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BOC Nº 213. Martes 3 de Noviembre de 2015 - 4850

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria

4850 EDICTO de 15 de octubre de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000846/2013.

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BOC-A-2015-213-4850. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Fernando Pérez Polo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de abril de 2014, D. Juan Avello Formoso Juez del .Juzgado de Primera Instancia número Dos de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los autos de Juicio Verbal seguidos ante el mismo bajo el número de registro 846/2013 que en reclamación de cantidad promovió D. Francisco Mantecon Santana, que compareció en los autos representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Muñoz Correa, que actuó bajo la dirección letrada del Sr. Aranda Rodríguez, contra D. Marcos Félix Vega Valdivia asistido por la Letrada Sra. González Zevallos, y D. José Ubaldo Castro Martínez, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando como estimo la demanda presentada D. Francisco Mantecon Santana contra D. Marcos Félix Vega Valdivia y D. José Ubaldo Castro Martínez debo condenar y condeno al demandado al pago de 872,05 euros al actor, más los intereses correspondientes, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, contra la que no cabe interponer recurso lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. José Ubaldo Castro Martínez, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de octubre de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

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