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BOC-A-2015-217-4961.
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Conforme establece el Decreto Territorial 277/1990, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Canarias, modificado por el Decreto Territorial 16/1992, de 7 de febrero, una vez finalizado el plazo de información pública del censo provisional y no habiéndose presentado alegaciones al mismo, se establece que no hay interesados incluidos en el censo definitivo de profesionales Higienistas Bucodentales ejercientes en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de octubre de 2015.- El Director General de Transparencia, Participación Ciudadana y Relaciones Institucionales, Teófilo González González.
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