canaria Sagrada Familia como perceptora de la cantidad que se le transfiere, se compromete a someterse a las actuaciones de control financiero que legalmente se establezcan en la correspondiente Orden de concesión de la misma, y en la legislación que sea de aplicación.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Addenda, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADDENDA PARA LA PRÓRROGA, DURANTE 2011, AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, JUVENTUD Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTAMEN DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD.

En Canarias, a 31 de diciembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en su calidad de Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, en nombre y representación del Gobierno de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, modificada por la Ley 4/1996, de 5 de noviembre, en relación con el Decreto 208/2007, de 13 de julio (BOC nº 41, de 14.7.07), por el que se le nombra Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096-G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria "Sagrada Familia", domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción del presente Convenio de Colaboración,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 31 de agosto de 2009, se suscribió, entre las Instituciones que ambos representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad, fijándose como plazo de vigencia, tras su oportuna prórroga, hasta el día 31 de diciembre de 2010, inclusive.

Segundo.- Que las partes intervinientes al amparo de lo establecido en la cláusula octava del citado Convenio tienen interés en prorrogar la vigencia del citado Convenio hasta el 31 de diciembre 2011, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Addenda, la cual se incorpora al Convenio principal formando parte del mismo, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Será objeto de la presente Addenda la Prórroga al Convenio de Colaboración suscrito con fecha 31 de agosto de 2009, entre la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la Encomienda de Gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad y cuyas cláusulas seguirán siendo de plena aplicación.

La vigencia de la Prórroga contemplada en la presente Addenda será desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, ambos de 2011.

Segunda.- Para hacer efectiva la presente prórroga al Convenio de referencia, la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, a través de la Dirección General de Bienestar Social, aportará la cantidad de 381.843,32 euros. con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2011:

23 07 313N 227.09: 273.693,08 euros.

23 07 313N 227 06: 108.150,24 euros.

Haciéndose constar que el objeto de la presente prórroga de Convenio queda supeditado a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en las citadas aplicaciones, para financiar las obligaciones derivadas de la misma para el ejercicio 2011.

Tercera.- La Fundación Canaria Sagrada Familia como perceptora de la cantidad que se le transfiere, se compromete a someterse a las actuaciones de control financiero que legalmente se establezcan en la correspondiente Orden de concesión de la misma, y en la legislación que sea de aplicación.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Addenda, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADDENDA PARA LA PRÓRROGA, DURANTE 2012, AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTAMEN DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD.

En Canarias, a 23 de diciembre de 2011.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en su calidad de Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, en nombre y representación del Gobierno de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, modificada por la Ley 4/1996, de 5 de noviembre, en relación con el Decreto 88/2011, de 8 de julio (BOC nº 135, de 11.7.11), por el que se le nombra Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096-G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria "Sagrada Familia", domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción del presente Convenio de Colaboración,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 31 de agosto de 2009, se suscribió, entre las Instituciones que ambos representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad, fijándose como plazo de vigencia, tras su oportuna prórroga, hasta el día 31 de diciembre de 2011, inclusive.

Segundo.- Que las partes intervinientes al amparo de lo establecido en la cláusula octava del citado Convenio tienen interés en prorrogar la vigencia del citado Convenio hasta el 31 de diciembre 2012, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Addenda, la cual se incorpora al Convenio principal formando parte del mismo, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Será objeto de la presente Addenda la Prórroga al Convenio de Colaboración suscrito con fecha 31 de agosto de 2009, entre la, entonces, Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, hoy de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la Encomienda de Gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad y cuyas cláusulas seguirán siendo de plena aplicación.

La vigencia de la Prórroga contemplada en la presente Addenda será desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, ambos de 2012.

Segunda.- Para hacer efectiva la presente prórroga al Convenio de referencia, la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, a través de la Dirección General de Bienestar Social, aportará la cantidad de 381.843,32 euros. con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2012.

Haciéndose constar que el objeto de la presente prórroga de Convenio queda supeditado a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en las citadas aplicaciones, para financiar las obligaciones derivadas de la misma para el ejercicio 2012.

