Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 2. Martes 5 de Enero de 2016 - 29

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife

29 EDICTO de 9 de octubre de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000510/2014.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 225.89 Kb.
BOC-A-2016-002-29. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Pablo David Sánchez González, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"... SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 9 de octubre de 2015.

Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. María Carmen Serrano Moreno, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000510/2014 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Consorcio Compensación de Seguros, dirigido por el Letrado del Estado y de otra como demandada D./Dña. Juan Antonio Méndez Pérez y Publicidad Integral Canarias, S.L.L., en rebeldía, sobre Reclamación de Cantidad.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el Consorcio de Compensación de Seguros contra Juan Antonio Méndez Pérez y Publicidad Integral Canarias, S.L., condenando a los demandados a pagar al actor la cantidad de 15.267,57 euros, así como los intereses legales y costas del procedimiento.

Contra esta Sentencia cabe interponer Recurso de Apelación en el plazo de veinte días a contar desde su notificación, previa la prestación de la correspondiente caución. El condenado deberá acreditar haber constituido depósito del importe de la condena más los intereses y recargos exigibles en el establecimiento destinado al efecto.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Juan Antonio Méndez Pérez y Publicidad Integral Canarias, S.L.L., expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de octubre de 2015.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias