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BOC Nº 253. Jueves 31 de Diciembre de 2015 - 5809

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Universidad de La Laguna

5809 RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2015, por la que se aprueba la ampliación de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2015, en catorce plazas de Catedráticos, de acceso mediante promoción interna.

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BOC-A-2015-253-5809. Firma electrónica - Descargar

La Oferta de Empleo Público es el instrumento legal establecido para hacer posible la provisión de las necesidades de personal en las Administraciones Públicas, regulando la incorporación de personal de nuevo ingreso según establece, con carácter de legislación básica, el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el ámbito de la Universidad de La Laguna, el artículo 24 del Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna, se configuran así, como títulos habilitantes para la publicación de la presente ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 2015, oferta que vendrá definida por los principios de racionalización y contención del gasto público que, dentro de la delicada coyuntura económica actual, han de presidir las actuaciones de las Administraciones Públicas.

La citada habilitación ha de hacerse efectiva dentro del escenario del artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades, modificado por el apartado uno de la Disposición final segunda del Real Decreto-Ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía (BOE de 12 septiembre), que establece que las Universidades podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que la disposición por la que se apruebe la oferta de empleo público podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

En este sentido la promoción interna se configura como una de las medidas de planificación de recursos humanos que tiene como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que debe ser facilitada por la Administración como vía para la adquisición de las correspondientes competencias y requisito necesario para la progresión en la carrera profesional desde niveles inferiores a superiores.

En esta Resolución se ofertan las plazas que deben proveerse mediante procesos selectivos de promoción interna, facilitando con ello el derecho a la carrera profesional del personal al servicio de la Administración Pública reconocido en la Ley Orgánica de Universidades.

La presente Resolución, por tanto, tiene como finalidad dar cumplimiento a lo indicado y establecer los criterios que deben orientar los procesos de selección de los candidatos que mejor se ajusten a las necesidades de la Administración de la Universidad de La Laguna.

En su virtud, a propuesta de la Vicerrectora de Ordenación Académica y Profesorado previo informe de los órganos de representación del personal, y de acuerdo con lo aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de fecha 18 de noviembre de 2015,

SE DISPONE:

Artículo 1.- Ampliación de la Oferta de Empleo Público.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades, se aprueba la ampliación de la oferta pública de empleo para el año 2015 en los términos que se establecen en esta Resolución.

Artículo 2.- Cuantificación de las plazas de la ampliación de la Oferta de Empleo Público.

1. Dispone el artículo 62.2, párrafo segundo, de la Ley Orgánica de Universidades, que se podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Estas plazas, que no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes del artículo 56 de esa misma ley. Se convocarán para funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición. Los funcionarios que participen en estos concursos tendrán que estar acreditados para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad.

2. En el anexo a esta resolución, se incluyen las plazas que se autorizan en la Universidad de La Laguna para el ingreso por promoción interna para el acceso al Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad, basada en las 14 plazas de turno libre que se aprobaron por Resolución de 24 de abril de 2015, que modifica la Resolución de 4 de febrero de 2015 de la Universidad de La Laguna, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2015, del Personal Docente e Investigador.

Artículo 3.- Refundición de convocatorias.

Por razones de eficacia y eficiencia en la gestión de las convocatorias derivadas de la presente ampliación de la Oferta de Empleo Público para el año 2015, estas podrán acumularse a las convocatorias derivadas de ofertas posteriores.

Artículo 4.- Ejecución de la oferta.

La ejecución de la ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 2015 deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Necesidad de dotación previa a la cobertura.

Las plazas incluidas en la presente Resolución habrán de encontrarse dotadas presupuestariamente en el momento en que haya de tener lugar el nombramiento de funcionarios de carrera que pudiera derivarse de los procesos selectivos convocados para la cobertura de dichas plazas. A tal efecto, con carácter previo a la incorporación del citado personal, habrá de reservarse el crédito necesario para garantizar el ingreso de estos efectivos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La Laguna, a 23 de noviembre de 2015.- El Rector, p.d. (Resolución de 3.7.15; BOC 13.7.15), la Vicerrectora de Ordenación Académica y Profesorado, Carmen Rosa Sánchez López.

Ver anexo en las páginas 34551-34551 del documento Descargar

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