Tercera.- La Fundación Canaria Sagrada Familia como perceptora de la cantidad que se le transfiere, se compromete a someterse a las actuaciones de control financiero que legalmente se establezcan en la correspondiente Orden de concesión de la misma, y en la legislación que sea de aplicación.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Addenda, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

QUINTA ADDENDA QUE MODIFICA EL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTÁMENES DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 2012.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en su calidad de Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1. k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, en relación con el Decreto 88/2011, de 8 de julio (BOC nº 135, de 11.7.11), por el que se le nombra Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096-G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria "Sagrada Familia", domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003.

Las partes reconociéndose mutua capacidad para la suscripción del presente documento,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 31 de agosto de 2009, se suscribió, entre las Instituciones que ambos representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, fijándose como plazo de vigencia, tras sus sucesivas prórrogas, hasta el día 31 de diciembre de 2012.

Segundo.- Que en virtud de Addenda, de fecha 23 de diciembre de 2011, se prorroga la vigencia del Convenio de Colaboración referido en el exponendo primero, durante el año 2012, acordando para su efectividad que la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, a través de la Dirección General de Bienestar Social, en la actualidad Dirección General de Políticas Sociales, aporte la cantidad de 381.843,32 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 23 07 231N 227.09 y 23 07 231N 227 06 del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2012.

Tercero.- Por parte de la Fundación Canaria "Sagrada Familia", se ha elaborado un informe de fecha 31 de julio de 2012, en donde se expone que el Patronato de la Fundación aprobó la Adaptación del Plan Económico-Financiero de Saneamiento (P.E.F.S.) para los ejercicios 2012-2013, derivado de este plan se han ajustado las partidas de ingresos y gastos lo que conlleva una menor previsión de gastos para la ejecución del convenio. Por ello las partes tienen interés en reajustar la cantidad aportada por la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, con cargo a las aplicaciones 23 07 231N 227.09 del presupuesto de gastos de la citada Dirección General de Políticas Sociales para 2012 y acordar en minorarla en 9.875,48 euros, por lo que la cantidad total para el presente ejercicio asciende a 371.967,84 euros, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Addenda, que se incorpora formando parte del Convenio principal, conforme a la siguiente

CLÁUSULA

Única.- Será objeto de la presente Addenda la modificación de la cantidad aportada para la prorroga durante el año 2012 del Convenio de Colaboración suscrito con fecha 31 de agosto de 2009, entre la, entonces, Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, hoy de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la Encomienda de Gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad y cuyas cláusulas seguirán siendo de plena aplicación, quedando fijada la cantidad aportada para el año 2012 en un total de 371.967,84 euros con cargo a las aplicaciones presupuestarias 23 07 231N 227.09 y 23 07 231N 227 06.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Addenda, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADDENDA SEXTA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN, SUSCRITO EL 31 DE AGOSTO DE 2009, ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTÁMENES DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD, PARA SU PRÓRROGA, DURANTE 2013.

En Santa Cruz de Tenerife, a 20 de diciembre de 2012.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en su calidad de Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, en nombre y representación del Gobierno de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, en relación con el Decreto 88/2011, de 8 de julio (BOC nº 135, de 11.7.11), por el que se le nombra Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096 - G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria "Sagrada Familia", domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción del presente Convenio de Colaboración,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 31 de agosto de 2009, se suscribió, entre las Instituciones que ambos representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, fijándose como plazo de vigencia, tras su oportuna prórroga, hasta el día 31 de diciembre de 2012.

Segundo.- Que las partes intervinientes al amparo de lo establecido en la cláusula octava del citado Convenio tienen interés en prorrogar la vigencia del mismo hasta el 15 de marzo de 2013, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Addenda, la cual se incorpora al Convenio principal formando parte del mismo, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Será objeto de la presente Addenda la Prórroga al Convenio de Colaboración suscrito con fecha 31 de agosto de 2009, entre la, entonces, Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, hoy de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la Encomienda de Gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad y cuyas cláusulas seguirán siendo de plena aplicación.

La vigencia de la Prórroga contemplada en la presente Addenda será desde el 1 de enero hasta el 15 de marzo, ambos de 2013.

