Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
23 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 4.00 Kb.
BOC-A-2015-202-4566.
Firma electrónica
- Descargar
Con fecha 19 de junio de 2015 se suscribe Convenio de Colaboración Específico entre el Instituto Canario de Estadística, la Universidad de La Laguna y la Fundación General de la Universidad de La Laguna para el apoyo técnico a diversos proyectos de investigación. Dicho Convenio Específico constituye una Adenda (la nº II) al Acuerdo Marco suscrito con fecha 31 de marzo de 2014 para la constitución de una unidad mixta de metodología e investigación en estadística pública.
Con fecha 30 de julio de 2015 las partes suscriben una corrección de errores del Convenio referido para subsanar los errores advertidos en la numeración de distintos apartados.
Considerando lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública y el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo.
Por la presente, en virtud de las facultades que tengo conferidas,
R E S U E L V O:
Único.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del mencionado Convenio, con las correcciones ya insertas en su texto, que figura como anexo a esta Resolución para general conocimiento.
Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de octubre de 2015.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Solórzano Hernández.
A N E X O
CONVENIO DE COLABORACIÓN ESPECÍFICO ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE ESTADÍSTICA, LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA Y LA FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PARA EL APOYO TÉCNICO A DIVERSOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN.
ADENDA Nº II AL ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE ESTADÍSTICA (ISTAC) Y LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA (ULL) PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA UNIDAD MIXTA DE METODOLOGÍA E INVESTIGACIÓN EN ESTADÍSTICA PÚBLICA SUSCRITO EL 31 DE MARZO DE 2014.
En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de junio de 2015.
INTERVIENEN
De una parte el Excelentísimo Señor Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad del Gobierno de Canarias, D. Javier González Ortiz, nombrado en virtud del Decreto 88/2011, de 8 de julio, del Presidente (BOC nº 135, de 11.7.11), en su calidad de Presidente, en funciones, de la Comisión Ejecutiva del Instituto Canario de Estadística (en adelante ISTAC), con C.I.F. Q8550002C y domicilio en calle Luis Doreste Silva, 101, planta 7, 35004-Las Palmas de Gran Canaria; actuando en nombre y representación del mencionado Organismo Autónomo y previa autorización de la Comisión Ejecutiva del Instituto, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 7, apartado 2.c) del Decreto 48/1992, de 23 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Instituto Canario de Estadística, en concordancia con el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de 7 de marzo de 1996 (BOC nº 139, de 4.11.96) y el artículo 7, apartado 4.e), del citado Decreto 48/1992, de 23 de abril.
Y de otra parte, D. Antonio Martinón Cejas, Rector Magnífico de la Universidad de La Laguna (en adelante ULL), con C.I.F. Q3818001D y domicilio en calle Molinos de Agua, s/n, 38071-La Laguna, actuando en nombre y representación de dicha Entidad, según nombramiento por Decreto 74/2015, de 22 de mayo (BOC nº 99, de 26 de mayo), y en virtud de las competencias otorgadas por el artº. 20.1 la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades (BOE de 24 de diciembre), y por los artículos 167.1 y 168.m) de los Estatutos de la Universidad de La Laguna (BOC de 26 de julio de 2004); y, asimismo, en nombre y representación de la Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna, con C.I.F. G-38083408 y domicilio en la Avenida de la Trinidad, 61, Aulario de la Torre Profesor Agustín Arévalo, planta 0, Campus Central de la Universidad de La Laguna, c.p. 38071, San Cristóbal de La Laguna, de la que es Presidente de su Patronato según acuerdo de la sesión ordinaria del mismo celebrada el 28 de junio de 2007.
Ambas partes, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen capacidad para convenir y obligarse en los términos del presente documento y
MANIFIESTAN
I. Que el artículo 34.1 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación dispone que "los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidos las Universidades públicas, los Organismos públicos de Investigación de la Administración General del Estado, los organismos de investigación de otras Administraciones Públicas, y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán subscribir convenios de colaboración sujetos al derecho administrativo. Podrán celebrar estos convenios los propios agentes públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la realización conjunta de las siguientes actividades:
1. Proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación.
2. Creación o financiación de centros, institutos y unidades de investigación.
3. Financiación de proyectos científico-técnicos singulares.
4. Formación de personal científico y técnico.
5. Divulgación científica y tecnológica.
6. Uso compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación."
II. Que los recursos materiales, humanos y técnicos de la ULL y del ISTAC se complementan entre sí, creando una masa crítica suficiente que permite abordar conjuntamente trabajos de difícil ejecución por separado. Es por ello que las partes suscribieron el 31 de marzo de 2014 un acuerdo marco de colaboración para la constitución de una unidad mixta de metodología e investigación en estadística pública, de acuerdo a lo establecido en la Ley 14/2011 como una "Unidad Mixta de I+D+i", publicado en el Boletín Oficial de Canarias de 29 de abril de 2014.
III. Que en la cláusula segunda del citado Acuerdo Marco, siguiendo la Nomenclature on Research in Official Statistics (NORIS), se establecen las siguientes líneas estratégicas de investigación para la Unidad Mixta:
1. Metodología.
2. Tecnología avanzada para la recopilación de datos.
3. Calidad aplicada a la producción estadística.
4. Análisis de datos y modelos estadísticos.
5. Integración y sistematización de fuentes de multi-datos.
6. Difusión de estadísticas y control de acceso a datos.
7. Indicadores estadísticos.
IV. Que, con fecha 23 de marzo de 2015, la Comisión Coordinación y Seguimiento del Acuerdo Marco aprobó, por unanimidad, las siguientes propuestas:
1. La Memoria Estratégica sobre la justificación e implementación de las líneas estratégicas perfiladas en el Acuerdo Marco.
