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BOC Nº 207. Viernes 23 de Octubre de 2015 - 4716

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana

4716 EDICTO de 3 de abril de 2013, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000517/2012.

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BOC-A-2015-207-4716. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Raquel Casanova López, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 17 de enero de 2013.

Vistos por D. Mariano López Molina, Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de este partido, los presentes autos de juicio verbal 517/2012, seguidos ante este Juzgado a instancia de la entidad Automáticos Insular representada por la Procuradora Dña. Sandra Pérez Almeida contra D. Yarimey Rodríguez González y D. José Fidel Rodríguez Vega.

Que debo acordar y acuerdo estimar la demanda formulada por la Procuradora Dña. Sandra Pérez Almeida, en la representación que ostenta, y en consecuencia condeno los demandados a que, de forma solidaria, abonen al actor la cantidad de 1.958,40 euros; y a Yarimey se la condena a que abone a la entidad actora la cantidad de 2.000 euros, intereses legales y costas en ambos casos.

Procede la condena en costas a la parte demandada.

Inclúyase la presente en el Libro de Sentencias.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación, únicamente en el caso de Yarimey, en el plazo de veinte días, que se interpondrá ante este Juzgado, y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas.

Así por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Yarimey Rodríguez González y José Fidel Rodríguez Vega, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 3 de abril de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

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