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BOC Nº 207. Viernes 23 de Octubre de 2015 - 4698

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Hacienda

4698 ORDEN de 15 de octubre de 2015, por la que se establece y publica la relación de oficinas de registro del Departamento y de sus entes y organismos públicos adscritos.

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BOC-A-2015-207-4698. Firma electrónica - Descargar

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece en su artículo 38, apartados 1 y 2, que los órganos administrativos habrán de llevar un registro general en el que anotarán las entradas y salidas de todo escrito o comunicación que reciban o dirijan a otros órganos o particulares, pudiendo además crear registros auxiliares de dicho registro general al objeto de facilitar la labor de estos.

El apartado 6 de dicho artículo dispone que cada Administración Pública establecerá los días y el horario de funcionamiento de las oficinas de registro y el apartado 8 dispone que deberán hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas de registro propias o concertadas, sus sistemas de acceso y comunicación, así como los horarios de funcionamiento.

En este sentido, el Decreto 105/2000, de 26 de junio, regula determinados aspectos del funcionamiento de los registros de la Administración Autonómica de Canarias y prevé, en su artículo 5, que la creación, modificación o supresión de registros se realizará mediante orden departamental que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias. Además de conformidad con la Disposición adicional segunda de la Orden de 12 de agosto de 2002, de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica, por la que se regulan determinados aspectos del funcionamiento de los registros de la Administración Autonómica de Canarias, cada Departamento podrá crear con carácter excepcional registros auxiliares en los centros que no constituyan unidad administrativa, por razón de la especialidad de sus funciones y servicios, a los solos efectos de la recepción y tramitación de los documentos relativos al ejercicio de sus competencias. Por otro lado, en el artículo 11 del Decreto 105/2000, de 26 de junio, citado, se establecen los días y horario de apertura de los registros de la Administración Autonómica de Canarias.

Por Orden de 7 de marzo de 2013, modificada por la Orden de 31 de mayo de 2013 y la Orden de 14 de marzo de 2014, de la extinta Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, se actualiza la relación de oficinas de registro del Departamento y de sus entes y organismos públicos adscritos.

El Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, modificado por el Decreto 143/2015, de 20 de julio, que determina el número, denominación y competencias de las Consejerías en las que se organiza el Gobierno de Canarias, crea la Consejería de Hacienda que asume las competencias en materia de Hacienda que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad.

Por cuanto antecede, y siendo preciso actualizar y publicar la relación de los registros de la Consejería de Hacienda,

R E S U E L V O:

Primero.- Crear en la Consejería de Hacienda las oficinas de registro general y auxiliares que se relacionan en el Anexo de la presente Orden.

Segundo.- Dejar sin efecto la Orden de 7 de marzo de 2013, de la extinta Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, por la que se actualiza la relación de oficinas de registro del Departamento y de sus entes y organismos públicos adscritos, así como las Órdenes de 31 de mayo de 2013 y de 14 de marzo de 2014 que la modificaban, en lo referido a los Registros de este Departamento y sus entes dependientes.

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de octubre de 2015.

LA CONSEJERA

DE HACIENDA,

Rosa Dávila Mamely.

Ver anexo en las páginas 27989-27994 del documento Descargar

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