Segunda.- Para hacer efectiva la presente prórroga al Convenio de referencia, la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, a través de la Dirección General de Políticas Sociales, aportará la cantidad de 73.651,03 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 23 07 231N 22709 del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2013:

Haciéndose constar que el objeto de la presente prórroga de Convenio queda supeditado a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en la citada aplicación, para financiar las obligaciones derivadas de la misma para el ejercicio 2013.

Tercera.- La Fundación Canaria Sagrada Familia como perceptora de la cantidad que se le transfiere, se compromete a someterse a las actuaciones de control financiero que legalmente se establezcan en la correspondiente Resolución de pago, y en la legislación que sea de aplicación.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Addenda, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADDENDA SÉPTIMA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN, SUSCRITO EL 31 DE AGOSTO DE 2009, ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTÁMENES DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD, PARA SU MODIFICACIÓN.

En Santa Cruz de Tenerife, a 28 de febrero de 2013.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en calidad de Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, en relación con el Decreto 88/2011, de 8 de julio (BOC nº 135, de 11.7.11), por el que se le nombra Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096-G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria "Sagrada Familia", domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción de la presente Addenda de Convenio,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 31 de agosto de 2009, se suscribió, entre las Instituciones que ambos representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, fijándose como plazo de vigencia, tras su oportuna prórroga, hasta el día 15 de marzo de 2013.

Segundo.- En la Addenda sexta, suscrita con fecha 20 de diciembre de 2012 y en la que se formaliza esta última prórroga, se estableció que para hacer efectiva la misma la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda aportaría la cantidad de 73.651,03 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 23 07 231N 22709 del presupuesto de gastos de la Dirección General de Políticas Sociales, hoy de Políticas Sociales e Inmigración, para 2013.

Tercero.- Por parte de la Fundación Canaria Sagrada Familia se ha comunicado que debido a motivos organizativos y de gestión respecto a las nóminas del personal adscrito a la ejecución del Convenio de referencia, se prevé que dicho presupuesto no va a ejecutarse en su totalidad, ajustando el mismo a la cantidad de 65.300,00 euros, procediendo, por ello, formalizar administrativamente dicho ajuste y acordar la suscripción de la presente Addenda conforme a la siguiente

CLÁUSULA

Única.- Es objeto de la presente Addenda la modificación de la cantidad acordada en la Addenda sexta, suscrita con fecha 20 de diciembre de 2012, para la Prórroga al Convenio de Colaboración suscrito el 31 de agosto de 2009, entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la encomienda de gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, quedando fijada como cantidad a aportar por la citada Consejería la cantidad de 65.300,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 23 07 231N 22709 del presupuesto de gastos de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración para 2013.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Addenda, a un solo efecto y tenor, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADDENDA OCTAVA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN, SUSCRITO EL 31 DE AGOSTO DE 2009, ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTÁMENES DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD, PARA SU MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA.

En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 2013.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en calidad de Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, en relación con el Decreto 88/2011, de 8 de julio (BOC nº 135, de 11.7.11), por el que se le nombra Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria Sagrada Familia, domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción de la presente Addenda de Convenio,

EXPONEN

Primero.- Con fecha 31 de agosto de 2009 se suscribió, entre las Instituciones que ambas representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, fijándose como plazo de vigencia, tras sus oportunas prórrogas, hasta el día 15 de marzo de 2013.

Segundo.- Dado el resultado positivo obtenido con el desarrollo del citado Convenio, las partes intervinientes tienen interés en prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, para lo cual se hace necesario acordar en primer lugar su modificación, al no haberse recogido expresamente en su clausulado el plazo máximo a fijar en sus futuras prórrogas y seguidamente formalizar la pretendida prórroga, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Se acuerda la modificación de la cláusula octava del Convenio de Colaboración suscrito con fecha 31 de agosto de 2009 entre la, entonces, Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, hoy de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la Encomienda de Gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, quedando redactada la misma de la siguiente forma:

<<Octava.- El presente Convenio tendrá vigencia desde el día 1 de septiembre hasta el 15 de noviembre, ambos de 2009, prorrogándose de forma expresa, con la conformidad de las partes y en el marco que las posibilidades presupuestarias lo permitan, por el plazo que éstas últimas acuerden, no superando cada una de las prórrogas el período de un año. Dicha prórroga deberá plasmarse en la correspondiente Addenda>>.

