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BOC Nº 251. Martes 29 de Diciembre de 2015 - 5759

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

5759 DECRETO 379/2015, de 18 de diciembre, por el que se crean escuelas infantiles de titularidad municipal en las islas de La Palma, Fuerteventura y Tenerife.

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BOC-A-2015-251-5759. Firma electrónica - Descargar

La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación -en adelante, LODE-, en su Disposición adicional segunda, apartado 2, establece que la creación de centros docentes públicos, cuyos titulares sean las Corporaciones locales, se realizará por convenio entre estas y la Administración educativa competente, a efectos de su inclusión en la programación general de la enseñanza.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, prevé que nuestro sistema educativo se inspira, entre otros, en el principio de la cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las Corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa [artículo.1.p)], así como que las Administraciones Públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo, cooperando entre ellas para asegurar la oferta educativa en este ciclo, de conformidad con el artículo 15.1 de dicho texto legal.

El artículo 13.1 del Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que las Corporaciones Locales podrán proponer la creación de Escuelas Infantiles con arreglo a la normativa aplicable para la creación de los centros escolares, previa firma del correspondiente convenio con la Consejería competente en materia de educación.

El Decreto 20/2009, de 17 de febrero, por el que se delega la competencia para la adopción de medidas provisionales en el procedimiento de creación de Escuelas Infantiles de titularidad municipal en el titular de la Consejería competente en materia de educación, permitió que por medio de la Orden departamental de 2 de agosto de 2010, se autorizara la creación, con carácter provisional, de las escuelas infantiles de titularidad municipal de Los Llanos de Aridane y San Andrés y Sauces, en la isla de La Palma.

Asimismo, la creación de las escuelas infantiles de titularidad municipal de La Oliva y San Miguel de Abona, queda encuadrada en el supuesto de continuidad en la prestación de servicios preexistentes, en los términos indicados en la Disposición transitoria segunda de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, y de conformidad con lo previsto en la Disposición adicional tercera del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, relativa a la continuidad de servicios locales.

A este respecto, el presente Decreto tiene por objeto la creación definitiva de las citadas escuelas, una vez firmados los convenios entre la Consejería competente en materia de educación y los respectivos ayuntamientos titulares.

En la tramitación del expediente constan los informes preceptivos favorables de la Unidad Técnica de Construcciones, de la Inspección Educativa y, en su caso, de continuidad en la prestación de servicio preexistente.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la LODE, compete al Gobierno de Canarias la creación y supresión de centros docentes públicos, correspondiendo al titular de la Consejería competente en materia de educación, hacer la oportuna propuesta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.d) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por Decreto 113/2006, de 26 de julio, que continúa vigente de conformidad con la previsión contenida en la Disposición transitoria primera del Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias y el artículo 2 del Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 81/2010, de 8 de julio, en relación con el artículo 13.1 del citado Decreto 201/2008, de 30 de septiembre.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación y Universidades y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 18 de diciembre de 2015,

D I S P O N G O:

Primero.- Se crean las escuelas infantiles de titularidad municipal que se relacionan en el anexo del presente Decreto, para impartir el primer ciclo de educación infantil.

Segundo.- Las escuelas infantiles se regirán por los convenios suscritos entre la Consejería competente en materia educativa y los Ayuntamientos de Los Llanos de Aridane, San Andrés y Sauces, La Oliva y San Miguel de Abona, en cuanto a su régimen económico y de funcionamiento.

Tercero.- Se autoriza a la Consejería competente en materia de educación para adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar el cumplimiento del presente Decreto.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 18 de diciembre de 2015.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Fernando Clavijo Batlle.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

A N E X O

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane.

Escuela Infantil Municipal Nina Lola Albelo Hernández.

Número de Código: 38015849.

2 unidades de menores de 1 año: 16 puestos escolares.

2 unidades de 1 a 2 años: 26 puestos escolares.

2 unidades de 2 a 3 años: 36 puestos escolares.

Ayuntamiento de San Andrés y Sauces.

Escuela Infantil Municipal San Andrés y Sauces.

Número de Código: 38015862.

1 unidad de menores de 1 año: 8 puestos escolares.

1 unidad de 1 a 2 años: 12 puestos escolares.

1 unidad de 2 a 3 años: 13 puestos escolares.

1 unidad mixta integrada por niños de todas las edades: 10 puestos escolares.

Ayuntamiento de la Oliva.

Escuela Infantil Municipal Corralejo.

Número de Código: 35015164.

1 unidad de menores de 1 año: 8 puestos escolares.

3 unidades de 1 a 2 años: 37 puestos escolares.

3 unidades de 2 a 3 años: 51 puestos escolares.

Ayuntamiento de San Miguel de Abona.

Escuela Infantil Municipal Capitán Galleta.

Número de Código: 38016982.

1 unidad de menores de 1 año: 8 puestos escolares.

3 unidades de 1 a 2 años: 34 puestos escolares.

3 unidades de 2 a 3 años: 52 puestos escolares.

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