Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 199. Martes 13 de Octubre de 2015 - 4511

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

4511 Secretaría General Técnica.- Resolución de 30 de septiembre de 2015, por la que se crea el sello electrónico de la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios.

3 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 270.17 Kb.
BOC-A-2015-199-4511. Firma electrónica - Descargar

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios públicos (BOE nº 150, de 23 de junio), regula aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre las Administraciones Públicas, así como en las relaciones de los ciudadanos con las mismas con la finalidad de garantizar los derechos, un tratamiento común ante ellas y la validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica.

En particular, el artículo 18 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, establece que para la identificación y autentificación del ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada cada Administración Pública podrá determinar los supuestos de utilización, entre otros sistemas de firma electrónica, del sello electrónico de Administración Pública, órgano o entidad de derecho público, basado en certificado electrónico que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.

En el artículo 4 del Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, se dispone la estructura de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad entre la que se encuentra la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios.

Asimismo, la Disposición Adicional Segunda del citado Decreto 183/2015, de 21 de julio, establece los órganos que se suprimen, entre los que se encuentra, en concreto en su apartado n), la Inspección General de Servicios cuyas competencias asume la nueva Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios.

Por su parte, el Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, determina en el artículo 24.2 que la creación de los sellos electrónicos se realizará por Resolución de la Secretaría General Técnica u órgano equivalente del departamento u organismo competente de la actuación automatizada, que se publicará en la sede electrónica correspondiente y en la que deberá constar el contenido que en dicho precepto se establece.

En cumplimiento de la Disposición Adicional Cuarta del citado Decreto 19/2011, de 10 de febrero, se aprueba la Orden de 30 de abril de 2015, que regula la política de identificación y autentificación en el ámbito de la administración electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias disponiendo, en su artículo 11, bajo la rúbrica "Certificados de sello electrónico" la creación de los certificados de sellos electrónicos y su contenido mínimo.

Por Resolución de esta Secretaría General Técnica de fecha 10 de junio de 2014 se crea el sello electrónico de la Inspección General de Servicios, por lo que es necesario dejar sin efectos dicha Resolución, por las modificaciones establecidas en el Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Creación del sello electrónico de la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios.

Se crea el sello electrónico de la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, como sistema de firma electrónica para la identificación y autentificación del ejercicio de la competencia en el Registro General Electrónico y el Archivo Electrónico.

Segundo.- Órgano responsable.

El órgano titular del sello electrónico que se crea por la presente resolución y que será responsable, a efectos de su utilización así como de la impugnación, es la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios.

Tercero.- Características técnicas.

Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable serán las derivadas del Esquema Nacional de Interoperabilidad. En todo caso, la relación de los sistemas de obtención de sellos electrónicos utilizados por la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios, incluyendo las características de los certificados electrónicos y los prestadores que los expiden, será pública y accesible en la sede electrónica.

Cuarto.- Verificación del certificado.

La verificación del certificado podrá realizarse a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, en la siguiente dirección electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/.

Quinto.- Actuaciones administrativas automatizadas.

El sello electrónico podrá ser utilizado para las siguientes actuaciones automatizadas:

1. El acuse de recibo acreditativo de la presentación de solicitudes, escritos, comunicaciones y otros documentos, que deberá ser emitido automáticamente por el Registro General Electrónico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 del Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. Las acciones de validación de transferencias e ingresos en el Archivo Electrónico, así como el resellado de documentos por cambio de formato o cualquier otra actuación administrativa de gestión de archivo en cumplimiento de lo establecido en la Orden de 23 de febrero de 2015, por la que se aprueba la Política de gestión de documentos electrónicos y archivo electrónico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Sexto.- Garantía de autenticidad e integridad.

El sello electrónico se utilizará para garantizar la autenticidad e integridad de un documento o expediente electrónico, a cuyo efecto se podrá superponer el código de seguro de verificación con que se haya firmado.

Séptimo.- Extinción de los efectos de la Resolución de 10 de junio de 2014.

Dejar sin efectos la Resolución de esta Secretaría General Técnica de fecha 10 de junio de 2014 por la que se crea el sello electrónico de la Inspección General de Servicios.

Octavo.- Publicación.

La presente Resolución se publicará en la sede electrónica del punto general de acceso del Gobierno de Canarias y en la de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, y surtirá efectos desde dicha publicación. Además, se publicará en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de septiembre de 2015.- La Secretaria General Técnica, Berta Pérez Hernández.

© Gobierno de Canarias