Segunda.- Se prorroga el Convenio de Colaboración citado anteriormente, fijándose como nuevo plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013.

Tercera.- Para hacer efectiva la prórroga al Convenio de referencia, que mediante la presente Addenda se acuerda, la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, a través de su Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, aportará la cantidad de 288.225,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 23 07 231N 22709 del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2013.

Cuarta.- La Fundación Canaria Sagrada Familia como perceptora de la cantidad que se le transfiere, se compromete a someterse a las actuaciones de control financiero que legalmente se establezcan en la correspondiente Resolución de pago y en la legislación que sea de aplicación.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Addenda, a un solo efecto y tenor, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADDENDA NOVENA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN, SUSCRITO EL 31 DE AGOSTO DE 2009, ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTÁMENES DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD, PARA SU PRÓRROGA DURANTE 2014.

En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de diciembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en calidad de Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, en relación con el Decreto 88/2011, de 8 de julio (BOC nº 135, de 11.7.11), por el que se le nombra Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria Sagrada Familia, domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción de la presente Addenda de Convenio,

EXPONEN

Primero.- Con fecha 31 de agosto de 2009 se suscribió, entre las Instituciones que ambas representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, cuya vigencia se ha prorrogado hasta el día 31 de diciembre de 2013.

Segundo.- Dado el resultado positivo obtenido con el desarrollo del citado Convenio, las partes intervinientes tienen interés en prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Addenda, la cual se incorpora al Convenio principal formando parte del mismo conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Será objeto de la presente Addenda la Prórroga al Convenio de Colaboración suscrito, con fecha 31 de agosto de 2009 entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la encomienda de gestión de la actividad la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad.

La vigencia de la Prórroga contemplada en la presente Addenda será desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, ambos inclusive.

Segunda.- Durante la ejecución de la prórroga, que mediante la presente Addenda se aprueba, será de especial observancia, para ambas partes, lo dispuesto en las Instrucciones para la correcta ejecución de los servicios externos que se contraten en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobadas por Acuerdo del Gobierno de Canarias, en sesión de 12 de septiembre de 2013 (BOC nº 183, de 23.9.13), y para lo cual la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, a través de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, velará por el correcto cumplimiento de las mismas, impulsando asimismo los trámites necesarios para hacerlas efectivas

Tercera.- Para hacer efectiva la presente prórroga al Convenio de referencia, la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, a través de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, aportará la cantidad de 353.525,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 23 07 231N 22709 del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2014.

Haciéndose constar que el objeto de la presente prórroga de Convenio queda supeditado a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en la citada aplicación, para financiar las obligaciones derivadas de la misma para el ejercicio 2014.

Para el abono de dicho importe la Fundación Canaria Sagrada familia remitirá mensualmente a la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, informe sobre las actuaciones correspondientes al período realizado, adjuntando la correspondiente factura, que será supervisada por el citado centro directivo.

La Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, a través de su Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, tramitará con el mismo carácter mensual el abono del importe consignado en dicha factura.

No obstante dicha periodicidad en el pago podrá verse modificada en el supuesto de que por la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, a propuesta motivada del departamento concedente, pueda exceptuar aquellas autorizaciones de abonos anticipados que cuenten con financiación afectada y no menoscaben el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, todo ello de conformidad con lo señalado en el apartado 2.5 del Acuerdo aprobado por el Gobierno de Canarias, en sesión de 7 de diciembre de 2011, relativo a las medidas y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa y la gestión de los recursos humanos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas.

Cuarta.- La Fundación Canaria Sagrada Familia como perceptora de la cantidad que se le transfiere, se compromete a someterse a las actuaciones de control financiero que legalmente se establezcan en la correspondiente Resolución de pago de la misma, y en la legislación que sea de aplicación.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Addenda, a un solo efecto y tenor, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADENDA DÉCIMA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN, SUSCRITO EL 31 DE AGOSTO DE 2009, ENTRE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, JUVENTUD Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTÁMENES DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD, PARA SU MODIFICACIÓN.