2. Las Normas de régimen de gobierno, funcionamiento y gestión financiera de la Unidad Mixta.
3. La solicitud de apoyo técnico y científico a la Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna, para los siguientes proyectos:
Ver anexo en la página 27489 del documento Descargar
4. La designación del Director de la Unidad Mixta de Metodología e Investigación en Estadística Pública.
V. Que la cláusula cuarta del Acuerdo Marco suscrito prevé la formalización de acciones conjuntas a través de convenios de colaboración específicos, los cuales se anexarán al Acuerdo Marco como adendas al mismo y deberán especificar, entre otros aspectos, la necesidad o no de establecer un organismo de gestión, tal como señala su apartado 1.e).
VI. Que la Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna, en adelante Fundación, es una institución pública, benéfico-docente y sin ánimo de lucro, creada el 22 de septiembre de 1987, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Canarias con el número 15, y constituida al amparo de la Ley, cuyo objeto social es tender puentes entre la Universidad de La Laguna y nuestra sociedad, para impulsar la transferencia del conocimiento generado por los profesores e investigadores universitarios y que tiene como fines fundacionales, relevantes en el ámbito del presente contrato, los siguientes:
a) Fomentar y desarrollar cauces de conocimiento, diálogo y cooperación entre la Universidad de La Laguna, la empresa, las administraciones públicas y la sociedad en general, interesando a estas en los fines de aquella y recíprocamente.
b) Promover foros de encuentro entre la Universidad de La Laguna, la empresa y la sociedad para que su conocimiento mutuo les permita resolver los problemas que tiene planteados la empresa en orden a la formación de sus recursos humanos, así como esta y la sociedad en el desarrollo de la investigación científica, técnica aplicada, social y humanística, y recabar la Universidad de La Laguna las necesidades de aquellas en la elaboración de sus planes de estudio y la reforma y modernización de la enseñanza en general.
c) Actuar como centro de información y coordinación para las empresas y entidades públicas que deseen establecer relaciones especiales con la Universidad de La Laguna, sobre temas tales como la promoción de estudios, el desarrollo de iniciativas de investigación, desarrollo e innovación, los contratos de investigación aplicada y desarrollo tecnológico, la cooperación educativa en formación profesional no laboral a través de prácticas de estudiantes y becas formativas para titulados, la selección y perfeccionamiento de egresados para su inserción en el mercado laboral, la formación continua, especializada y el reciclaje profesional y cualquier otra modalidad que facilite la colaboración.
d) Promover, favorecer e instrumentar la transferencia de conocimiento, tecnología y de resultados de la investigación de la Universidad de La Laguna hacia las empresas, las administraciones públicas y la sociedad en general.
e) Canalizar iniciativas de investigación, transferencia de resultados, servicios y asistencia de profesores, grupos de investigación, departamentos, institutos y otros centros de Universidad de La Laguna, hacia las empresas y entidades públicas, asumiendo las tareas de promocionar, gestionar, negociar, participar en concursos y licitaciones, suscribir convenios, contratos y acuerdos de colaboración, asesoramiento, prestación de servicios y apoyo tecnológico.
f) Desarrollar acciones que favorezcan la especialización, las posibilidades de inserción laboral, la mejora de empleo, el autoempleo y el emprendimiento de los universitarios y universitarias.
g) Fomentar y apoyar las acciones formativas que capaciten para el desempeño cualificado de las profesiones, faciliten el acceso al empleo y la reinserción laboral, y promuevan la formación continua que asegure la actualización permanente de las competencias profesionales y, cuando sea necesario, facilite la readaptación laboral.
h) La prestación de servicios a la Universidad de La Laguna en particular, y en general, a entidades públicas o privadas en el ámbito de la formación especializada y continua, la asistencia científica y tecnológica, y el fomento de la inserción laboral de los estudiantes universitarios y el emprendimiento intensivo en conocimiento y de base tecnológica con origen en la comunidad universitaria.
i) Participar en concursos públicos convocados por Administraciones Públicas o por empresas públicas o privadas, y suscribir los contratos que le sean adjudicados, actuando en nombre de profesores, grupos de investigación, departamentos, institutos y otros centros de la Universidad de La Laguna.
j) Recibir encomiendas de gestión de la Universidad de La Laguna en los términos establecidos por la legislación vigente.
VII. Que a tenor de lo expresado en la cláusula cuarta, apartado primero, punto e) del acuerdo marco citado en el expositivo anterior, la ULL y el ISTAC estiman necesaria la participación de la Fundación, medio propio de la Universidad de La Laguna, como entidad gestora de la presente iniciativa específica, tanto por la coincidencia de sus fines fundacionales con los perseguidos en la creación de la "Unidad Mixta de I+D+i" como por la dilatada experiencia en el desarrollo y ejecución de proyectos y contratos de investigación y desarrollo.
VIII. Que para establecer el procedimiento y acuerdos que permitan llevar a cabo de manera satisfactoria la acción prevista, las partes, reconociéndose plena capacidad, desean celebrar el presente convenio de colaboración y, a tal efecto, acuerdan las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.- Objeto del convenio.
El presente convenio se articula como convenio específico de colaboración, anexo al Acuerdo Marco de constitución de la Unidad Mixta de Metodología e Investigación en Estadística Pública creada por el ISTAC y la ULL (en adelante Unidad Mixta), al amparo de lo dispuesto en la cláusula cuarta del citado Acuerdo Marco con el objeto de regular la colaboración entre el ISTAC, la ULL y la Fundación para el desarrollo de la acción denominada Apoyo técnico a diversos proyectos de investigación de la UMI ISTAC-ULL, al amparo de lo dispuesto en la letra a) de su cláusula tercera.
