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BOC-A-2016-032-535.
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La Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, atribuye en el artículo 51.3, letra a), a los titulares de los departamentos la competencia para realizar las modificaciones de plantilla que afecten a puestos de trabajo del mismo departamento u organismo, así como las modificaciones presupuestarias que, en su caso, comportaran, sin requerir previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
Razones de índole técnica y al corresponder a la Secretaría General Técnica del Departamento, de conformidad con lo establecido en el artículo 15.a) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Agua, aprobado por Decreto 40/2012, de 17 de mayo, la administración, gestión, apoyo y coordinación administrativa en materia de personal, aconsejan la delegación en aquella de las competencias antes señaladas, al amparo de los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.
En consecuencia,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, la competencia para realizar las modificaciones de plantilla que afecten a puestos de trabajo de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, así como las modificaciones presupuestarias que en su caso comportaran, sin requerir previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, en los términos del artículo 51.3, letra a), de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016.
Segundo.- La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de febrero de 2016.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,
Narvay Quintero Castañeda.
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