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BOC Nº 38. Jueves 25 de Febrero de 2016 - 652

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife

652 EDICTO de 26 de octubre de 2015, relativo al fallo y aclaración de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000325/2015.

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BOC-A-2016-038-652. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la demandante entidad Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, representada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Manuel Beautell López, contra el demandado D. David Piñero Gutiérrez, de las circunstancias personales y de identificación que constan en autos:

1.- Condeno al demandado a pagar a la entidad actora la cantidad de mil novecientos veintidós euros -1.922 euros-, con más los intereses legales correspondientes.

2.- Condeno al demandado al pago de las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la dictó y firma, de lo que doy fe.

Decido: ha lugar a aclarar parcialmente la Sentencia de fecha 26 de octubre de 2015 que se mantiene en los términos en que fue dictada, excepto el encabezamiento y fallo, en los que se rectifica que el nombre completo de la demandante es el de entidad Mutua de Propietarios Seguros y Reaseguros a Prima Fija, y no el de entidad Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija consignado por error.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. David Piñero Gutiérrez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de sentencia y aclaración de la misma.

En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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