Los proyectos de investigación regulados por el presente convenio específico de colaboración son:
1. Proyecto de investigación en estadísticas de turismo de regiones islas.
2. Proyecto de investigación en indicadores económicos y cuentas económicas de regiones islas.
3. Proyecto de investigación para la calidad y eficiencia de sistemas estadísticos de regiones islas y métodos generales de regionalización de estadísticas.
Dichos proyectos se enmarcan en las líneas estratégicas de actuación prioritaria para el periodo 2015-2020:
* NORIS 1. Metodología.
* NORIS 3. Calidad aplicada a la producción estadística.
* NORIS 4. Análisis de datos y modelos estadísticos.
* NORIS 5. Integración y sistematización de múltiples fuentes de datos.
* NORIS 6. Difusión de estadísticas y control de acceso a los datos.
Segunda.- Actuaciones a desarrollar por cada una de las partes.
Las actuaciones de los equipos mixtos de investigación de ISTAC-ULL son las especificadas en cada uno de los anteproyectos anexos al presente convenio específico de colaboración dentro del marco de la Memoria Estratégica 2015-2020 de la Unidad Mixta de Metodología e Investigación en Estadística Pública.
Las actuaciones de la Fundación son las de apoyo técnico aprobadas en el Capítulo III de las Normas de régimen de gobierno, funcionamiento y gestión financiera de la UMI, aprobadas por la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento del Acuerdo Marco con fecha 23 de marzo de 2015, que se concretan en:
1. Apoyo técnico en todas las fases de las actividades estadísticas y de investigación metodológica asociadas a cada proyecto.
2. Programación de procesos estadísticos en software especializado.
3. Análisis de resultados estadísticos.
Tercera.- Aportación de medios personales.
1. Aportación de medios personales para el proyecto de investigación en estadísticas de turismo de regiones islas.
Para el proyecto de investigación en estadísticas de turismo de regiones islas la aportación de medios personales del ISTAC y la ULL son los aprobados por la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, en sesión de fecha 23 de marzo de 2015 (Anexo III al acta), respecto al equipo de investigación conjunta denominado TURISTAT:
Ver anexo en la página 27492 del documento Descargar
2. Aportación de medios personales para el proyecto de investigación en indicadores económicos y cuentas económicas de regiones islas.
Para el proyecto de investigación en indicadores económicos y cuentas económicas de regiones islas la aportación de medios personales del ISTAC y la ULL son los aprobados por la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, en sesión de fecha 23 de marzo de 2015 (Anexo III al acta) respecto al equipo de investigación conjunta denominado ECONOMÉTRICA:
Ver anexo en la página 27492 del documento Descargar
3. Aportación de medios personales para el proyecto de investigación para la calidad y eficiencia de sistemas estadísticos de regiones islas y métodos generales de regionalización de estadísticas.
Para el proyecto de investigación para la calidad y eficiencia de sistemas estadísticos de regiones islas y métodos generales de regionalización de estadísticas la aportación de medios personales del ISTAC y la ULL son los aprobados por la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, en sesión de fecha 23 de marzo de 2015 (Anexo III al acta), respecto al equipo de investigación conjunta denominado ÓPTIMA:
Ver anexo en la página 27493 del documento Descargar
4. Aportación de investigadores/as del ISTAC o la ULL.
Las partes podrán proponer la participación de otros/as investigadores/as y profesionales, de entre los previstos en el Anexo I del Acuerdo Marco, a lo largo del desarrollo de la acción, cuyas aportaciones consideren de interés para la óptima ejecución de la misma. Igualmente, en caso necesario, podrán sustituir a todos o alguno de los miembros del equipo de investigación, de forma temporal o definitiva, con comunicación previa a la otra parte, por otros de los previstos en el citado Anexo I. En caso contrario, deberá ajustarse al procedimiento previsto en la cláusula octava, apartado primero, letra b), del Acuerdo marco del que deriva el presente convenio de colaboración.
5. Aportación de técnicos de apoyo de la Fundación.
a) La selección de técnicos de apoyo por parte de la Fundación para los proyectos mencionados son responsabilidad de la Fundación y se realizará según las bases generales que han de regir la selección de personal por la Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna reuniendo, en su caso, los requisitos de titulación y experiencia exigidos, sin perjuicio de la verificación por parte de la Comisión de Coordinación y Seguimiento de la UMI del cumplimiento de aquellos requisitos.
b) Durante el periodo de ejecución de los proyectos el personal seleccionado por la Fundación mantendrá la dependencia laboral o administrativa que tuviera en esta. Para la ejecución de los proyectos dicho personal podrá desplazarse y desarrollar su trabajo en los centros de trabajo del ISTAC o de la ULL, sin perder su condición laboral o administrativa de origen, y sin que pueda entenderse, bajo ningún concepto, que se está trabajando para la entidad de acogida, en cuyo centro de trabajo se desarrolla el proyecto.
c) El personal de la Fundación que realiza las labores de apoyo técnico podrá hacer uso de los servicios comunes, infraestructura y equipamiento científico del ISTAC o de la ULL que haya sido habilitado para el uso de la Unidad Mixta, sin más limitaciones que las establecidas en sendos regímenes internos de utilización para su propio personal.
d) El personal de la Fundación que realiza las labores de apoyo técnico estará sujeto a lo determinado en la cláusula decimoprimera del Acuerdo Marco sobre secreto estadístico y en la cláusula decimosegunda sobre confidencialidad de la información estadística.
e) La Fundación asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal de apoyo a los proyectos, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
f) En el caso de que la Fundación incumpla las obligaciones asumidas en relación con su personal, dando lugar a que el ISTAC o la ULL resulte sancionado o condenado, deberá indemnizar a la institución denunciada de todos los daños y perjuicios que se deriven de tal incumplimiento y de las actuaciones de su personal.
