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BOC Nº 38. Jueves 25 de Febrero de 2016 - 675

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V. ANUNCIOS - Notaría de D. Isidoro González Barrios

675 ANUNCIO de 12 de febrero de 2016, relativo a subasta.

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BOC-A-2016-038-675. Firma electrónica - Descargar

Yo, Isidoro González Barrios, Notario del Ilustre Colegio de las Islas Canarias, con residencia en Santa Cruz de Tenerife, en calle El Pilar, nº 5, 1º, c.p. 38002, hago saber:

Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número 1/2015, a través del portal de subastas de la Agencia Estatal BOE a instancias de la entidad "Caixabank, S.A.", conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, en virtud del cual se anuncia la subasta de la siguiente finca, que constituye la vivienda habitual de la parte deudora:

URBANA.- Número dos.- Vivienda unifamiliar de tres plantas, construida sobre la parcela 7, Manzana VER-011 del Plan Parcial del Polígono de El Rosario, en término municipal de Santa Cruz de Tenerife (antes de El Rosario), Distrito Hipotecario de La Laguna, cuyo solar mide cincuenta y dos metros treinta y seis decímetros cuadrados. Se distingue en régimen interior con el número "2". Es la de la derecha, de las dos con frente a la calle sita al Norte de la parcela, y mirando desde la misma, por donde tiene su acceso, haciendo esquina con la calle sita al Oeste. La planta baja ocupa una superficie construida cubierta de cuarenta y nueve metros cuarenta decímetros cuadrados y útil de cuarenta y cinco metros, noventa y un decímetros cuadrados, distribuidos en portal de entrada, escalera de acceso a las plantas superiores y garaje con capacidad para dos plazas, quedando la superficie restante del solar de dos metros noventa y seis decímetros cuadrados, a acceso al garaje. La planta primera tiene una superficie construida de cincuenta y dos metros cuatro decímetros cuadrados y útil de cuarenta y seis metros ochenta y cinco decímetros cuadrados, distribuidos en estar-comedor, aseo, cocina y solana. Y la planta segunda ocupa una superficie construida de cincuenta y un metros noventa y ocho decímetros cuadrados y útil de cuarenta y cinco metros setenta y seis decímetros cuadrados, distribuidos en tres dormitorios, dos baños y un vestidor. La superficie construida total en sus tres plantas, que se comunican interiormente por una escalera propia, incluida en la cabida citada, es de ciento cincuenta y tres metros cuarenta y dos decímetros cuadrados. Linda el todo: al frente o Norte, con calle Transversal a calle Sauce; a la espalda o Sur, con vivienda número 3; a la izquierda entrando o Este, con vivienda distinguida tonel número 1; y a la derecha u Oeste, con la calle paralela calle Sauce.

Le corresponde una cuota de participación en los elementos comunes y servicios del conjunto, en relación a su valor total y en las cargas y beneficios de la comunidad, de 11,16%.

INSCRIPCIÓN.- Tomo 2.105, libro 428 de El Rosario, folio 12, finca nº 39.607, inscripción 2ª.

REFERENCIA CATASTRAL: 2267807CS7426N0002UF.

Y que procediendo la subasta de dicha finca esta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1.- Lugar, día y hora: se celebrará en única subasta, que tendrá lugar en el Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

2.- Tipo de subasta: el tipo base será el pactado que es de cuatrocientos un mil cuatrocientos veinticuatro euros y cuarenta y cinco céntimos (401.424,45 euros).

3.- Documentación y advertencias: la documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes de 10 a 13:30 horas. Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012 y, en lo que no fuere incompatible, en el Reglamento Hipotecario, al tratarse de la vivienda habitual.

4.- Consignaciones: los postores, a excepción del acreedor, para tomar parte en la subasta se regulará y deberán cumplir los requisitos exigidos en el Real Decreto 1011/2015, de 6 de noviembre.

5.- Únicamente la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

6.- Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente. Las cargas, gravámenes, y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecutan, continuarán subsistentes.

Santa Cruz de Tenerife, a doce de febrero de dos mil dieciséis.- El Notario, Isidoro González Barrios.

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