Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 183. Viernes 18 de Septiembre de 2015 - 4220

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana

4220 EDICTO de 15 de mayo de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0001248/2012.

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 238.83 Kb.
BOC-A-2015-183-4220. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Alonso Pérez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 14 de mayo de 2015.

D. Carlos Suárez Ramos, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos del juicio ordinario identificado con el nº 1248/2012, promovido por don Bert Gösta Raymond Albin, representado por la procuradora doña María del Mar Montesdeoca Calderín y asistido de la letrada doña Angélica Gacitúa Muñoz; dirigido contra don John Hasslinger y contra don Helge Nilsson, en situación procesal de rebeldía; en nombre de Su Majestad El Rey, dicta la siguiente resolución:"

"FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta por don Bert Gösta Raymond Albin, contra don John Hasslinger y contra don Helge Nilsson:

1º) Declaro que el actor ha adquirido por prescripción adquisitiva y es, en consecuencia, titular del pleno dominio, de la finca que responde a la siguiente descripción, debiendo los demandados pasar por esta declaración:

URBANA.- Número ocho.- Apartamento señalado con el número Quince, sito en la planta segunda del Edificio "Gomera" del complejo denominado "El Morro", en urbanización San Agustín, donde dicen Morro Besudo, término de San Bartolomé de Tirajana. Se compone de estar-comedor-office, baño, dormitorio y terraza. Ocupa el apartamento extensión superficial de treinta y cinco metros y treinta y ocho decímetros cuadrados, y la terraza cinco metros y cuatro decímetros cuadrados. Linda: al frente, pasillo común de la planta por donde tiene su acceso; derecha entrando en él, y fondo, zonas ajardinadas del complejo, e izquierda, apartamento número dieciséis de esta misma planta. Su cuota es de dos enteros, cincuenta centésimas por ciento -2,50-".

Esta finca, según certificación del Registro de la Propiedad de San Bartolomé de Tirajana nº Uno, aparece en la inscripción primera obrante al folio ciento ochenta y seis del tomo novecientos veintinueve, libro ciento ochenta y seis del Archivo Común del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, con nº 17.610.

2º) Ordeno la remisión de mandamiento al Registro de la Propiedad para que se adapte el contenido del Registro a la declaración formulada en el punto anterior, practicándose las inscripciones, cancelaciones y rectificaciones que sean necesaria, todo ello con sujeción a la normativa registral.

3º) Se imponen las costas del procedimiento a los demandados.

Notifíquese esta sentencia a las partes.

Esta sentencia no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que se interpondrá en plazo de 20 días ante este juzgado, conforme a la nueva redacción del artº. 455 dada por la L 37/2011, de 10 de octubre.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, D. Carlos Suárez Ramos, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de San Bartolomé de Tirajana."

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. John Hasslinger y Helge Nilsson, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 15 de mayo de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.

© Gobierno de Canarias