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BOC Nº 17. Miércoles 27 de Enero de 2016 - 225

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

225 Secretaría General Técnica.- Resolución de 19 de enero de 2016, por la que se ordena la publicación de la Adenda nº nueve al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y el Colegio Notarial de las Islas Canarias para facilitar el otorgamiento de las manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario.

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BOC-A-2016-017-225. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El día 22 de febrero de 2007, se formalizó un Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y el Colegio Notarial de las Islas Canarias para facilitar el otorgamiento de las manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario.

Está inscrito en el Registro de Convenios de la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud con el número 3/2007 y con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007.

Posteriormente fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2015, mediante sucesivas adendas, la última suscrita el día 18 de diciembre de 2014.

Dicho Convenio y Adendas se encuentran publicados en el Boletín Oficial de Canarias nº 85, de fecha 6 de mayo de 2015.

Segundo.- Con fecha 29 de diciembre de 2015, se suscribió la adenda novena del referido Convenio ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016.

A los citados hechos, le es de aplicación el siguiente

FUNDAMENTO JURÍDICO

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, y en el artículo número 13 de Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los Convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda 9ª al Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y el Colegio Notarial de las Islas Canarias suscrito el día 29 de diciembre de 2015, para facilitar el otorgamiento de las manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario, cuyo texto se acompaña como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de enero de 2016.- La Secretaria General Técnica, Laura María Martín Pérez.

A N E X O

ADENDA NÚMERO 9 AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y EL COLEGIO NOTARIAL DE LAS ISLAS CANARIAS PARA FACILITAR EL OTORGAMIENTO DE LAS MANIFESTACIONES ANTICIPADAS DE VOLUNTAD EN EL ÁMBITO SANITARIO.

En Santa Cruz de Tenerife, el día 29 de diciembre de 2015.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Jesús Morera Molina, Consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias, en virtud de nombramiento por el Decreto 105/2015, de 9 de julio, del Presidente, y de las atribuciones conferidas por el artículo 29.1, letra k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

De otra, el Ilmo. Sr. D. Alfonso Cavallé Cruz, Decano del Ilustre Colegio Notarial de las Islas Canarias, y en su representación en virtud de lo dispuesto en el artículo 314 del Reglamento Notarial, aprobado por Decreto de 2 de junio de 1944, en la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero.

Ambas partes se reconocen representación y legitimidad suficiente para otorgar y firmar la presente adenda y

Exponen

Primero.- Que el Convenio firmado con fecha 22 de febrero de 2007, ha sido prorrogado mediante Adendas de 27 de diciembre de 2007, 29 de diciembre de 2008, 28 de diciembre de 2009, 28 de diciembre de 2010, 28 de diciembre de 2011, 28 de diciembre de 2012, 27 de diciembre de 2013 y nuevamente mediante adenda el día 18 de diciembre de 2014.

Durante el ejercicio de 2008 se realizaron 629 manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario en las oficinas notariales, en el ejercicio de 2009 fueron 333 manifestaciones anticipadas de voluntad las que se realizaron ante notario, debido al recorte en el número de autorizaciones que se ha producido para ajustarlo al crédito existente en la aplicación presupuestaria destinada a cubrir los gastos del citado Convenio. Dicho recorte también se ha mantenido en los ejercicios siguientes, dando lugar a que en el año 2010 se hayan realizado 246 manifestaciones anticipadas de voluntad ante notario. En el ejercicio de 2011 se llevaron a cabo 247. Durante el ejercicio de 2012 se realizaron 249, en el de 2013 fueron 251 y en el 2014 se formalizaron 275. Se estima que el ejercicio 2015 supere las 300 manifestaciones anticipadas de voluntad realizadas ante notario, dando un total superior a 2.500 desde la implantación del Convenio.

Segundo.- Ambas partes consideran que el grado de conocimiento y cumplimiento de los objetivos del Convenio es óptimo por lo que procede prolongar su duración durante todo el año natural de 2016, de acuerdo con lo previsto en la cláusula séptima.

Tercero.- Ambas partes están de acuerdo en mantener el coste de los documentos, al repetirse para el año 2016 el escenario presupuestario previsto en el ejercicio anterior, derivado de las políticas de ajuste financiero que aún se mantienen en nuestro país y en los de su entorno económico.

En consecuencia, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda de acuerdo con la siguiente

Cláusulas

Primera.- En virtud de lo dispuesto en la cláusula séptima del referido Convenio de Colaboración en relación con su duración, esta se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2016, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente y permaneciendo inalterado el resto de la cláusula séptima.

Segunda.- Permanecerán inalteradas el resto de cláusulas del Convenio de Colaboración.

En prueba de conformidad con cuanto antecede las partes intervinientes firman la presente Adenda en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.- El Consejero de Sanidad, Jesús Morera Molina.- Decano del Ilustre Colegio Notarial de las Islas Canarias, Alfonso Cavallé Cruz.

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