En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de julio de 2014.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas De León, en calidad de Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, en relación con el Decreto 88/2011, de 8 de julio (BOC nº 135, de 11.7.11), por el que se le nombra Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria Sagrada Familia, domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003, y facultada para la firma de la presente Adenda, conforme se acredita mediante certificación expedida por el Secretario accidental de la citada Fundación.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción de la presente Adenda,

EXPONEN

Primero.- Con fecha 31 de agosto de 2009 se suscribió, entre las Instituciones que ambas representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, cuya vigencia, tras sucesivas Adendas, se ha prorrogado hasta el día 31 de diciembre de 2014.

Segundo.- En el citado Convenio se establece, en su cláusula séptima, que el personal de que deberá disponer como mínimo la Fundación Canaria Sagrada Familia para el desempeño de la gestión encomendada sea:

Ver anexo en la página 5446 del documento Descargar

Y, asimismo, que si durante la ejecución del Convenio, motivos de índole organizativo aconsejaran la reducción del número de trabajadores, la parte que así lo estime oportuno, y previa justificación del motivo, lo pondrán en conocimiento de la otra a los efectos de adoptar el acuerdo de reducción, lo que conllevará de forma paralela, y proporcional, la minoración del crédito comprometido.

Tercero.- Por su parte en la Adenda novena suscrita, con fecha 30 de diciembre de 2013, por la que se prorroga el citado Convenio, se establece en su cláusula tercera que para hacer efectiva la misma la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, a través de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, aportará la cantidad de 353.525,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 23 07 231N 22709 del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2014.

Cuarto.- Con fecha 5 de junio de 2014, por parte de la Fundación Canaria Sagrada Familia se ha comunicado la existencia de una circunstancia sobrevenida consistente en que, a lo largo de lo que va del presente ejercicio 2014, han causado baja laboral en su relación contractual con la citada Fundación, dos trabajadores adscritos al desarrollo del Convenio como personal de apoyo auxiliar, y ello en cumplimiento de sendas sentencias judiciales, pasando, como consecuencia de las mismas, a depender orgánicamente de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y sin que dicha modificación suponga una merma en el desarrollo normal y eficaz del Convenio de referencia, dado que los citados trabajadores siguen prestando sus servicios para el cumplimiento del objeto del mismo.

Quinto.- Conforme a la situación planteada, procede llevar a cabo una modificación del Convenio de Colaboración, suscrito con fecha 31 de agosto de 2009 y prorrogado mediante sucesivas Adendas hasta el día 31 de diciembre de 2014; al objeto de ajustar las partidas de ingresos y gastos al número real de trabajadores dependientes de la Fundación Canaria Sagrada Familia que prestan sus servicios a partir del día 1 de julio de 2014, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Adenda, que se incorpora formando parte del Convenio principal, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Es objeto de la presente Adenda la modificación del segundo párrafo de la cláusula séptima del Convenio de Colaboración, suscrito el 31 de agosto de 2009, entre la Consejería Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la encomienda de gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, de forma que se fija como personal necesario para el desempeño de la actividad objeto de encomienda de gestión, el siguiente:

Ver anexo en la página 5447 del documento Descargar

Segunda.- Consecuencia de lo anterior se modifica, asimismo, la cláusula tercera de la Adenda novena al Convenio de Colaboración, suscrito el 31 de agosto de 2009, entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la encomienda de gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, para su prórroga durante 2014, de forma que la cantidad consignada en la misma por importe de 353.525,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 23 07 231N 22709 del presupuesto de gastos de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración para 2014, se modifica y se fija como nueva cantidad la de 331.381,07 euros.

Tercera.- La duración de la presente Adenda se extenderá desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2014, si bien producirá efectos económicos desde el 1 de julio de 2014.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Adenda, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADENDA DECIMOPRIMERA DE PRÓRROGA, DURANTE 2015, AL CONVENIO DE COLABORACIÓN, SUSCRITO EL 31 DE AGOSTO DE 2009, ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTÁMENES DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD.

En Santa Cruz de Tenerife, a 1 de diciembre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en su calidad de Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con el Decreto 88/2011, de 8 de julio (BOC nº 135, de 11.7.11), por el que se le nombra Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria Sagrada Familia, domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003; y cuya vigencia queda acreditada mediante certificado, expedido con fecha 21 de julio de 2014, del Secretario-accidental del Patronato de la citada Fundación.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción de la presente Adenda de prórroga,

EXPONEN

Primero.- Con fecha 31 de agosto de 2009 se suscribió, entre las Instituciones que ambas representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, cuya vigencia se ha prorrogado hasta el día 31 de diciembre de 2014, en virtud de Adenda suscrita con fecha 30 de diciembre de 2013.

