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BOC-A-2015-228-5237.
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D./Dña. María de la Luz Álvarez González, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En San Bartolomé de Tirajana, a 8 de julio de 2015.
Vistos por el/la Ilmo. Sr. D. Guillermo Fernández García, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000168/2014 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. FCE Bank PLC Sucursal en España, dirigido por el Letrado D./Dña. Carlos Navarro Valido y representado por el Procurador D./Dña. María del Mar Montesdeoca Calderín y de otra, como demandada Termoagua Canarias 7 Islas, S.L., Pablo Wirz y Joaquín Manuel Hernández Pérez.
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por el Procurador Dña. María del Mar Montesdeoca Calderín, en nombre y representación de FCE Bank PLC Sucursal en España, frente a Termoagua Canarias 7 Islas, S.L., Pablo Wirz y Joaquín Manuel Hernández Pérez, condeno a dichos demandados a que satisfagan a la actora la suma de 7.068,50 euros, más los intereses legales, gastos y costas del procedimiento.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en San Bartolomé de Tirajana, a 8 de julio de 2015.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Termoagua Canarias 7 Islas, S.L. y Joaquín Manuel Hernández Pérez, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 8 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.
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