Cuarta.- Aportación de medios materiales.
La aportación de medios materiales por parte del ISTAC-ULL es la especificada en la Memoria Estratégica 2015-2020 de la Unidad Mixta, aportación que se adjunta en el Anexo I. La Fundación habilitará puntos de trabajo para el personal que desarrolle la labores de apoyo técnico a los proyectos.
Quinta.- Aportación de recursos financieros.
Para el desarrollo de los proyectos objeto del presente convenio específico, el Instituto Canario de Estadística aporta la cantidad de 262.250,23 euros, con cargo a la partida presupuestaria 4501 G/462A/6409900 Otros 15600107 Actividades Estadísticas. Dichos importes se abonarán a la FGULL de la siguiente forma:
* 47.681,86 euros, correspondientes a la anualidad 2015, a la justificación, por parte de la citada Fundación de que dispone de los medios que se compromete a aportar en el presente convenio para apoyar los proyectos correspondientes.
* 95.363,72 euros, al inicio de la anualidad 2016.
* 95.363,72 euros, al inicio de la anualidad 2017.
* 23.840,93 euros, al inicio de la anualidad 2018.
Las cantidades correspondientes a los ejercicios 2016 a 2018 únicamente se abonarán previa justificación, por parte de la Fundación, de los gastos realizados con cargo a los proyectos objeto del presente Convenio, relativos al ejercicio anterior. Dicha justificación se realizará mediante la correspondiente certificación de gastos realizados, que irá acompañada de la documentación acreditativa de dichos gastos.
En el supuesto de no justificación, justificación incompleta o resolución anticipada del convenio la Fundación deberá proceder a la devolución de las cantidades correspondientes en el plazo de dos (2) meses desde la notificación del correspondiente requerimiento o desde la efectiva resolución del Convenio, según proceda.
Sexta.- Duración y causas de resolución.
1. El presente Convenio empezará a producir sus efectos con fecha 1 de julio de 2015 y hasta el 31 de marzo de 2018, pudiéndose prorrogar por mutuo acuerdo de las partes por un plazo máximo de doce (12) meses.
2. El presente Convenio se extinguirá por:
a) La finalización del plazo de duración pactado.
b) Extinción anticipada por mutuo acuerdo por las partes.
Cuando la extinción sea de mutuo acuerdo, se estará a lo válidamente estipulado entre las partes. En estos casos, a los efectos de garantizar el carácter bilateral del mismo, se planteará su conveniencia en el seno de la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento del Acuerdo Marco de Colaboración, estableciéndose, en función de la causa concreta de extinción y a la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de terminación de las mismas.
c) Extinción anticipada por la voluntad unilateral de una de las partes comunicada de forma fehaciente y por escrito a la otra con una antelación mínima de 3 meses a la fecha de efecto, estando obligados las partes a finalizar las tareas de la etapa que esté en curso.
d) Extinción anticipada por incumplimiento grave de los compromisos adquiridos por las partes.
3. En caso de extinción anticipada.
La extinción anticipada conllevará la elaboración de un informe final sobre el estado de ejecución y cierre de cada uno de los objetivos planteado en la cláusula primera; así como a la elaboración de una memoria de justificación de los gastos realizados en la anualidad en curso. Dicha justificación se realizará mediante la correspondiente certificación de gastos realizados, que irá acompañada de la documentación acreditativa de dichos gastos.
Tal como se señala en la cláusula 5ª, en el supuesto de no justificación o justificación incompleta la Fundación deberá proceder a la devolución de las cantidades correspondientes en el plazo de dos (2) meses desde la efectiva resolución del Convenio.
Séptima.- Notificaciones.
Las notificaciones entre ambas partes se practicarán de conformidad a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, designando como domicilio a efectos de notificaciones el domicilio social de las partes.
Octava.- Régimen jurídico.
1. Este convenio de colaboración específico tiene su fundamento en el artº. 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (publicada en el BOE nº 131, de 2 de junio de 2011).
2. El presente convenio de colaboración específico es de carácter administrativo y se considera incluido en el articulo 4.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico (RDL 3/2011, de 14 de noviembre), por lo que queda fuera del ámbito de aplicación de aquella, sin perjuicio de la aplicación de sus principios y criterios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
3. El Convenio se ajustará a lo preceptuado en el Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por Decreto 89/2015, de 22 de mayo, y en la Orden de 9 de mayo de 2013, por la que se crea el Registro de Convenios de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad y sus organismos públicos dependientes y se regula su funcionamiento y demás normativa que resulte aplicable.
Novena.- Publicación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, modificado por Decreto 89/2015, de 22 de mayo, el presente Convenio se publicará en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.
Décima.- Cuestiones litigiosas y jurisdicción competente.
Las cuestiones litigiosas que se pudieran suscitar durante la vigencia del Convenio en relación con la interpretación y cumplimiento del mismo, y que no pudieran ser resueltas por la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento del Acuerdo Marco de Colaboración, serán sometidas a la jurisdicción de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de conformidad con su Ley reguladora 29/1998, de 13 de julio, sin perjuicio de que, de común acuerdo, hubiesen pactado o pactasen su sometimiento a cualquier clase de arbitraje.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por cuatriplicado ejemplar y a un solo efecto u tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- El Presidente, en funciones, de la Comisión Ejecutiva del Instituto Canario de Estadística, Javier González Ortiz.- El Rector Magnífico de la Universidad de La Laguna y Presidente de la Fundación General de la Universidad de La Laguna, Antonio Martinón Cejas.