Segundo.- Dado el resultado positivo obtenido con el desarrollo del citado Convenio, y en aras del interés público y social perseguido con su suscripción, las partes intervinientes tienen interés en prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Adenda, la cual se incorpora al Convenio principal formando parte del mismo conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Será objeto de la presente Adenda la prórroga del Convenio de Colaboración suscrito, con fecha 31 de agosto de 2009, entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la encomienda de gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad.

La vigencia de la prórroga contemplada en la presente Adenda será desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015, ambos inclusive.

Segunda.- Durante la ejecución de la prórroga, que mediante la presente Adenda se aprueba, será de especial observancia, para ambas partes, lo dispuesto en las Instrucciones para la correcta ejecución de los servicios externos que se contraten en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobadas por Acuerdo del Gobierno de Canarias, en sesión de 12 de septiembre de 2013 (BOC nº 183, de 23.9.13), y para lo cual la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, a través de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, velará por el correcto cumplimiento de las mismas, impulsando asimismo los trámites necesarios para hacerlas efectivas.

Tercera.- Para hacer efectiva la presente prórroga al Convenio de referencia, la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, a través de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, aportará la cantidad de 307.935,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 23 07 231N 22709 00 del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2015.

Haciéndose constar que el objeto de la presente prórroga de Convenio queda supeditado a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en la citada aplicación, para financiar las obligaciones derivadas de la misma para el ejercicio 2015.

Para el abono de dicho importe la Fundación Canaria Sagrada familia remitirá mensualmente a la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, informe sobre las actuaciones correspondientes al período realizado, adjuntando la correspondiente factura, que será supervisada por el citado centro directivo.

La Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, a través de su Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, tramitará con el mismo carácter mensual el abono del importe consignado en dicha factura.

No obstante dicha periodicidad en el pago podrá verse modificada en el supuesto de que por la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, a propuesta motivada del departamento concedente, pueda exceptuar aquellas autorizaciones de abonos anticipados que cuenten con financiación afectada y no menoscaben el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, todo ello de conformidad con lo señalado en el apartado 2.5 del Acuerdo aprobado por el Gobierno de Canarias, en sesión de 7 de diciembre de 2011, relativo a las medida y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa y la gestión de los recursos humanos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas.

Cuarta.- La Fundación Canaria Sagrada Familia como perceptora de la cantidad que se le transfiere, se compromete a someterse a las actuaciones de control financiero que legalmente se establezcan en la correspondiente Resolución de pago de la misma, y en la legislación que sea de aplicación.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Adenda, a un solo efecto y tenor, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADENDA DECIMOSEGUNDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, SUSCRITO EL 31 DE AGOSTO DE 2009, ENTRE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, JUVENTUD Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTÁMENES DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD.

En Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 2015.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en calidad de Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, en funciones, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, en relación con el Decreto 88/2011, de 8 de julio (BOC nº 135, de 11.7.11), por el que se le nombra Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria Sagrada Familia, domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003, y facultada para la firma de la presente Adenda, conforme se acredita mediante certificado, de fecha 26 de junio de 2015, expedido por el secretario accidental de la citada Fundación.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción de la presente Adenda,

EXPONEN

Primero.- Con fecha 31 de agosto de 2009 se suscribió, entre las Instituciones que ambas representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, cuya vigencia, tras sucesivas Adendas, se ha prorrogado hasta el día 31 de diciembre de 2015.

Segundo.- En el citado Convenio se establece, en su cláusula séptima, que el personal de que deberá disponer como mínimo la Fundación Canaria Sagrada Familia para el desempeño de la gestión encomendada sea:

Ver anexo en la página 5452 del documento Descargar

Y, asimismo, que si durante la ejecución del Convenio, motivos de índole organizativo aconsejaran la reducción del número de trabajadores, la parte que así lo estime oportuno, y previa justificación del motivo, lo pondrán en conocimiento de la otra a los efectos de adoptar el acuerdo de reducción, lo que conllevará de forma paralela, y proporcional, la minoración del crédito comprometido.

