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BOC-A-2015-217-4968.
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Por D. Francisco Perera Hernández, en calidad de Presidente de la citada Comunidad de Regantes, se ha presentado escrito y proyecto de modificación de los Estatutos de la Comunidad de Regantes "Heredad de Aguas de Triana", en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria y otros, para su aprobación por el Consejo Insular de Aguas, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 y siguientes de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, en colación con el artículo 120 y siguientes del Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico de Canarias.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 130 del Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico de Canarias y artº. 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público a fin de que en el plazo de treinta días, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento, a cuyo efecto, el expediente estará de manifiesto en el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, sito en la Avenida Juan XXIII, nº 2 de esta capital, durante las horas de oficina.
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de septiembre de 2015.- El Presidente, p.d. (Decreto nº 144, de 9.7.15) el Vicepresidente, Miguel Antonio Hidalgo Sánchez.
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