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BOC Nº 218. Martes 10 de Noviembre de 2015 - 4981

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona

4981 EDICTO de 11 de marzo de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de divorcio contencioso nº 0000445/2014.

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BOC-A-2015-218-4981. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Esperanza Torregrosa Sala, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 10 de marzo de 2015.

Vistas por Dña. Ana María Martín-Nieto Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido, las presentes actuaciones correspondientes al Proceso de divorcio contencioso, seguido ante este Juzgado con el nº 445/2014 a instancia de Dña. Milada Lebedeva, representada por el Procurador de los Tribunales Dña. Ruth González Sousa y defendido técnicamente por la Letrado doña Inés Herrera Acevedo, contra D. Gianluca Prandoni, en rebeldía procesal, en cuyos autos ha sido parte el Ministerio Fiscal.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ruth González Sousa en nombre y representación de Dña. Milada Lebedeva, declarando la disolución del matrimonio por causa de divorcio, frente a D. Gianluca Prandoni con todos los efectos legales inherentes, sin declaración expresa en cuanto a las costas ocasionadas, y declaro las siguientes medidas en relación a los hijos menores:

- La patria potestad, guarda y custodia de los hijos menores M. y N. la patria potestad se atribuye a Dña. Milada Lebedeva. Comuníquese la presente resolución al encargado del Registro Civil correspondiente a efectos de que proceda a la inscripción de la disolución acordada.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así lo acuerdo, mando y firmo:

PUBLICACIÓN: Leída y publicada fue la anterior sentencia en Audiencia Pública por la Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Gianluca Prandoni, y para su publicación en Boletín Oficial de Canarias, expido y libro el presente en Arona, a 11 de marzo de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.

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