Tercero.- Mediante Adenda décima, suscrita con fecha 24 de julio de 2014, se procedió a la modificación del segundo párrafo de la cláusula séptima del citado Convenio, de forma que se fijó como personal necesario para el desempeño de la actividad objeto de encomienda de gestión, el siguiente:

Ver anexo en la página 5453 del documento Descargar

Cuarto.- Por su parte la Adenda decimoprimera, suscrita con fecha 1 de diciembre de 2014, por la que se prorroga el citado Convenio durante 2015, establece, en su cláusula tercera, que para hacer efectiva la misma la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, a través de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, aportará la cantidad de 307.935,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 23 07 231N 2270900 del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2015.

Quinto.- Con fecha 3 de junio de 2015, por parte de la Fundación Canaria Sagrada Familia se ha comunicado la existencia de una circunstancia sobrevenida consistente en que, a lo largo de lo que va del presente ejercicio 2015, han causado baja laboral en su relación contractual con la citada Fundación, cinco trabajadores adscritos al desarrollo del Convenio, y ello en cumplimiento de sendas sentencias judiciales, pasando, como consecuencia de las mismas, a depender orgánicamente de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y sin que dicha modificación suponga una merma en el desarrollo normal y eficaz del Convenio de referencia, dado que los citados trabajadores siguen prestando sus servicios para el cumplimiento del objeto del mismo.

Sexto.- Conforme a la situación planteada, procede llevar a cabo una modificación del Convenio de Colaboración, suscrito con fecha 31 de agosto de 2009 y prorrogado mediante sucesivas Adendas hasta el día 31 de diciembre de 2015; al objeto de ajustar las partidas de ingresos y gastos al número real de trabajadores dependientes de la Fundación Canaria Sagrada Familia que prestan sus servicios a partir del día 1 de julio de 2015, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Adenda, que se incorpora formando parte del Convenio principal, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Es objeto de la presente Adenda la modificación del segundo párrafo de la cláusula séptima del Convenio de Colaboración, suscrito el 31 de agosto de 2009, entre la Consejería Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la encomienda de gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, de forma que se fija como personal necesario para el desempeño de la actividad objeto de encomienda de gestión, el siguiente:

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Segunda.- Consecuencia de lo anterior se modifica, asimismo, la cláusula tercera de la Adenda decimoprimera al Convenio de Colaboración, suscrito el 31 de agosto de 2009, entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la encomienda de gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, para su prórroga durante 2015, de forma que la cantidad consignada en la misma por importe de 307.935,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 23 07 231N 2270900 del presupuesto de gastos de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración para 2015, se modifica y se fija como nueva cantidad la de 272.018,30 euros.

Tercera.- La duración de la presente Adenda se extenderá desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2015, si bien producirá efectos económicos desde el 1 de julio de 2015.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Adenda, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

ADENDA DECIMOTERCERA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN, DURANTE 2016, DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, SUSCRITO EL 31 DE AGOSTO DE 2009, ENTRE LA EXTINTA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, JUVENTUD Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SAGRADA FAMILIA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES Y DICTÁMENES DEL RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD.

En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de diciembre de 2015.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Patricia Hernández Gutiérrez, en su calidad de Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con los Decretos 105/2015, de 9 de julio, del Presidente (BOC nº 133, de 10.7.15) por el que se le nombra Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías y 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

Y de otra parte, Dña. Inmaculada Esther Díaz Ojeda, mayor de edad, con D.N.I. nº 42849096G, que interviene en nombre y representación de la Fundación Canaria Sagrada Familia, domiciliada en la calle Goya, nº 6, Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. G35405836 en su calidad de Directora Gerente, según consta en la escritura de poder otorgada en su favor con fecha 25 de abril de 2003, escritura de poder bastanteada por el Servicio Jurídico con fecha 2 de junio de 2003; y cuya vigencia queda acreditada mediante declaración responsable de la misma, expedida con fecha 16 de noviembre de 2015.