A N E X O I
EXTRACTO DE LA MEMORIA ESTRATÉGICA 2015-2020 DE LA UNIDAD MIXTA
DE METODOLOGÍA E INVESTIGACIÓN EN ESTADÍSTICA PÚBLICA
MEDIOS MATERIALES PARA EL DESARROLLO
DE LAS LÍNEAS ESTRATÉGICAS PRIORITARIAS
Para el desarrollo de las líneas estratégicas enumeradas anteriormente, por parte del ISTAC se pondrán a disposición de UMI los siguientes medios materiales:
1. Acceso a la información que se precise del banco de datos según sus normas de acceso y control.
2. Acceso a la biblioteca del ISTAC según su reglamento.
3. Acceso libre al software estadístico del ISTAC que no requiera licencia de pago, y controlado bajo autorización del Director de la UMI al que sea de pago.
4. Habilitación de al menos un punto de trabajo para el personal de la ULL en la sede de ISTAC en Tenerife, y de al menos tres puntos de trabajo para técnicos de apoyo a la investigación que se precisen en el desarrollo de las líneas estratégicas prioritarias.
5. Habilitación del acceso desde puntos de trabajo de la ULL al ISTAC mediante Red IRIS.
Para el desarrollo de las líneas estratégicas enumeradas anteriormente, por parte de la ULL se pondrán a disposición de UMI los siguientes medios materiales:
1. Acceso a la biblioteca de la ULL según su reglamento.
2. Habilitación de puntos de trabajo para personal ISTAC o técnicos de apoyo a la investigación.
ANTEPROYECTO I
1. TÍTULO DE LA INVESTIGACIÓN.
Investigación metodológica en estadísticas de turismo de regiones islas.
2. RESUMEN.
Investigación en formación de conceptos, clasificaciones y métodos para el análisis estadístico del turismo de regiones ultraperiféricas de carácter insular.
3. INTRODUCCIÓN.
El sector turístico es de vital importancia para la economía canaria. Los resultados que arroja la Cuenta Satélite de Turismo, elaborada por el Instituto Canario de Estadística (ISTAC), señalan que el turismo que visita nuestras islas genera el 32% del PIB de Canarias y el 30% de los puestos de trabajo. Al comparar las cifras obtenidas con la información suministrada por la Organización Mundial del Turismo (OMT) sobre ingresos por turismo en el año 2003, Canarias se encuentra entre los primeros quince países, ocupando de la undécima a la decimoquinta posición en función de la medida utilizada. Países como Grecia, Canadá o México y regiones como América del Sur obtienen ingresos por turismo similares a Canarias. Para ese mismo año, España, con una cuota mundial próxima al 8%, se sitúa tras Estados Unidos en ingresos recibidos por turismo. Con respecto a Canarias, el peso sobre los ingresos turísticos mundiales se sitúa entorno al 2%.
Hasta hace muy poco tiempo los países y regiones con un sistema estadístico desarrollado aportaban datos muy pobres sobre el turismo. La información se reducía a cifras de entradas y salidas de viajeros, número de pernoctaciones, gasto realizado por los turistas extranjeros, etc. Estos indicadores eran a todas luces insuficientes para describir y analizar el turismo en una región o país, y para comparar cifras entre regiones o países. Ante esta situación, varios organismos internacionales, destacando la Organización Mundial del Turismo (OMT) y la Oficina Estadística de la Comisión de las Comunidades Europeas (EUROSTAT), han publicado varios manuales de referencia para el impulso de un conjunto de actividades de investigación experimental estadística inscritas en un Sistema de Estadísticas del Turismo así como para potenciar la elaboración de las Cuentas Satélite del Turismo (CST).
El Instituto Canario de Estadística (ISTAC), tomando como referencia las citadas recomendaciones internacionales, ha venido desarrollando en los últimos años su estrategia investigadora con la finalidad de ofrecer más y mejor información en materia turística regional. Esos trabajos sitúan a Canarias en la vanguardia nacional y posiblemente internacional en estadística turística regional.
Sin embargo, las administraciones y agentes económicos, solicitan información con mayor grado de especialización y desagregación territorial para poder abordar tanto las actividades de promoción turística como los planes excelencia turística a nivel micro.
4. OBJETIVOS.
Dar soporte metodológico al Programa de mejora de la infraestructura y capacidad para desarrollar excelencia en I+i estadística (i-STAT) del Instituto Canario de Estadística (ISTAC) y al Programa de mejora de la productividad y eliminación de duplicidades de la administración estadística pública de Canarias (óptima-STAT) del Instituto Canario de Estadística (ISTAC) que tienen por objetivo principal la mejora de la relación coste/eficacia de la producción estadística y la reducción de la carga de respuesta a empresas y ciudadanos.
