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BOC Nº 228. Martes 24 de Noviembre de 2015 - 5236

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario

5236 EDICTO de 26 de octubre de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0000216/2010.

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BOC-A-2015-228-5236. Firma electrónica - Descargar

D. José Carlos Hernández Acosta, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Puerto del Rosario, a 26 de octubre de 2015.

Vistos por D. Álvaro María Hierro Fuster, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Puerto del Rosario, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado con el nº 216/2010 a instancia de Cristalfuert, S.L., representado/a por el/la Procurador/a de los Tribunales, Dña. María Santander Alonso Patallo y asistido/a por el/la Letrado D. José María Badía Abad, contra Espinel Fuenteprom, S.L., declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad relativa a contrato de obra.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de Cristalfuert, S.L. contra Espinel Fuenteprom, S.L. debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de treinta y ocho mil setecientos noventa y cinco euros con ochenta y dos céntimos de euro (38.795,82 euros), más los intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda; todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Espinel Fuenteprom, S.L., expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 26 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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