Las partes, reconociéndose mutua capacidad para la suscripción de la presente Adenda de prórroga,

EXPONEN

Primero.- Con fecha 31 de agosto de 2009 se suscribió, entre las Instituciones que ambas representan, un Convenio de Colaboración, al objeto de encomendar la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad, convenio inscrito, con fecha 9 de septiembre de 2009, en el Registro de Convenios del Departamento con el nº 32, cuya vigencia se ha ido prorrogando hasta el día 31 de diciembre de 2015, en virtud de la suscripción de las correspondientes Adendas, las cuales han sido debidamente registradas en el citado Registro.

Segundo.- Las partes intervinientes, al amparo de lo establecido en la cláusula octava del citado Convenio, dado el resultado positivo obtenido con el desarrollo del citado Convenio, y en aras del interés público y social perseguido con su suscripción, tienen interés en prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016, a la vez de modificarlo en el sentido de hacer mención a la realización del seguimiento y control de los trabajos durante su ejecución y designar el órgano responsable; para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Adenda, la cual se incorpora al Convenio principal formando parte del mismo conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Será objeto de la presente Adenda la prórroga y modificación del Convenio de Colaboración suscrito, con fecha 31 de agosto de 2009, entre la extinta Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda y la Fundación Canaria Sagrada Familia para la encomienda de gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes y dictámenes del reconocimiento del grado de discapacidad.

Segunda.- La modificación que ahora se acuerda consiste en añadir un tercer párrafo a la cláusula quinta del Convenio anteriormente citado, en lo que se refiere a las obligaciones de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, conforme al siguiente tenor literal:

La persona que ostente la dirección del Centro de Valoración de la Discapacidad de Santa Cruz de Tenerife ejercerá las facultades de dirección y control sobre la actividad a desarrollar por la Fundación Canaria Sagrada Familia, siendo la Dirección General de Dependencia y Discapacidad el órgano responsable de su correcta ejecución.

Tercera.- La vigencia de la prórroga contemplada en la presente Adenda será desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, ambos inclusive.

Cuarta.- Durante la ejecución de la prórroga, que mediante la presente Adenda se aprueba, será de especial observancia, para ambas partes, lo dispuesto en las Instrucciones para la correcta ejecución de los servicios externos que se contraten en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobadas por Acuerdo del Gobierno de Canarias, en sesión de 12 de septiembre de 2013 (BOC nº 183, de 23.9.13), y para lo cual la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, a través de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, velará por el correcto cumplimiento de las mismas, impulsando asimismo los trámites necesarios para hacerlas efectivas.

Quinta.- Para hacer efectiva la presente prórroga del Convenio de referencia, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda aportará la cantidad de 229.338,56 euros, a través de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, con cargo a la aplicación presupuestaria 23 08 231N 22709 00 del presupuesto de gastos de la citada Dirección General para 2016.

Haciéndose constar que el objeto de la presente prórroga de Convenio queda supeditado a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en la citada aplicación, para financiar las obligaciones derivadas de la misma para el ejercicio 2016.

Para el abono de dicho importe la Fundación Canaria Sagrada familia remitirá mensualmente a la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, informe sobre las actuaciones correspondientes al período realizado, adjuntando la correspondiente factura, que será supervisada por el citado centro directivo.

La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, a través de su Dirección General de Dependencia y Discapacidad, tramitará con el mismo carácter mensual el abono del importe consignado en dicha factura.

No obstante dicha periodicidad en el pago podrá verse modificada en el supuesto de que por la Consejería de Hacienda, a propuesta motivada del departamento concedente, pueda exceptuar aquellas autorizaciones de abonos anticipados que cuenten con financiación afectada y no menoscaben el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, todo ello de conformidad con lo señalado en el apartado 2.5 del Acuerdo aprobado por el Gobierno de Canarias, en sesión de 26 de diciembre de 2013, relativo a las medida y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa y la gestión de los recursos humanos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas.

Sexta.- La Fundación Canaria Sagrada Familia como perceptora de la cantidad que se le transfiere, se compromete a someterse a las actuaciones de control financiero que legalmente se establezcan en la correspondiente Resolución de pago de la misma, y en la legislación que sea de aplicación.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar la presente Adenda, a un solo efecto y tenor, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, Patricia Hernández Gutiérrez.- Representante Legal de la Fundación Canaria Sagrada Familia, Inmaculada Esther Díaz Ojeda.

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