5. COMPONENTES DEL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN.
Para el proyecto de investigación en estadísticas de turismo de regiones islas la aportación de medios personales del ISTAC y la ULL son los aprobados por la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento el 23 de marzo de 2015 respecto al equipo de investigación conjunta denominado TURISTAT:
Ver anexo en la página 27499 del documento Descargar
6. PROPUESTA DE ACTUACIÓN: DESARROLLO.
La Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento el 23 de marzo de 2015 aprobó las Normas de régimen de gobierno, funcionamiento y gestión financiera de la Unidad Mixta. En dicha norma se específica que en la medida de lo posible, las actividades se organizarán de forma coordinada en subproyectos. En ese sentido se desarrollarán al menos los siguientes subproyectos:
1. Subproyecto sobre métodos y conceptos aplicables a estadística turística regional.
2. Subproyecto sobre metodologías para la estimación de principales indicadores turísticos en regiones islas.
3. Subproyecto sobre métodos para la definición y estudio de microdestinos turísticos.
4. Subproyecto sobre métodos para la definición y estudio de puntos de interés turístico.
5. Subproyecto sobre métodos para el estudio de impacto turístico de eventos y de ofertas especiales.
6. Subproyecto sobre métodos de clustering del tiempo en encuestas turísticas.
7. Subproyecto sobre smart tourism y estadística pública.
7. METODOLOGÍA.
La metodología a utilizar es la clásica de Métodos de Análisis Cuantitativo aplicados a las Ciencias Sociales y en este caso se concreta, entre otras, en las siguientes técnicas y métodos:
- Técnicas y métodos de diseño de cuestionarios.
- Técnicas y métodos de diseño de muestras.
- Técnicas y métodos de depuración de datos.
- Técnicas y métodos de inferencia estadística y análisis de datos.
Los procedimientos y subprocedimientos utlizados serán los definidos en la versión 4 del modelo conocido como Generic Statistical Business Process Model definido por Naciones Unidas:
Ver anexo en la página 27500 del documento Descargar
8. TECNOLOGÍAS EMPLEADAS.
Software de tratamiento de datos estadísticos y espaciales.
9. SEGURIDAD Y SALUD1. GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS.
No existe gestión de residuos peligrosos, ni peligros para la seguridad o la salud.
1 Según Resolución de 7 de noviembre de 2011, de la Secretaria General de Universidades, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Universidades, por el que establecen directrices para la adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la universidad, de promoción y extensión de la cultura preventiva a la comunidad universitaria.
ANTEPROYECTO II
1. TÍTULO DE LA INVESTIGACIÓN.
Investigación en indicadores económicos y cuentas económicas de regiones islas.
2. RESUMEN.
Investigación en análisis de series temporales, modelos econométricos y métodos de insularización de indicadores económicos y cuentas económicas.
3. INTRODUCCIÓN.
En el análisis de series temporales de datos económicos coyunturales (trimestrales, mensuales, semanales) suelen intervenir una serie de factores relacionados con el calendario que deben ser considerados para una correcta interpretación de la evolución de estas magnitudes en el tiempo, especialmente en el cálculo de tasas de variación interanuales e interperíodo. A modo de ejemplo, no podemos comparar las pernoctaciones en los alojamientos de Canarias en el mes de febrero con el mes de marzo, simplemente el hecho de que un mes tenga 28/29 días y otro 31 desvirtúa la comparación, al margen de que esta magnitud económica se vea alterada por comportamientos estacionales que también deben estudiarse.
En el 2009 Eurostat publica una guía sobre la importancia de este tratamiento, ESS Guidelines on seasonal Adjustment (http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-RA-09-006/EN/KS-RA-09-006-EN.PDF). El INE, tomando como base este documento, elabora en marzo de 2013 un estándar para la consideración de estos ajustes (http://www.ine.es/clasifi/estandar_efectos_estacionales.pdf). En la práctica, el INE ha iniciado en 2014 la publicación de algunos indicadores ajustados de estacionalidad y calendario (IASS, EPA, etc.), aunque históricamente ya lo hacía con el IPI.
El soporte informático para el tratamiento de los datos lo proporcionan aplicaciones consolidadas y recomendadas para el análisis de series temporales: GRETL, SAS, Tramo-Seats, Ecotrim, aunque en el proyecto se analizarán otras aplicaciones que puedan mejorar o complementar a las anteriores.
Sobre la base a las metodologías anteriores y la aplicación de técnicas de análisis de series temporales basadas en modelos ARIMA, se platea el tratamiento de las principales series de coyuntura económica publicadas por el ISTAC con el objeto de elaborar series ajustadas de calendario y estacionalidad que mejoren la interpretación y el análisis de estos indicadores. En otra línea se aplicarán distintos métodos para desagregar por islas algunos indicadores que actualmente solo están disponibles para la comunidad autónoma.
4. OBJETIVOS.
Dar soporte metodológico al Programa de mejora de la infraestructura y capacidad para desarrollar excelencia en I+i estadística (i-STAT) del Instituto Canario de Estadística (ISTAC) y al Programa de mejora de la productividad y eliminación de duplicidades de la administración estadística pública de Canarias (óptima-STAT) del Instituto Canario de Estadística (ISTAC) que tienen por objetivo principal la mejora de la relación coste/eficacia de la producción estadística y la reducción de la carga de respuesta a empresas y ciudadanos.
5. COMPONENTES DEL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN.
Para el proyecto de investigación en estadísticas de turismo de regiones islas la aportación de medios personales del ISTAC y la ULL son los aprobados por la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento el 23 de marzo de 2015 respecto al equipo de investigación conjunta denominado ECONOMÉTRICA:
Ver anexo en la página 27502 del documento Descargar
6. PROPUESTA DE ACTUACIÓN: DESARROLLO.
La Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento el 23 de marzo de 2015 aprobó las Normas de régimen de gobierno, funcionamiento y gestión financiera de la Unidad Mixta. En dicha norma se específica que en la medida de lo posible, las actividades se organizarán de forma coordinada en subproyectos. En ese sentido se desarrollarán al menos los siguientes subproyectos:
1. Subproyecto sobre corrección de estacionalidad y efecto calendario de indicadores económicos.
2. Subproyecto sobre técnicas para retropolar series de indicadores económicos.
3. Subproyecto sobre nowcasting y forecasting de indicadores turísticos.
7. METODOLOGÍA.
La metodología a utilizar es la clásica de análisis de series temporales y de trimestralización/insularización de indicadores, en este caso se concreta, entre otras, en las siguientes técnicas y métodos:
- Análisis ARIMA con intervención de series temporales.
- Reparto de indicadores en dimensión tiempo/territorio con indicadores sintéticos.
- Reparto de indicadores en dimensión tiempo/territorio con modelos: familia de modelos de Chow_Lin.
Los procedimientos y subprocedimientos utlizados serán los definidos en la versión 4 del modelo conocido como Generic Statistical Business Process Model definido por Naciones Unidas:
Ver anexo en la página 27503 del documento Descargar
8. TECNOLOGÍAS EMPLEADAS.
Software de tratamiento de datos estadísticos y datos espaciales
9. SEGURIDAD Y SALUD2. GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS.
No existe gestión de residuos peligrosos, ni peligros para la seguridad o la salud.
2 Según Resolución de 7 de noviembre de 2011, de la Secretaria General de Universidades, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Universidades, por el que establecen directrices para la adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la universidad, de promoción y extensión de la cultura preventiva a la comunidad universitaria.
ANTEPROYECTO III
1. TÍTULO DE LA INVESTIGACIÓN.
Investigación para la calidad y eficiencia de sistemas estadísticos de regiones islas y métodos generales de regionalización de estadísticas.
2. RESUMEN.
Investigación sobre calidad del proceso de producción estadística, métodos y herramientas para el control y mejora de la calidad, métodos de imputación, métodos modernos de muestreo, métodos de estimación y desagregación en pequeñas áreas, uso de datos administrativos para fines estadísticos, elaboración de estadísticas en entornos con múltiples fuentes de datos, y el estudio de los nuevos datos y la tecnología en la era del BigData.
3. INTRODUCCIÓN.
La demanda de estadísticas oficiales con un gran detalle en la desagregación, tanto en el campo de la estadística económica como en el de la estadística social y laboral, no deja de crecer. En consecuencia, la necesidad de disponer sistemáticamente de datos publicados para dominios pequeños, se ha venido consolidando en los últimos años entre los objetivos de los sistemas de estadística oficiales, al mismo tiempo que se han venido desarrollando diversas líneas de investigación sobre la utilización de estimadores en áreas pequeñas como forma de superar la limitación de la escasez de muestra en las operaciones estadísticas por muestreo y cuya información tiene interés en pequeños dominios. En esa línea, el Instituto Canario de Estadística (ISTAC) conjuntamente con el Departamento de Estadística, Investigación Operativa y Computación de la Universidad de La Laguna, ha venido ejecutando desde el curso 2004/2005 el proyecto CANAREA para la determinación de estrategias de estimación a nivel insular y comarcal de las principales variables de la Encuesta de Población Activa (EPA) del Instituto Nacional de Estadística (INE). Asimismo, las actividades de dicho proyecto se enmarcan dentro del conjunto de acciones planteadas en el seno de Grupo de Trabajo de Áreas Pequeñas del INE. En el presente documento se presentan sintéticamente las estrategias de estimación investigadas así como la metodología establecida para la fijación de las estimaciones insulares y comarcales de las principales variables de la EPA.
Asimismo, la Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias establece en su artículo 34 que las estadísticas se pueden elaborar a partir de datos estadísticos y de datos administrativos, definiéndolos como sigue:
1. Son datos estadísticos los obtenidos por la Organización Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias, a su nivel operativo, para uso exclusivamente estadístico.
2. Son datos administrativos los obtenidos de la gestión administrativa o de operaciones específicas de recogida de información, para uso administrativo.
Asimismo en el artículo 35 establece que las tareas de formación, conservación y actualización de archivos, registros, directorios y otras tareas administrativas que realicen los Departamentos, organismos, entidades y empresas dependientes del Gobierno de Canarias, deberán satisfacer, para su utilización en actividades estadísticas, los requisitos y normas técnicas que se establezcan por el Instituto.
Respecto a este tema el Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas, recoge en su principio noveno que la carga para los encuestados no debe ser excesiva estableciendo entre otros como indicador del cumplimiento de este principio la utilización cuando sea posible de fuentes administrativas para evitar que se dupliquen las solicitudes de información. En el mismo Código, en el punto relativo al "Coste/eficacia de la producción estadística", se valora positivamente la realización de esfuerzos proactivos para mejorar el potencial estadístico de los datos administrativos y limitar el recurso a encuestas directas.
En ese sentido el Programa Nacional de Reformas 2013 señala la necesidad de realizar cambios para apoyar el crecimiento y la competitividad actual y futura a través del eje 4 sobre el impulso de la innovación y las nuevas tecnologías en lo especificado en la Agenda Digital para España sobre mejora de la e-Administración y adopción de soluciones digitales para una prestación eficiente de los servicios públicos. El presente proyecto apuesta por la investigación en la adopción de soluciones que mejoren el coste/eficiencia de la producción estadística pública de Canarias, reduciendo considerablemente el gasto público en la producción de estadísticas y aumentado la capacidad informativa de dichas estadísticas.
Por otra parte, el Informe CORA sobre la Reforma de las Administraciones Públicas indica que el proceso de simplificación administrativa y de reducción de trabas burocráticas tiene por objeto medir los costes administrativos e identificar y reducir las cargas administrativas. De acuerdo con el Manual Internacional del Modelo de Costes Estándar de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), se entiende por «costes administrativos» los costes incurridos por las empresas, el sector asociativo, los poderes públicos y los ciudadanos para cumplir las obligaciones legales de facilitar información sobre sus actividades o su producción, ya sea a las autoridades públicas, ya sea a entidades privadas. El término «información» ha de interpretarse en el sentido más amplio posible.
La reducción de los costes que le supone a las unidades informantes, especialmente empresas, dar respuesta a los requerimientos de datos que realizados por el Sistema Estadístico de Canarias debe ser una apuesta clave para la mejora de la competitividad de nuestra economía. Por ello se debe hacer un esfuerzo en la utilización de registros administrativos en la producción de estadísticas oficiales del Gobierno de Canarias. En ese sentido el Programa Nacional de Reformas 2013 dentro de las medidas para fomentar el crecimiento y la competitividad actual y futura establece que se deben eliminar cargas estadísticas.
Finalmente el despliegue del proyecto facilitaría la ejecución de estadísticas que refuercen la capacidad administrativa para el seguimiento de los resultados y la de realización de evaluaciones de impacto a través de la ejecución de operaciones tales como la Estadística de Inserción Laboral regulada por el Decreto 145/2007, de 24 de mayo, por el que se dispone la elaboración de determinadas estadísticas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias; así como la Estadística de Empleo Registrado o la Estadística de Afiliación a la Seguridad Social en su versión de cifras en pequeñas áreas de Canarias.
El Sistema Estadístico Europeo en el Scheveningen Memorandum sobre Big Data and Official Statistics manifiesta la necesidad de investigar sobre las oportunidades y desafíos metodológicos de los grandes datos para las estadísticas oficiales. Asimismo señala otras tareas a abordar tales como:
1. Estudiar e implementar tecnologías y plataformas para la elaboración de estadísticas oficiales basadas en Big Data.
2. Investigar en procedimientos y tecnologías de transferencia del conocimiento, especialmente en procesos de visualización de datos.
3. El uso de grandes volúmenes de datos requiere una adaptación de la legislación relativa a los aspectos de uso (es decir, con respecto al acceso y uso de los datos), aspectos de privacidad (es decir, la gestión de la confianza del público y la aceptación de la reutilización de los datos y su relación con otras fuentes, la seguridad de datos privados).
4. Los grandes volúmenes de datos de interés generalmente son propiedad de empresas por lo que se requiere estudiar procedimientos de acuerdos con el sector privado para el acceso y tratamiento de datos para fines estadísticos.
Estos objetivos se desarrollarán en consonancia con el Analysis of the future research needs for Official Statistics elaborado por Eurostat en referencia al Sistema Estadístico Europeo.
4. OBJETIVOS.
Dar soporte metodológico al Programa de mejora de la infraestructura y capacidad para desarrollar excelencia en I+i estadística (i-STAT) del Instituto Canario de Estadística (ISTAC) y al Programa de mejora de la productividad y eliminación de duplicidades de la administración estadística pública de Canarias (óptima-STAT) del Instituto Canario de Estadística (ISTAC) que tienen por objetivo principal la mejora de la relación coste/eficacia de la producción estadística y la reducción de la carga de respuesta a empresas y ciudadanos.
5. COMPONENTES DEL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN.
Para el proyecto de investigación en estadísticas de turismo de regiones islas la aportación de medios personales del ISTAC y la ULL son los aprobados por la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento el 23 de marzo de 2015 respecto al equipo de investigación conjunta denominado ÓPTIMA:
Ver anexo en la página 27506 del documento Descargar
6. PROPUESTA DE ACTUACIÓN: DESARROLLO.
La Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento el 23 de marzo de 2015 aprobó las Normas de régimen de gobierno, funcionamiento y gestión financiera de la Unidad Mixta. En dicha norma se específica que en la medida de lo posible, las actividades se organizarán de forma coordinada en subproyectos. En ese sentido se desarrollarán al menos los siguientes subproyectos:
1. Subproyecto de métodos dual-frame y otros métodos avanzados de muestreo aplicados a estudios particulares.
2. Subproyecto de métodos de estimación en áreas pequeñas aplicados a estudios particulares.
3. Subproyecto de metodologías de análisis GRID aplicadas a estudios particulares.
4. Subproyecto de metodologías, técnicas y tecnología para la generación de un sistema integrado de datos estadísticos basado en registros administrativos.
5. Subproyecto de métodos de integración de fuentes administrativas para el estudio de la inserción laboral de egresados.
6. Subproyecto de fuentes de datos y tecnología BigData aplicada a la estadística pública.
7. Subproyecto de supercomputación aplicada a la estadística pública.
7. METODOLOGÍA.
La metodología a utilizar es la clásica de Métodos de Análisis Cuantitativo. Los procedimientos y subprocedimientos utlizados serán los definidos en la versión 4 del modelo conocido como Generic Statistical Business Process Model definido por Naciones Unidas:
Ver anexo en la página 27507 del documento Descargar
8. TECNOLOGÍAS EMPLEADAS.
Software de tratamiento de datos estadísticos y datos espaciales
9. SEGURIDAD Y SALUD3. GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS.
No existe gestión de residuos peligrosos, ni peligros para la seguridad o la salud.
3 Según Resolución de 7 de noviembre de 2011, de la Secretaria General de Universidades, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Universidades, por el que establecen directrices para la adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la universidad, de promoción y extensión de la cultura preventiva a la comunidad universitaria.
© Gobierno de Canarias